Conselleria de educación, universidades y empleo - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9708)

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2023, de la Secretaría Autonómica de Educación, por la que se aprueba el Plan plurianual de la Inspección educativa de la Comunitat Valenciana para el periodo 2023-2027. [2023/10467]

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: planificación educativa, reglamento administrativo
  • El Decreto 80/2017, de 23 de junio, del Consell, por el que se regula la actuación, el funcionamiento y la organización de la inspección de educación de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 5 que la inspección educativa, en el ejercicio de sus competencias, se configura de acuerdo con los principios organizativos de jerarquía, coordinación, autonomía profesional en la emisión de sus informes y propuestas, participación, planificación, especialización, profesionalidad, trabajo colaborativo y evaluación de resultados.  

    Así mismo, para el cumplimiento de sus funciones, dicho artículo indica que la inspección educativa ejercerá las actividades de carácter general y las de carácter especializado que se regulen en los planes de actuación establecidos en el artículo 19 del citado decreto, así como que la Conselleria competente en materia de educación determinará las líneas de actuación de la Inspección educativa de acuerdo con dichos planes.  

    Este mismo artículo afirma que la inspección educativa desarrollará sus tareas mediante una planificación que se concreta en un plan de actuación plurianual, un plan general de actuación anual y planes territoriales de actuación de carácter anual. Así se refrenda en el artículo 12 de la Orden 17/2019, de 16 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, que desarrolla la actuación, el funcionamiento y la organización de la Inspección de la Comunitat Valenciana. 

    El plan plurianual de la Inspección educativa, por tanto, supone un marco de trabajo que recoge las finalidades y objetivos de la actuación de dicha inspección de acuerdo con las directrices de la secretaría autonómica con competencias en materia de educación. Por ello, establece los objetivos estratégicos del período, las actuaciones a desarrollar para su consecución y prioridades temporales durante el período, que tendrá una duración máxima de cuatro cursos escolares.  Con el fin de que sirva de marco referencial de la actuación inspectora, debe ser aprobado en el primer trimestre de su período de vigencia. 

    Los cambios sociales, tecnológicos y educativos requieren de una inspección educativa que asuma, más que nunca, su papel de factor esencial de calidad en el sistema educativo. Ante los retos que emergen en una sociedad en continua evolución, todos los componentes de la comunidad educativa y, especialmente, los centros docentes, necesitan del asesoramiento normativo y pedagógico de la inspección educativa como referente junto al cual construir proyectos educativos que den respuesta a las necesidades del alumnado de todos los niveles y enseñanzas.  

    Este papel de asesoramiento no es óbice para la función supervisora de la inspección educativa. La ciudadanía requiere de servicios públicos de calidad, eficientes y eficaces, que hagan un buen uso de los recursos públicos. Así pues, las funciones de supervisión y evaluación de la inspección educativa son un medio fundamental para garantizar el derecho a la educación de toda la ciudadanía en todas las etapas, niveles y enseñanzas del sistema educativo.

    Esta resolución, por tanto, no solo establece un plan de trabajo de la Inspección educativa para los próximos cuatro años, sino que constituye también un punto de partida de un proceso de potenciación y actualización de la inspección educativa de la Comunitat Valenciana, por el cual, en el marco de las directrices emitidas por la Conselleria competente en materia de educación y a través de los procesos de participación de la propia inspección que establece la normativa reguladora, la inspección educativa no solo dé un salto cualitativo en su cercanía a los centros y en su papel de referencia normativa y liderazgo pedagógico, sino que también actualice y modernice su propia organización y funcionamiento, integrando los elementos tecnológicos y aprovechando y desarrollando el talento de las personas que la integran. 

    Por todo ello, a propuesta de la Inspección General de Educación, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Decreto 80/2017, y de conformidad con el Decreto 10/2023, de 19 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones (DOGV 9643, 19.07.2023); el Decreto 112/2023, de 25 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat (DOGV 9647, 25.07.2023), y el artículo 7.1 del Decreto 136/2023, de 10 de agosto, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, resuelvo: 

    Primero

    Aprobar el Plan plurianual de la Inspección educativa de la Comunitat Valenciana para el período 2023-2027, que se incluye como anexo único a la presente resolución. 

