Institut valencià de la joventut - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9646)

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2023, del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se determina el procedimiento de contratación para la reserva y utilización de las instalaciones juveniles propias, así como las tarifas y los precios de los servicios prestados. [2023/8237]

La Constitución Española, en su artículo 48, contiene un mandato para los poderes públicos, que deberán promover «las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.»

El artículo 49.25 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat competencias exclusivas en materia de juventud. La Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud, tiene como objeto «establecer un marco normativo que coordine las políticas de juventud, construyendo la Xarxa Jove, el sistema público valenciano de servicios a la juventud, dado su carácter de interés general para la Comunitat Valenciana, y que regule los derechos y la corresponsabilidad de las personas jóvenes, con el fin de garantizar que puedan definir y construir su proyecto vital individual y colectivo como miembros de la comunidad, fomentando la participación activa en el desarrollo político, social, económico y cultural».

El capítulo IV del título III de esa ley menciona, entre los recursos y servicios para la juventud, la Xarxa Valenciana d'Albergs Juvenils y las residencias y campamentos juveniles. Por su parte, el título V del Decreto 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 18/2010, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de juventud de la Comunitat Valenciana, regula las instalaciones juveniles. En su artículo 57, se regulan los derechos de las personas usuarias, entre los que figura el derecho a recibir los servicios requeridos como contraprestación de los precios satisfechos, así como a conocer la relación actualizada de precios de los servicios ofrecidos. El artículo 58 recoge, entre los deberes de las personas usuarias, el de abonar los precios fijados por los servicios recibidos.

En concreto, el capítulo II de este título regula las instalaciones públicas de titularidad y/o gestión del Institut Valencià de la Joventut (en adelante, IVAJ). Así, se establece que la Generalitat, a través del IVAJ, «mantendrá una red de instalaciones públicas cuyo destino prioritario será el desarrollo de actividades de ocio de carácter cultural, educativo, social, lúdico, deportivo y medioambiental».

Estas instalaciones públicas se clasifican en albergues juveniles, residencias juveniles y campamentos juveniles. Los artículos 71 y 73 establecen, respectivamente, que mediante resolución de la persona titular del IVAJ se establecen las tarifas, así como el procedimiento de contratación de reservas de plazas en los albergues y residencias juveniles en tanto en cuanto presten servicios de albergue y en los campamentos juveniles, así como las condiciones de uso de dichas instalaciones.

Por último, de acuerdo con la Estrategia Valenciana de Juventud 2019-2023, la Administración debe garantizar la existencia de recursos y entornos adecuados para que la condición juvenil pueda transitar con plenitud de opciones y capacidades. Con el fin de dar respuesta a estos fines, debe desarrollar una red de albergues juveniles sostenibles e inclusivos, así como dotar a la juventud de una estructura de espacios en todo el territorio.

En virtud de todo ello y en uso de las facultades que el artículo 11 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de políticas integrales de juventud me confiere, resuelvo:

Primero

Determinar el procedimiento para la reserva de plazas en las residencias juveniles, cuando presten servicios de albergue, campamentos juveniles y albergues juveniles del IVAJ, que se detalla en el anexo I de esta resolución junto con las condiciones generales de uso de dichas instalaciones.

Segundo

Establecer los servicios que se prestarán en las residencias juveniles, cuando presten servicios de albergue, campamentos juveniles y albergues juveniles del IVAJ, así como las tarifas y los precios a percibir por el IVAJ por dichos servicios, los descuentos, bonificaciones y promociones, que se detallan en el anexo II de esta resolución.

Tercero

A efectos de lo previsto en la presente resolución, las residencias juveniles, cuando presten servicios de albergue, se asimilarán al régimen de los albergues juveniles.

Cuarto

La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. A partir de este momento, dejarán de producir efectos la Resolución de 9 de agosto de 2012, del director general de la Juventud y del Institut Valencià de la Joventut. Generalitat Jove, por la que se determinan las tarifas, los precios y el procedimiento de contratación para reserva y utilización de las instalaciones juveniles propias, y la corrección de errores de esta misma resolución.

No obstante, el procedimiento para la reserva de plazas y las condiciones generales de uso de las instalaciones recogidos en el anexo I, así como los precios de los servicios, y los descuentos, bonificaciones y promociones previstos en el anexo II, se aplicarán a las reservas realizadas para estancias a partir del 1 de septiembre de 2023. A las reservas de plazas para estancias anteriores al 1 de septiembre de 2023, se seguirán aplicando los procedimientos, precios y condiciones de utilización previstas en la mencionada Resolución de 9 de agosto de 2012 y su corrección de errores.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGV. Todo ello, de acuerdo con lo que prevén los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren oportuno.

