Universitat de valència - Autoridades y personal (DOGV nº 2023-9704)

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2023, de la Universitat de València, por la que se realiza la oferta pública de diferentes plazas de este organismo con contrato laboral a cargo del convenio de colaboración suscrito entre la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, y la Universidad de València, para la promoción de doctorados en colaboración con empresas en 2023. [2023/9955]

El Rectorado de la Universitat de València, haciendo uso de las atribuciones que le concede el artículo 50, en relación con el artículo 3.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, resuelve:

Convocar la oferta pública de cinco plazas de este organismo con contrato laboral a cargo del convenio de colaboración entre la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y la Universitat de València para la promoción de doctorados en colaboración con empresas en 2023, según figuran en los anexos de esta resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Normas generales

1.1. Esta oferta tiene por objeto la selección de personal para cubrir cinco puestos de personal laboral para proyectos de investigación mediante el sistema de concurso.

1.2. De acuerdo con lo que establece el artículo 89 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, la realización de estas pruebas selectivas se debe ajustar a lo que dispone la legislación vigente para la función pública de la Generalitat Valenciana, y por la normativa laboral contenida en el Estatuto de los Trabajadores y sus modificaciones.

También le será de aplicación la normativa específica universitaria recogida en la Ley orgánica del sistema universitario, la Ley de la ciencia, la tecnología y la innovación y en los Estatutos de la Universitat de València, así como en las bases de esta convocatoria.

1.3. Los procesos selectivos que se realicen en cada convocatoria será mediante un concurso que consistirá en la valoración de los méritos, y, en su caso, la realización de una entrevista.

1.4. La adjudicación de los puestos, a las personas aspirantes que superen estos procesos selectivos, se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenida, siempre que reúnan los requisitos exigidos establecidos en el anexo I de la convocatoria.

1.5. Esta convocatoria se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), en el tablón oficial de anuncios de la Universitat de València, cuya dirección electrónica es:

https://webges.uv.es/uvTaeWeb/VerTablonFrontAction.do?filtro=tipo&valor=48&filtrar&grupoNavegacion=0&servicioNavegacion=-1, y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección de PAS Investigación: http://www.uv.es/pasinvest.

La publicación en el DOGV se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación.

El resto de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios oficial y en la página web del Servicio de Recursos Humanos (PAS), sección investigación.

Segunda. Requisitos generales de los aspirantes

Para ser admitidos, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1. Tener nacionalidad española o, tener la nacionalidad de un país miembro o ser de cualquiera de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores, en los términos en que dicha legislación está definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, en este caso deberán presentar el resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

Así mismo, se podrán presentar aspirantes con nacionalidad diferente a la mencionada anteriormente y únicamente será necesario cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente. Quien obtenga la adjudicación del puesto de trabajo ofertado deberá acreditar al menos el permiso de trabajo y de residencia, en el momento de la contratación.

2.2. Tener cumplidos, al menos, dieciséis años el día en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

2.3. Poseer una de las titulaciones académicas de las que figuran en el anexo correspondiente a la convocatoria que se solicite, o estar en condiciones de obtener el título correspondiente, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia de la misma.

Cuando no se encuentren homologadas, ni se hayan declarado su equivalencia, se podrá sustituir este requisito por la acreditación de haber iniciado la tramitación para la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento. Se rescindirá el contrato si la autoridad académica competente deniega la homologación, entendiendo que existe denegación cuando la misma se condiciona al cumplimiento de determinados requisitos, en tanto no se cumplan.

Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero que no se encuentren homologadas, declarada su equivalencia o reconocidas en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.4. Cuando se exija como requisito un nivel de idioma, se utilizará para su evaluación la tabla de equivalencias de acreditación de L2 de la UV, aprobada por Acuerdo del Consell de Govern del 10 de julio de 2018 (ACGUV 156/2018) – https://links.uv.es/0AWddjI. No se valorarán los cursos de idiomas, solo los niveles adquiridos.

2.5. Estar matriculado/a o admitido/a en un programa de doctorado, para el curso 2023-2024, en la Universitat de València.

