Universidad de alicante - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9651)

Extracto de la Resolución de 25 de julio de 2023, de la rectora de la Universidad de Alicante, por la que se convoca «Beca para la realización de Tesis Doctoral sobre Enfermería Familiar y Comunitaria». [2023/8508]

BDNS (identif.): 710131.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710131)

Primero. Beneficiarios

Pueden acceder a esta beca:

Doctorandas y doctorandos que se encuentren en el periodo de realización de su tesis doctoral y que la misma sea sobre Enfermería Familiar y Comunitaria, con independencia del modelo de tesis que esté desarrollando (clásica o por compendio).

Segundo. Objeto

El objetivo de esta convocatoria es fomentar y apoyar la investigación sobre Enfermería Familiar y Comunitaria en el periodo de realización de una tesis doctoral (máximo tres años a tiempo completo y de cinco años a tiempo parcial).

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras y convocatoria están publicadas de manera conjunta en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante de día 26 de julio de 2023, en la siguiente url:

https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/41261

Cuarto. Cuantía

La dotación máxima destinada a esta convocatoria es de 6.000 €. Se concederá un número máximo de una beca.

La beca será:

– 6.000 € para la doctoranda o el doctorando que resulte beneficiaria o beneficiario, para todo el periodo de realización de la tesis doctoral. Esta cantidad se asignará como se detalla:

· 3.000 € cuando se notifique la concesión de la beca.

· 3.000 € cuando se defienda la tesis.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 de agosto al 30 de septiembre (23.59 hora límite) de 2023.

La convocatoria se publicará íntegramente en BOUA con carácter informativo.

Sexto. Otros datos

Criterios de adjudicación:

Los conceptos a valorar son:

1. Formación académica.

2. Experiencia investigadora.

3. Experiencia profesional.

4. Otros méritos.

Criterios de valoración de los méritos alegados en función de los cuatro apartados básicos

1. Formación académica (100 puntos):

1.1. Expediente académico global de la titulación (máximo 32 puntos).

Se aplicará la nota media oficial del expediente académico, evaluada sobre 10, de la titulación finalizada con mayor vinculación al perfil de la beca. La nota media así obtenida se multiplicará por el factor 3,2.

1.2. Expediente académico específico de la titulación (máximo 64 puntos). Se aplicará la nota media, evaluada sobre 10, de aquellas asignaturas específicas del expediente académico de la titulación finalizada con mayor vinculación al perfil de la beca. La nota media así obtenida se multiplicará por el factor 6,4.

1.3. Especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria (máximo 28 puntos).

1.4. Cursos universitarios oficiales de postgrado (máximo 12 puntos).

Se valorará un máximo de 0,2 puntos por cada crédito en cursos oficiales de postgrado.

1.5. Otras titulaciones universitarias afines distintas a la considerada en el apartado 1.1 (máximo 12 puntos).

1.6. Otros méritos relacionados con la formación académica no incluidos en los apartados anteriores (máximo 8 puntos).

2. Experiencia investigadora (100 puntos):

2.1. Publicaciones científicas (libros, capítulos de libros y publicaciones en revistas periódicas) y patentes internacionales en explotación (máximo 38 puntos).

2.2. Contribuciones a congresos y conferencias científicas (máximo 17 puntos).

2.3. Participación en proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y/o contratos de investigación con empresas o con la administración (máximo 13 puntos).

2.4. Becas de investigación y estancias en otras universidades y centros de investigación realizadas con posterioridad a la finalización de los estudios (máximo 12 puntos).

Las becas de investigación obtenidas en convocatorias públicas se valorarán con un factor 2 frente a las obtenidas por adjudicación directa.

Cada mes de disfrute de beca de investigación o de estancia se valorará con un máximo de 0,6 puntos.

2.5. Otros méritos relevantes de investigación no incluidos en los apartados anteriores (máximo 4 puntos).

3. Experiencia profesional (100 puntos):

3.1. Años de ejercicio profesional (máximo 65 puntos).

Actividades profesionales que guarden relación con la beca. Se computará un máximo de 13 puntos por año de actividad profesional a tiempo completo y fracciones proporcionales si es a tiempo parcial.

3.2. Categoría y grado de responsabilidad en el puesto de trabajo (máximo 35 puntos).

4. Otros méritos relevantes (100 puntos):

4.1. Conocimiento del inglés (máximo 50 puntos).

Los niveles de inglés se valorarán según la certificación expedida por organismo oficial acreditado y en base a la siguiente escala: Nivel B1 (12,5 puntos); Nivel B2 (25 puntos); Nivel C1 (37,5 puntos), y Nivel C2 (50 puntos).

4.2. Otros aspectos no contemplados en los apartados anteriores (máximo 50 puntos)

Se valorarán aspectos como premios y distinciones, gestión servicios de enfermería familiar y comunitaria, conocimiento de otros idiomas. Para la baremación de estos apartados, la comisión tendrá en cuenta con carácter general los siguientes principios criterios:

Cada uno de los méritos será valorado en un solo concepto.

En el caso de que alguna de las personas solicitantes sobrepase la máxima puntuación establecida en cualquiera de los apartados o subapartados considerados se establecerá un criterio de proporcionalidad entre las puntuaciones de todos los solicitantes. Es decir, a la persona solicitante que sobrepase la máxima puntuación en un apartado se le otorgará la puntuación máxima en dicho apartado, mientras que la puntuación del resto de personas solicitantes se hará de forma proporcional. Por ello, tanto la puntuación conseguida en cada uno de estos apartados, como la puntuación total alcanzada ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa establecida con respecto al resto de los candidatos del mismo concurso.

La comisión deberá puntuar cada mérito alegado en función de su grado de afinidad con la beca. A estos efectos, y una vez valorado un mérito, este se multiplicará por un coeficiente corrector en función de su afinidad con la plaza o el área de conocimiento a la que esta se adscriba, de acuerdo con los siguientes criterios:

Grado de afinidad completo (totalmente enmarcado en el contexto de la beca): 1

Grado de afinidad alto (muy afín a la beca): 0,8

Grado de afinidad medio (afín a la beca): 0,4

Grado de afinidad bajo (poco afín a la beca): 0,2

Grado de afinidad nulo (no existe afinidad con la beca): 0.

Los méritos correspondientes al apartado 4.1 no se verán afectados por estos coeficientes correctores, es decir, la valoración de este apartado se realizará exclusivamente conforme a lo establecido en el mismo.

Alicante, 25 de julio de 2023.– El director de Relaciones y Proyectos Institucionales (p. d. de firma R 04.01.2021): Juan Llopis Taverner.

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