València, 18 de julio de 2023.– El director general del IVAJ: Jesús Martí Nadal.

ANEXO I

Procedimiento para la reserva de plazas y condiciones generales

de uso de las instalaciones juveniles del IVAJ

1. Objeto

El objeto del presente anexo es determinar el procedimiento para la reserva de plazas y determinar las condiciones generales de utilización de las instalaciones juveniles del IVAJ, así como las tarifas y los precios.

2. Tipos de alojamiento

2.1. Se podrán realizar reservas en albergues y residencias juveniles, cuando tengan uso de albergue juvenil, y en campamentos juveniles.

2.2. Los albergues juveniles son instalaciones que proporcionan alojamiento y servicio de alimentación a las personas de forma individual o en grupo. Algunos albergues también ofrecen servicios complementarios.

2.3. Los campamentos juveniles son instalaciones con equipamientos básicos, que proporcionan alojamiento a grupos de jóvenes, bien en tienda propia, bien en tienda facilitada por el IVAJ, en refugio o en cabañas, según la instalación. En algunos períodos se podrá proporcionar también el servicio de alimentación.

3. Tipos de reserva

Las reservas en los albergues juveniles del IVAJ pueden realizarse en las siguientes modalidades:

a) Reserva individual, cuando la reserva es para una sola persona o para un conjunto de personas inferior a 16.

b) Reserva para grupos, cuando la reserva es para un conjunto de personas a partir de 16.

c) Reserva para grupos para la realización de programas de ocio educativo, cuando la reserva la realiza un centro educativo, una entidad inscrita en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat valenciana o equivalente de otra Comunidad Autónoma, o el INJUVE, siempre y cuando la utilización de la instalación juvenil tenga como finalidad la realización de actividades en el marco de un programa de ocio educativo dirigido a personas jóvenes.

Las reservas en los campamentos juveniles únicamente podrán ser para grupos, en las modalidades de los párrafos anteriores b) y c).

4. Requisitos

4.1. Para hacer uso de los albergues juveniles, todas las personas o grupos usuarios deben estar en posesión del carnet de alberguista vigente, en cualquier de sus modalidades: individual, familiar, grupo, o cualquier otra que se prevea, o del carnet individual integrado con el Carnet Jove.

4.2. La edad mínima para poder hacer una reserva individual es de catorce años. No obstante, las personas menores de edad deberán presentar a la llegada a la instalación una autorización firmada por el padre/la madre o tutor/a.

5. Condiciones de las reservas

5.1. Las reservas individuales tendrán una duración máxima de cinco noches, y se podrán solicitar con tres meses de antelación.

No obstante, la dirección de la instalación podrá autorizar un aumento de días en la estancia, según la ocupación del albergue, hasta un máximo de cinco noches más.

En todo caso, la reserva estará sujeta a la disponibilidad del albergue o campamento.

5.2. Las reservas para grupos tendrán una duración máxima de quince noches, y se podrán solicitar con cinco meses de antelación.

5.3. Las personas y grupos podrán utilizar las instalaciones juveniles sin pernoctar, si existe disponibilidad, y se aplicará la tarifa y el precio de los servicios de que hagan uso, de acuerdo con el anexo II.

5.4. En los albergues juveniles del IVAJ se reservan camas y no habitaciones. No obstante, dependiendo de la disponibilidad y de las posibilidades del albergue, se procurará atender las peticiones de las personas usuarias, sin ningún compromiso en este sentido por parte del albergue.

5.5. Las reservas para los puentes y períodos de vacaciones escolares o señalados como de especial atención pueden estar sujetas a condiciones específicas, incluyendo la duración máxima y mínima, y la antelación para efectuar la reserva. Esta circunstancia se aprobará previamente mediante resolución de la Dirección General del IVAJ.

5.6. En las reservas para grupos para la realización de programas de ocio educativo, la entidad que realiza la reserva deberá presentar al IVAJ el programa de ocio educativo que pretende desarrollar.

5.7. El IVAJ, en base a las plazas libres existentes, podrá autorizar estancias prolongadas para el desarrollo de determinados programas relacionados con la juventud.

6. Programas específicos

Los programas del IVAJ, como la oferta concertada o los intercambios, se regirán por sus condiciones generales particulares de contratación, reserva y precios. En la resolución de convocatoria de estas plazas se determinarán sus condiciones particulares.