El cumplimiento de estos requisitos podrá acreditarse hasta la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de resultar beneficiario, el candidato se deberá matricular para el curso 2023-2024 en el programa de doctorado de la Universitat de València en el que fue admitido (si no estaba matriculado aún) y presentar copia del justificante de matrícula

2.6. No estar en posesión del título de doctor o doctora con anterioridad a la fecha de inicio del disfrute de la ayuda.

2.7. No ser beneficiario de una ayuda pública o beca predoctoral en el momento de la publicación de la convocatoria.

2.8. No encontrarse en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2.9. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.

2.10. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración o trabajo público. En el caso de aspirantes de nacionalidad no española, deberán acreditar, igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impide en su caso, el acceso a la función pública o, en su defecto, copia de la solicitud de emisión, sin perjuicio de la declaración jurada por parte de las personas interesadas.

2.11. No haber estado vinculado laboralmente con la entidad con la cual solicita las ayudas de este concurso ni con ninguna otra relacionada accionarialmente o socialmente con esta antes del 1 de enero de 2023. A las empresas derivadas no se exigirá este requisito si la vinculación laboral se ha mantenido con una institución de I+D, pública o privada, sin ánimo de lucro que participe en el accionariado o en el capital de la nueva empresa.

Todos estos requisitos deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.

Las personas aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad en los mismos, sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.

Tercera. Solicitudes

3.1. Las personas interesadas han de reunir los requisitos señalados en la base segunda y en el anexo I. Deberán presentar la solicitud, junto con el currículo y los documentos que acrediten los méritos alegados, obligatoriamente, a través de la solicitud electrónica que la universidad pondrá a su disposición, y cuyo enlace (url) se publicará en la página web de la Sección de PAS-Investigación, http://www.uv.es/pasinvest, a partir de la publicación de esta resolución en el DOGV.

Para rellenar la solicitud, la Universitat tiene a disposición de las personas interesadas una guía a la que puede acceder a través del siguiente enlace: https://go.uv.es/sNh0jds.

Quienes tengan dificultades para realizar la tramitación electrónica, pueden acceder a la herramienta de apoyo TIC de la Universitat de València a través del siguiente enlace: https://links.uv.es/eadmin/ticketing_es. Para cualquier otra duda sobre los detalles de esta convocatoria puede contactar con el equipo de la sección de Gestión de Investigación del Servicio de Recursos Humanos PAS, mediante correo electrónico a la dirección: convopi@uv.es

3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del siguiente día hábil al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Cuarta. Documentación que se debe adjuntar electrónicamente

En el formulario electrónico se requerirá que se adjunte diversa documentación, preferentemente, en formato pdf. Dicha documentación deberá insertarse en las pestañas y en el espacio reservado para ello de la siguiente manera:

4.1. Se insertará en la pestaña cuarta el documento pdf del título académico o resguardo de haber abonado los derechos de expedición. En caso de titulaciones extranjeras, será necesario acreditar la homologación o equivalencia correspondiente o haber iniciado los trámites para la misma.

También se insertará en esta misma pestaña, el resto de documentos pdf, que acrediten cualquier otro requisito que se exija en la convocatoria.

4.2. Se insertará en la pestaña quinta el documento pdf del DNI, pasaporte o NIE. Estos dos últimos documentos, solo si se presenta una persona que no tenga la nacionalidad española.

4.3. También se insertará en la pestaña quinta el curriculum vitae, en un documento pdf, o un zip, pudiendo utilizar para ello el modelo establecido en el siguiente enlace: http://go.uv.es/F3LCmfj.

4.4. Memoria del proyecto formativo de la tesis doctoral, con un máximo de dos mil palabras, que incluya: objetivos, antecedentes, metodología, plan de trabajo y referencias bibliográficas.

Las tareas de investigación que presente en su propuesta deberán integrarse en el ámbito de convenios o acuerdos de colaboración en investigación entre la Universitat de València y empresas o instituciones que den soporte a las tareas de investigación del candidato. Dicho convenio de investigación deberá avalar únicamente una solicitud en esta convocatoria.

