Ayuntamiento de picanya - Autoridades y personal (DOGV nº 2023-9653)

Anuncio de nombramiento de funcionario de carrera, técnico de gestión jurídica en materia de vivienda. [2023/8151]

Por Resolución de Alcaldía número 842, de fecha 30 de junio de 2023, una vez concluido el proceso extraordinario de estabilización y consolidación de ocupación temporal para la provisión del puesto de técnico de gestión jurídica en materia de vivienda, se ha efectuado, en fecha 4 de julio de 2023, el nombramiento como funcionario de carrera de:

Juan Manuel Chamorro Novillo con NIF ***4577**

Características del puesto: grupo/subgrupo A2, escala/subescala administración especial, denominación técnico de gestión jurídica en materia de vivienda.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 62.1.b del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, y el artículo 68.1.b de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función pública valenciana.

Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, se puede interponer ante este órgano, con carácter potestativo y sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno, un recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. O bien se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contencioso-administrativo con sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación (art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local 209 y siguientes del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Sin embargo, en caso de ser una administración, no es procedente interponer ningún recurso en vía administrativa, tal como dispone el artículo 44 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Picanya, 4 de julio de 2023.– El alcalde: Josep Almenar i Navarro.

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