7. Procedimiento para realizar reservas

7.1. Las reservas se podrán realizar a través de los siguientes medios:

a) Por correo electrónico, remitiendo una solicitud a creserves_ivaj@gva.es, o el formulario que se encuentra en https://ivaj.gva.es/es/solicitud-reserva-albergues.

b) Por teléfono, llamando al 961607642.

c) Para las reservas individuales en albergues se podrá realizar en línea a través de https://ivaj.gva.es/es/reserva-albergues. Las condiciones generales de la venta en línea se especifican en la web del IVAJ, https://ivaj.gva.es/es/condiciones-generales-reservas.

d) En algunos casos, mediante motores de reservas que permitan promocionar el alberguismo juvenil.

e) A través de la Red Española de Albergues Juveniles y de la Federación Internacional de Albergues Juveniles.

f) El mismo día, en el albergue escogido, siempre y cuando haya disponibilidad.

8. Formalización de la reserva

8.1. En los albergues, una vez realizada la reserva, se deberá formalizar la reserva, mediante el pago de 4,00 €, por persona y por día, IVA incluido, en concepto de anticipo.

En las reservas en línea, el pago del anticipo se efectuará mediante tarjeta de crédito.

En el resto de los casos, el pago del anticipo debe efectuarse mediante ingreso o transferencia bancaria a favor del IVAJ, en el número de cuenta indicado en el impreso de reserva que se facilitará. La persona interesada deberá enviar el resguardo del ingreso o transferencia al albergue, de acuerdo con las instrucciones especificadas en el impreso de reserva.

El resto del importe de la reserva se abonará en la propia instalación.

8.2. En los campamentos, una vez realizada la reserva, se deberá formalizar la reserva mediante el ingreso o transferencia bancaria a favor del IVAJ de 1,50 euros por persona y por día, en concepto de anticipo, en un plazo máximo de siete días, desde la realización de la reserva. El resguardo del ingreso o transferencia se enviará al IVAJ, de acuerdo con las instrucciones especificadas en el impreso de reserva.

El resto del importe de la reserva se abonará antes del inicio de la estancia, mediante ingreso o transferencia bancaria a favor del IVAJ.

8.3. La reserva quedará formalizada una vez realizado el pago del anticipo, dentro del plazo indicado. De lo contrario, el IVAJ podrá anular la reserva.

8.4. Cuando se trate de centros educativos y asociaciones juveniles inscritas en el censo juvenil, previa comunicación por escrito, se podrá ampliar el plazo para el pago del anticipo en siete días más. No obstante, si se producen anulaciones de plazas, se aplicarán las penalizaciones previstas en el apartado 9.2 de este anexo.

9. Penalizaciones en caso de anulación parcial de plazas o de la reserva en su totalidad

9.1. Durante los siete primeros días disponibles para formalizar la reserva, contados a partir del siguiente al que se realice la reserva, cualquier anulación total o parcial de plazas no implicará ningún tipo de penalización.

9.2. Transcurrido el plazo de siete días para la formalización de la reserva, la anulación parcial de plazas para una reserva o la anulación en su totalidad comportará la aplicación de las siguientes penalizaciones:

a) En albergues, cuando la anulación se comunique:

Con más de sesenta días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 2,00 € por persona y día

Entre 60 y 30 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 2,50 € por persona y día

Entre 29 y 15 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 3,00 € por persona y día

Entre 14 y 3 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 3,75 € por persona y día

Hasta 2 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 4,00 € por persona y día

b) En campamentos, cuando la anulación se comunique:

Con más de 60 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 0,50 € por persona y día

Entre 60 y 30 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 0,75 € por persona y día

Entre 29 y 15 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 0,90 € por persona y día

Entre 14 y 3 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 1,25 € por persona y día

Hasta 2 días naturales de antelación, se aplicará una penalización de 1,50 € por persona y día

9.3. En caso de que no se comunique la anulación o que se realice el mismo día de la incorporación, no se tendrá derecho a la devolución del anticipo.

9.4. En las causas de fuerza mayor, no imputables a la persona o grupo titular de la reserva, debidamente acreditadas, procederá la devolución del importe del anticipo cuando no se realice la estancia. A este efecto, se considerará o se asimilará a causa de fuerza mayor, los siguientes supuestos:

a) Enfermedad de la persona titular o integrante del grupo que le impida la asistencia a la actividad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado médico oficial, cumplimentado y firmado, en el que conste esta circunstancia, o un informe hospitalario.

b) Enfermedad o muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial debidamente cumplimentado y firmado.

c) Otras causas de fuerza mayor, debidamente justificadas.

d) Quedan excluidas de la posibilidad de devolución:

• Las razones que se aludan como consecuencia de los rendimientos académicos de las personas participantes.

• La realización de cualquier actividad relativa al curso académico.