4.5. Carta de apoyo por parte de la empresa o institución en la que se exponga el compromiso de contratación del personal investigador predoctoral en el plazo máximo de un año y de llevar a cabo el proyecto hasta que el personal investigador predoctoral obtenga el título de doctor. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el mencionado título en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

4.6. Convenio de investigación o acuerdo de colaboración en investigación entre la Universitat de València y una empresa o institución para el desarrollo de un proyecto de I+D+i cuyas actividades deberán estar relacionadas con la temática de la tesis doctoral a realizar por el solicitante, y cuyo investigador principal (IP) o responsable tendrá que ser de la Universitat de València y tener una vinculación laboral o funcionarial.

Este convenio reflejará, entre otros aspectos, la transferencia de los resultados del mencionado proyecto de investigación a la empresa o institución y todo derecho de propiedad intelectual e industrial resultante del mismo, así como los correspondientes derechos de acceso que se atribuirán a los distintos socios de la colaboración de forma adecuada y en función de sus tareas, contribuciones e intereses respectivos.

4.7. Curriculum vitae del director o directora de la tesis doctoral, que será el responsable del proyecto de investigación entre la Universitat de València y la empresa o institución.

No será necesario que los documentos adjuntados se encuentren cotejados en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración responsable de la persona interesada sobre la autenticidad de todo lo dicho en la solicitud y en los documentos anexados, sin perjuicio de que en cualquier momento la comisión o la universidad pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.

Para cualquier duda sobre la documentación a aportar y requisitos generales puede contactar con el equipo de coordinación de doctorados industriales de la Escuela de Doctorado de la Universitat de València:

https://www.uv.es/uvweb/escuela-doctorado/es/doctorados-industriales//contacto-1286221132436.html

Quinta. Sistema selectivo

5.1. El proceso selectivo consistirá en un concurso que consistirá en la valoración de los méritos curriculares de los aspirantes por la comisión evaluadora, y, en su caso, de la realización de una entrevista.

Los méritos se valorarán, de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II. Los méritos que no se hayan justificado documentalmente en el plazo de presentación de instancias, no serán tenidos en cuenta en la resolución del concurso.

5.2. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una entrevista a los aspirantes. El número de aquellos que pasen a la fase de entrevista, se determinará por criterio de la comisión evaluadora.

5.3. Finalizado el proceso selectivo, se publicará la baremación de los aspirantes, y se hará la propuesta de contratación y de la formación de la bolsa, en el tablón de anuncios de la Universitat de València, y en la página web http://www.uv.es/pasinvest.

5.4. La adjudicación de los puestos convocados se realizará por resolución de la Gerencia, y se publicará igualmente en el tablón de anuncios y en la página web mencionados en el punto 5.3. de esta base.

5.5. La comisión evaluadora podrá declarar desierto el procedimiento de selección en caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la entrevista, el perfil de los candidatos mejor puntuados no se ajuste en su totalidad al perfil de la plaza y a las necesidades del proyecto.

5.6. Las bolsas de trabajo que deriven de estos procesos selectivos permanecerán vigentes mientras dure el proyecto de investigación para el que fueron convocados. Los llamamientos a las personas aspirantes se realizarán por el orden de la bolsa.

5.7. Se adjudicará un puesto por cada una de las áreas de conocimiento de los programas de doctorado ofertados por la Escuela de Doctorado de la Universitat de València (https://www.uv.es/uvweb/escuela-doctorado/es/programas-doctorado/programas-doctorado-1285954699016.html). El quinto puesto se adjudicará de acuerdo con el orden de puntuación obtenida independientemente del área de conocimiento. Excepcionalmente, si el puesto de alguna o algunas de las áreas de conocimiento se declarara desierto se podrá asignar a una de las otras áreas. En tal caso, se adjudicará utilizando el criterio de orden de puntuación obtenida, independientemente del área de conocimiento.

