Vicepresidencia segunda y conselleria de servicios sociales, igualdad y vivienda - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9702)
RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2023, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se conceden los premios de Fiestas Inclusivas y No Sexistas, en su cuarta edición, y se les da publicidad. [2023/10143]
Mediante la Resolución, de 22 de diciembre de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se convoca, para el año 2023, el Premio de Fiestas Inclusivas y No Sexistas (DOGV 9499, 28.12.2022), para el ejercicio 2023.
El jurado, constituido de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Orden 1/2019, de 9 de abril, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras del Premio de Fiestas Inclusivas y No Sexistas, se reunió el día el 19 de junio de 2023 y elevó propuesta de resolución a la directora general, conforme al contenido del acta suscrita por todas las personas integrantes del jurado.
El artículo 10.3 de las bases reguladoras de este premio delega, en la persona titular de la dirección general con competencias en mujeres e igualdad de género, la resolución de las solicitudes presentadas, por ello, en uso de la facultad conferida, y con cargo a la partida presupuestaria 16.02.01, programa 323.10, Igualdad de Género, de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, resuelvo:
Primero
Aceptar la propuesta de resolución del jurado en sus propios términos.
Segundo
Conceder los premios a las entidades locales que se relacionan a continuación, por el importe total de 40.000 euros, de acuerdo con la consignación presupuestaria de 40.000 euros existente en el Capítulo IV, la línea de subvención S5188000.
NIF ENTIDAD CATEGORÍA PREMIO
P4604800E Ayuntamiento de Bellreguard Municipios de hasta 5.000 habitantes 10.000 euros
P4602000D Ayuntamiento de La Alcúdia de Crespins Municipios de entre 5.001 y 10.000 habitantes 10.000 euros
P4605400C Ajuntamiento de Benetússer Municipios de entre 10.001 y 20.000 habitantes 10.000 euros
P4610700I Ayuntamiento de Cullera Municipios de entre 20.001 o más habitantes 10.000 euros
Tercero
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.
València, 28 de septiembre de 2023. La vicepresidenta Segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, p. d. (Resolución de 29.02.2016), la directora general de Igualdad y del Instituto de las Mujeres: Davinia Bono Pozuelo.