    Segundo

    La secretaría autonómica con competencias en materia de educación, a propuesta de la Inspección General de Educación, adecuará el Plan general de actuación anual correspondiente a cada uno de los cursos del periodo 2023-2027 a lo establecido en el presente Plan plurianual de la Inspección educativa. 

    Tercero

    El Plan Plurianual podrá ser objeto de revisión y modificación con la finalidad de atender nuevas necesidades o demandas que afecten el sistema educativo y a la actuación de la Inspección educativa. 

    Cuarto

    Esta resolución se publicará en el Portal de Transparencia de la Generalitat y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. 

     

    València, 17 de octubre de 2023.– El secretario autonómico de Educación: Daniel McEvoy Bravo.

     

    Índice 

    1. Fines 

    2. Objetivos estratégicos de la Inspección educativa de la Comunitat Valenciana para el período 2023-2027 

    3. Tipos de actuaciones  

    4. Actuaciones para desarrollo de los objetivos estratégicos 

    5. Modelo de intervención 

    6. Seguimiento y evaluación del Plan plurianual para el período 2023-2027

    7. Calendario de aplicación de las actuaciones para el desarrollo de los objetivos estratégicos

    1. Fines

    1.1. Definir los objetivos estratégicos y las líneas de actuación que se concretarán en los planes generales de actuación anual del período 2023-2027, así como los correspondientes planes territoriales de actuación anual. 

    1.2. Profundizar en la contribución de la inspección educativa a la garantía del ejercicio de los derechos y deberes de la comunidad educativa, formulando propuestas a la administración para la actualización y mejora de la normativa en vigor, de acuerdo con las necesidades detectadas y la realidad de los centros, servicios y programas.

    1.3. Coordinar la actuación de las diferentes inspecciones territoriales en los centros, servicios y programas promovidos o autorizados por la conselleria con competencias en educación.

    1.4. Impulsar medidas para la mejora de la organización y gestión de la inspección educativa de la Comunitat Valenciana, con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia del modelo de intervención en los centros, servicios y programas, avanzar en la digitalización y optimizar la planificación, seguimiento y control de los procesos y resultados, haciendo hincapié en aquellos aspectos que incidan de manera más significativa en la mejora de la calidad de la educación. 

    1.5. Diseñar y fomentar el marco general de desarrollo de la competencia profesional de los inspectores y las inspectoras, estableciendo los procedimientos de formación inicial y permanente, así como promoviendo alianzas y convenios de colaboración en acciones de innovación que contribuyan a mejorar el impacto de la formación y la internacionalización de la inspección educativa. 

    2. Objetivos estratégicos de la Inspección educativa de la Comunitat Valenciana para el período 2023-2027

    De acuerdo con la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la inspección educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza.  

    Así mismo, dicha ley orgánica establece que la inspección educativa es un factor de calidad de la enseñanza. Por ello, la inspección educativa debe ser un eje fundamental de acción de la administración educativa y, al mismo tiempo, del funcionamiento de los centros, servicios y programas, ejerciendo así su papel garante fundamental del cumplimiento de los deberes y del ejercicio de los derechos con el fin de garantizar la igualdad y equidad en todo el sistema educativo.

    Sin perjuicio de estas atribuciones, la inspección educativa debe constituirse como elemento dinamizador de un proceso de asesoramiento, supervisión y evaluación siempre enfocado a la mejora continua del sistema educativo, tanto en sus procesos como en sus resultados. 

    Por todo ello, de acuerdo con las directrices establecidas por la Secretaría Autonómica de Educación, se establecen los siguientes objetivos estratégicos para los cursos 2023-2024, 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027:  

    Objetivo estratégico 1 

    Potenciar la incidencia de las actuaciones de la Inspección educativa en la garantía del ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, así como en la mejora continua del sistema educativo de la Comunitat Valenciana, sus centros, servicios y programas. 

    Objetivo estratégico 2 

    Impulsar la evaluación del sistema educativo de la Comunitat Valenciana para su mejora, incidiendo en la evaluación de la práctica docente como garantía de calidad de la enseñanza y aprendizaje. 