Sexta. Comisión evaluadora

6.1. La comisión evaluadora es la que figura en el anexo III.

6.2. Será de aplicación a los miembros de esta comisión lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat de València (ACGUV/303/2021) que aprueba la hoja de ruta sobre las medidas de integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés.

A tal efecto, deberán cumplimentar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) que será adjuntada al acta de constitución de la comisión, y formarán parte del expediente administrativo. Habrá un modelo normalizado por la universidad en la siguiente página web: https://links.uv.es/GOo6oAT.

6.3. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas, y todo aquello que se deba hacer en los casos no previstos.

6.4. El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en cada momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

6.5. Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en lugar indicado en el anexo correspondiente a la convocatoria que se va a solicitar.

Séptima. Contratación

7.1. Finalizados los procesos selectivos derivados de esta convocatoria, los contratos se formalizarán por escrito, y se utilizará la modalidad contractual más adecuada al objeto del mismo, de entre las que se encuentren vigentes en el momento de dicha formalización.

7.2. La fecha de inicio vendrá fijada en la propuesta de contratación, en función de las necesidades de los proyectos y siempre que sea viable administrativamente.

7.3. La finalización de los contratos podrá realizarse por cualquiera de las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores, o en el resto de legislación aplicable, y también las consignadas en el propio contrato, entre las que se establecerán las siguientes:

7.3.1. Finalización o agotamiento de la consignación presupuestaria.

7.3.2. Finalización de las tareas consignadas al puesto del empleado o empleada dentro del proyecto.

7.3.3. Finalización del proyecto.

Octava. Información sobre los datos recogidos

8.1. La Universitat de València es la entidad responsable de los datos facilitados por las personas que se presentan a este proceso selectivo. La información recibida, se tratará exclusivamente para los fines objeto de la convocatoria, así como, en su caso, la posterior gestión de personal de conformidad con lo dispuesto en la en la normativa de protección de datos vigente.

Parte de los datos podrán ser publicados en el Tablón Oficial de la Universitat de València y en la página web de la Sección de Gestión de la Investigación. Además, también se cederán a los miembros de la comisión evaluadora para la valoración de los méritos y la resolución de reclamaciones planteadas, en su caso.

8.2. Quienes deseen acceder al expediente del proceso selectivo y consultar datos de otras personas aspirantes deberán solicitarlo previamente, a la comisión evaluadora o al Servicio de RRHH (PAS), Sección de PAS-Investigación.

En dicha solicitud se comprometen a mantener el deber de confidencialidad de los datos y a guardar la oportuna reserva de los mismo, pudiendo hacer solo uso de estos a efectos de argumentar o plantear una posible reclamación o alegación.

El uso o divulgación de estos datos fuera de los casos mencionados podrá implicar la exigencia de responsabilidades de conformidad con la legislación vigente.

8.3. Para más información sobre el tratamiento de los datos, puede acceder al siguiente enlace: http://go.uv.es/88bqyH6

Novena. Recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación o publicación, o un recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación.

Contra los actos de la comisión evaluadora, se podrá interponer el recurso de alzada previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Así mismo, la Administración, si procede, podrá revisar las resoluciones del tribunal, de acuerdo con la mencionada norma.

València, 29 de septiembre de 2023. La rectora, p. d. (DOGV 30.05.2022), el gerente: Juan Vicente Climent Espí.

ANEXO I

Proyecto: «Realización de una tesis doctoral en el marco de un proyecto de investigación de una entidad, empresa pública o privada o administración pública encuadrado en las líneas de investigación de un programa de doctorado de la Universitat de València. CPI-23-608», según convenio de colaboración suscrito entre la Generalitat Valenciana, a través de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital y la Universitat de València para la promoción de doctorados en colaboración con empresas en 2023.

1. Condiciones generales del puesto de trabajo ofertado

1.1. Denominación y clasificación del puesto de trabajo:

Investigador/a en formación.

Grupo: A, subgrupo. A1

1.2. Jornada de trabajo: 35 horas semanales.

1.3. Dotación de la ayuda: la persona contratada prestará sus servicios como personal investigador predoctoral en formación y percibirá las retribuciones de conformidad con lo que establece el artículo 7 del Real decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación.