    Objetivo estratégico 3 

    Informar a la Administración educativa de la supervisión y evaluación realizada y realizar propuestas de mejora de la normativa y de la formación del profesorado.

    Objetivo estratégico 4 

    Avanzar en la eficiencia y eficacia de la organización y funcionamiento de la inspección educativa. 

    Objetivo estratégico 5 

    Consolidar un modelo de formación inicial y continua de la Inspección educativa, enfocado al desarrollo de las competencias profesionales de los inspectores e inspectoras, la gestión del conocimiento y el aprovechamiento del talento, en colaboración con otros órganos de la administración educativa, otras administraciones, inspecciones educativas de otras comunidades autónomas y mediante la participación en programas europeos.

    3. Tipos de actuaciones

    Las actuaciones de la Inspección educativa presentes en este Plan Plurianual se desplegarán mediante cuatro tipos de intervenciones, de acuerdo con su grado de planificación y sistematicidad, así como el objeto y la finalidad de estas.

    Por ello, se distinguen los siguientes tipos de actuaciones, que se concretarán en los sucesivos Planes Generales Anuales de Actuación y en los Planes Territoriales de Actuación:

    a) Actuaciones prioritarias: son aquellas que tienen por objeto la consecución de los objetivos estratégicos establecidos por el órgano superior con competencias en materia de educación que ejerza la superior dirección de la Inspección de la Comunitat Valenciana.

    b) Actuaciones específicas: son aquellas que tienen como fin la mejora de los procesos realizados por la Inspección educativa en el ejercicio de sus funciones. Su planificación, coordinación e impulso corresponde a la Inspección General de Educación, en coordinación con las inspecciones territoriales.

    c) Actuaciones habituales: son todas aquellas actuaciones de la Inspección educativa que proceden del ejercicio ordinario de las funciones y atribuciones en sus tareas de supervisión, control, evaluación y asesoramiento a los centros, servicios y programas asignados. Su concreción se establecerá mediante instrucciones de la Inspección General de Educación, en las que se desarrollará el Plan general de actuación general.

    d) Actuaciones incidentales: son aquellas actuaciones que, en el marco de las competencias de la inspección educativa, proceden de sucesos no previsibles y situaciones con carácter urgente e inmediatos que pueden darse en los centros, servicios y programas asignados a los inspectores e inspectoras, que pueden requerir de acciones puntuales de supervisión y asesoramiento o de emisión de informes, así como de colaboración y apoyo a las direcciones territoriales competentes en materia de educación u a otros órganos de la administración educativa.  

    4. Implementación de los objetivos estratégicos

    Sin perjuicio de aquellas actuaciones de carácter habitual e incidental, para la consecución de los objetivos estratégicos se desarrollarán las siguientes actuaciones a lo largo del período 2023-2027, de acuerdo con el calendario de actuación que se expone en el apartado 7 del presente anexo.

    a) Potenciar la incidencia de las actuaciones de la Inspección educativa en la garantía del ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, así como en la mejora continua del sistema educativo de la Comunitat Valenciana, sus centros, servicios y programas.

    Supervisión de la atribución docente y el horario del personal docente de centros privados concertados, así como la correspondencia del pago delegado con el profesorado registrado en ITACA 3 y la distribución de los recursos personales asociados a la dotación PAM y resto de programas anuales. 

    Supervisar el personal de administración y servicios de los centros docentes, evaluando sus necesidades y realizando propuestas de mejora.

    Supervisión de la concreción curricular, propuestas pedagógicas y programaciones de aula de acuerdo con el desarrollo normativo de la LOMLOE.

    Supervisión de los instrumentos de evaluación y criterios de calificación utilizados para la evaluación del alumnado.

    Supervisión de los proyectos, planes y medidas presentes en el PEC: PLC, PDC, medidas de acogida y de transición o continuidad entre niveles, ciclos, etapas; acción tutorial e igualdad y convivencia, estrategias didácticas y organizativas (codocencia, ámbitos de aprendizaje, metodologías activas, etc.).

    Supervisión y control del cumplimiento de las rutas de transporte escolar, vehículos, usuarios, personal acompañante y medidas de seguridad, con especial hincapié en los centros con transporte adaptado.

    Supervisión y control de la matrícula efectiva de las enseñanzas de idiomas, de acuerdo con la normativa vigente.

    Supervisión y control de los contenidos curriculares, la metodología, la programación didáctica y la coordinación horaria con respecto a las materias, módulos o asignaturas que impartan los centros privados de enseñanzas de régimen especial.

    Participación en el proceso general de modificación, acceso, prórroga o renovación de los conciertos educativos, según se regule en el procedimiento al efecto.

    Supervisión y control del cumplimiento de la gratuidad de la escolarización, matrícula o reserva de plaza en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana.

    Supervisión del Proyecto de Gestión y Régimen Económico en los centros de titularidad de la Generalitat Valenciana.

    Supervisión del uso de las cantidades recibidas por el módulo correspondiente a gastos de funcionamiento («otros gastos») de los centros privados concertados sostenidos con fondos públicos.

    Participación de la Inspección educativa en los Consejos Territoriales de Formación Profesional.

    Supervisión de la Formación en Centros de Trabajo y Formación Profesional Dual, con especial hincapié en los programas de flexibilización.

    Participación y colaboración en la formación sobre función directiva y equipos directivos, funcionarios en fase de prácticas, actualización normativa e implementación del desarrollo curricular.

    Detección de necesidades formativas y detección y fomento de la difusión de buenas prácticas en centros educativos.

    Supervisión y asesoramiento de las aulas didácticas dependientes de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.

    Supervisión y seguimiento del proceso de elección a los Consejos Escolares en los centros, durante las anualidades que se convocan elecciones a los mismos.

    b) Impulsar la evaluación del sistema educativo de la Comunitat Valenciana para su mejora, incidiendo en la evaluación de la práctica docente como garantía de calidad de la enseñanza y aprendizaje.

    Participación en la evaluación docente de los funcionarios en fase de prácticas.

    Participación en la evaluación de la función directiva en los procedimientos de renovación y selección de directores. 

    Participación en la evaluación diagnóstica del alumnado de 4º de Educación Primaria y 2º de Educación Secundaria Obligatoria.

    Participación en la evaluación externa de los centros docentes.

    Supervisión de los mecanismos para la evaluación interna de los centros educativos.

    c)  Informar a la Administración educativa de la supervisión y evaluación realizada y realizar propuestas de mejora de la normativa y de la formación del profesorado.

    Participación en la evaluación de los diferentes programas de la conselleria con competencias en materia de educación con la finalidad de aportar conclusiones sobre el grado de consecución de los objetivos planteados y aportando información relevante para la toma de decisiones.

    Traslado de las necesidades detectadas a partir del conocimiento directo de los centros, servicios y programas y formulación de propuestas de mejora normativa y en la formación inicial y permanente del personal docente y de la función directiva. 

    d) Potenciar y profundizar en la eficiencia y eficacia de la organización y funcionamiento de la inspección educativa.

    Dinamización del funcionamiento de las áreas específicas de trabajo de la Inspección educativa con el fin de convertirlas en puntos de referencia en su ámbito, impulsando la coordinación interterritorial para garantizar la homogeneidad de los procedimientos y actuaciones. 

    Planificación y desarrollo del procedimiento de adscripción de los inspectores e inspectoras de educación a las diferentes zonas de intervención para el periodo 2024-2028. 

    Desarrollo de las herramientas informáticas necesarias para la simplificación de las tareas y funciones de los inspectores e inspectoras, adaptando dichas herramientas a la gestión del conocimiento y optimizando el flujo de información dentro de la organización y en su relación con otros órganos.

    Profundización en el trabajo en equipo, potenciando el trabajo colaborativo en las actuaciones y en los equipos de circunscripción. 

    e) Consolidar un modelo de formación inicial y continua de la Inspección educativa, enfocado al desarrollo de las competencias profesionales de los inspectores e inspectoras y el aprovechamiento del talento, en colaboración con otros órganos de la administración educativa, otras administraciones, inspecciones educativas de otras comunidades autónomas y mediante la participación en programas europeos y de organismos internacionales. 