Durante el primer año de contrato, la retribución será de 1.537,28 euros brutos mensuales (12 pagas incluidas las pagas extraordinarias prorrateadas).

1.4. Funciones y tareas a desarrollar:

– Preparación de informes y documentación científica.

– Labores técnicas de difusión y gestión del proyecto.

– Asistencia a reuniones para la coordinación del proyecto.

– Tareas de investigación definidas por el grupo de investigación

1.5. Objeto y periodo: realización de la tesis doctoral en el marco de un proyecto de investigación en colaboración con una entidad, empresa privada o pública o administración pública, encuadrado en alguna de las líneas de investigación de un programa de doctorado de la Universitat de València y deberá ir encaminado al desarrollo de un doctorado con mención industrial.

El contrato estará determinado por la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria.

1.6. Requisitos: titulación, o titulaciones, suficientes que permitan el acceso a un programa de doctorado.

Para las comunicaciones y cualquier problema que pueda surgir, la comisión evaluadora tendrá la sede en la Escuela de Doctorado de la Universitat de València.

ANEXO II

Criterios de valoración y selección

1. Calidad y viabilidad científico-tecnológica del proyecto de I+D propuesto.

Puntuación: de 0 a 30 puntos.

2. Méritos curriculares de la persona candidata y adecuación de la misma a las tareas a realizar en función de su formación y su experiencia profesional.

La persona solicitante deberá aportar certificados académicos oficiales correspondientes a los estudios oficiales previos realizados en que consten todas las asignaturas superadas con sus créditos, las calificaciones obtenidas y la nota media del mismo en base 10 y curriculum vitae, según el modelo establecido por la Universitat de València.

No será necesario presentar los certificados académicos oficiales de titulaciones realizadas en la Universitat de València. Si la certificación está expedida en un idioma diferente de los oficiales de la Universitat de València, se deberá adjuntar la traducción jurada correspondiente a uno de estos.

Puntuación: de 0 a 30 puntos.

3. Currículum del director o directora de la tesis.

Valoración: de 0 a 20 puntos.

4. Carta de apoyo, compromiso de contratación, e impacto de la ayuda en la actividad de I+D+i de la entidad, empresa o administración pública con la que se ha firmado el convenio. Se valorará el impacto y el efecto incentivador de la ayuda en el incremento del grado de actividad de I+D+i a través de aspectos tales como el volumen, al ámbito, las cuantías invertidas, la rapidez de las actividades de I+D+i u otros factores cualitativos y/o cuantitativos.

Puntuación: de 0 a 20 puntos.

Para proponer la contratación de los candidatos y candidatas, estos deberán obtener una puntuación total mínima de 60 y, adicionalmente en el apartado 4, una puntuación mínima de 10.

En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios anteriores, según el orden en el que se citan.

La comisión podrá acordar la realización de una entrevista con el objeto de concretar mejor la valoración de los méritos preferentes.

ANEXO III

Comisión de evaluación y selección

Presidenta: María Amparo Tórtola Baixauli. directora de la Escuela de Doctorado.

Vocal 1: Vicente Safón Cano. vicedirector de la Escuela de Doctorado.

Vocal 2: Mercedes Quilis Merín. vicedirectora de la Escuela de Doctorado.

Vocal 3: María Dolores Ortiz Masià. secretaria de la Escuela de Doctorado.

Secretario: Javier Ribera Regal. coordinador de Doctorado Industrial.

Comisión de evaluación y selección suplente

Presidente: Carlos Hemenegildo Caudevilla, vicerrector de Investigación

Vocal 1: Rosa María Donat Beneito, vicerrectora de Innovación y Transferencia

Vocal 2: Lucía Echevarría Gil, vicegerenta de Investigación, Transferencia e Innovación

Vocal 3: José Ramírez Martínez, vicegerente de Recursos Humanos y Organización Administrativa

Secretaria: Consuelo Cuenca Belenguer, jefa del Servicio de Transferencia e Innovación

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