    Diseño y elaboración de un itinerario formativo para la formación inicial de los inspectores y las inspectoras de nueva incorporación.

    Diseño y elaboración de modelos formativos de los inspectores y las inspectoras de educación que permitan el desarrollo de la competencia profesional, que integren la formación diseñada y ofrecida por la Inspección General de Educación y las inspecciones territoriales junto a opciones formativas individualizadas.

    Participación en intercambios de formación con las inspecciones de otras comunidades autónomas o países de nuestro entorno.

    Promoción y participación en proyectos Erasmus+ u otros organizados por organismos internacionales en materia educativa, estableciendo alianzas y sinergias que permitan repercutir en la formación de la inspección educativa, así como participar en actividades de difusión de experiencias.

    5. Modelo de intervención

    Los inspectores y las inspectoras de educación intervendrán en los centros, servicios y programas de su competencia, así como en cualesquiera otras actuaciones que realicen, de acuerdo con los principios de coordinación, autonomía en la emisión de informes y propuestas, participación, planificación, profesionalidad, trabajo en equipo, evaluación de resultados y mejora continua. Así mismo, se deberán tener en cuenta las conclusiones derivadas de la actuación inspectora en los cursos anteriores, las demandas y necesidades detectadas y las propuestas recogidas en el marco de las memorias finales de curso. 

    6. Seguimiento y evaluación del Plan plurianual de la Inspección educativa para el período 2023-2027 

    De acuerdo con el artículo 5 del Decreto 80/2017, la evaluación de resultados constituye uno de los principios organizativos de la inspección educativa y es, a su vez, un elemento fundamental en la mejora del servicio prestado por los inspectores e inspectoras de educación.  

    Por ello, de acuerdo con la Orden 17/2019, de 16 de abril, la evaluación de los planes de trabajo que desarrolla la inspección educativa y de su propio funcionamiento es una garantía de calidad y mejora en la prestación del servicio que tiene que permitir efectuar las correcciones necesarias en los procesos y resultados del trabajo que efectúa. Corresponde, por ello, de acuerdo con su artículo 39, valorar el grado de consecución de los objetivos y la idoneidad de las actuaciones que se desarrollan, mediante la inclusión de mecanismos de seguimiento y evaluación tanto en el plan plurianual, el plan general de actuación anual y los planes territoriales de actuación anual. 

    El seguimiento y la evaluación del grado de cumplimiento del Plan Plurianual es una de las funciones de la Inspección General de Educación, así como la elaboración de la memoria de la inspección de la Comunitat Valenciana, que recogerá las aportaciones de las inspecciones territoriales. 

    Para ello, el plan plurianual de la inspección educativa se concretará en los diferentes PGAA que se desarrollen durante el período 2023-2027. Antes del 20 de julio los inspectores y las inspectoras jefe territoriales presentarán al consejo territorial correspondiente, para su conocimiento y traslado a la Inspección General de Educación, la memoria a que hace referencia la Orden 17/2019, de 16 de abril.   

    La Inspección General de Educación realizará el seguimiento de las actuaciones a lo largo del curso escolar y valorará el grado de cumplimiento de estas, la efectividad de sus resultados y el grado de consecución de los objetivos, que se incluirá en la memoria anual que se elevará a la Secretaría Autonómica de Educación. A tal efecto, se diseñarán indicadores de logro y fuentes de evidencia para cada uno de los objetivos y de las actuaciones planteadas. Así mismo, se tendrá en cuenta dicha valoración para la elaboración del PGAA del curso siguiente.  

    Sin perjuicio del seguimiento del grado de consecución de los objetivos que se realice de forma anual, durante el curso 2026-2027 se procederá a realizar la evaluación final del presente plan y la elaboración del siguiente.  

    7. Calendario de aplicación de las actuaciones para el desarrollo de los objetivos estratégicos

    A continuación, se ofrece una planificación de las actuaciones previstas para el desarrollo de los objetivos estratégicos, distinguiendo en ellas entre una fase de diseño, una fase de implementación y una fase de evaluación.

    Este calendario podrá ser objeto de revisión y modificación con la finalidad de atender nuevas necesidades o demandas que afecten el sistema educativo y a la actuación de la Inspección educativa. 

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