• La realización de prácticas académicas.

• El disfrute de becas.

• Los contratos laborales.

10. Devoluciones

10.1. Las solicitudes de devolución de ingresos se realizarán siempre por escrito, por correo electrónico o por cualquiera de los medios previstos por la Ley.

10.2. Las devoluciones que correspondan se efectuarán a la persona o grupo titular de la reserva

10.3. Las devoluciones que se realicen por transferencia bancaria se tramitarán junto con el modelo previsto, mantenimiento de terceros, que se puede obtener desde la web del IVAJ, debidamente cumplimentado y firmado por la persona titular autorizada.

10.4. En el caso de los servicios complementarios, de forma general no procederá la devolución de los importes abonados. No obstante, si existe disponibilidad en la instalación, se podrá cambiar de fecha y/o de hora del uso del servicio

11. Horarios

11.1. Las personas integrantes de la reserva podrán incorporarse a la instalación a partir de las 12.00 h. del primer día y podrán permanecer en la habitación, tienda, cabaña o refugio hasta las 10 h del último, y en la instalación hasta las 16.00 h.

11.2. Cualquier otra opción horaria requerirá la autorización de la dirección de la instalación.

12. Derechos y deberes de las personas usuarias de las instalaciones juveniles del IVAJ

12.1. La utilización de las instalaciones juveniles del IVAJ supone la aceptación, por parte de las personas usuarias, de la presente resolución, así como de la normativa interna de cada instalación respecto a los horarios de comedor, de la piscina, en su caso, del silencio nocturno y de otros aspectos, con el fin de favorecer la convivencia y la calidad del servicio.

12.2. Las personas responsables de los grupos tienen la total responsabilidad económica y jurídica, y también la relativa a la conducta de las personas que lo integran.

12.3. Las personas usuarias de las instalaciones juveniles autorizan al IVAJ a tratar, incorporar y conservar los datos personas que les faciliten. Las personas usuarias tienen derecho al acceso a la información contenida en estos ficheros, a rectificarla y a cancelarla cuando lo desee, de acuerdo con los artículos 12 y siguientes de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. En el caso de los menores se estará a lo establecido en el artículo 7 de esa Ley.

ANEXO II

Precios y tarifas de los servicios

en las instalaciones juveniles del IVAJ

1. Servicios básicos en los albergues juveniles

1.1. En los albergues juveniles, los precios y tarifas de los servicios básicos (alojamiento y alimentación) se establecerán en función de los siguientes criterios:

a) Según período anual de ocupación.

• Temporada alta: desde el 16 de mayo hasta el 15 de septiembre. Períodos establecidos como puentes, que se concretarán en la web del IVAJ, así como los períodos vacacionales de semana santa y pascua, y navidad.

• Temporada baja: el resto del año.

En temporada baja, el servicio de alimentación queda sujeto a la disponibilidad.

b) Según edades de los usuarios:

• Tarifa A: desde los 6 hasta los 24 años

• Tarifa B: a partir de los 25 años

• Tarifa C: de los 3 a los 5 años

Las personas menores de tres años abonarán únicamente el importe correspondiente a los servicios de alojamiento y alimentación que utilicen, siendo considerados como tarifa C.

c) Según el albergue:

Se establecen unas tarifas y precios para los albergues de Argentina, en Benicàssim, La Marina, en Moraira-Teulada y Serra Mariola, en Muro de Alcoy, y otros precios para el resto de los albergues del IVAJ.

d) Según el tipo de reserva, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del anexo I de la presente resolución: reservas individuales, para grupos o para grupos para la realización de programas de ocio educativo.

En cualquiera de las modalidades, el precio de la reserva incluye el alquiler de un juego de sábanas por cama.

1.2. Precios y tarifas generales para para todos los albergues juveniles, excepto los albergues juveniles de Argentina, en Benicàssim, de La Marina, en Moraira-Teulada, y el de Serra Mariola, en Muro de Alcoy.

a) Reservas individuales

Servicios en temporada baja Precios y tarifas por persona y día

Tarifa A Tarifa B Tarifa C

Alojamiento y desayuno 10,77 € 15,08 € 6,46 €

Media pensión 16,16 € 20,46 € 8,62 €

Pensión completa 19,39 € 23,69 € 10,77 €

Comida o cena 6,46 € 7,00 € 3,23 €

Servicios en temporada alta Precios y tarifas por persona y día

  Tarifa A Tarifa B Tarifa C

Alojamiento y desayuno 12,39 € 16,69 € 7,54 €

Media pensión 17,77 € 22,08 € 9,69 €

Pensión completa 21,54 € 25,31 € 11,85 €

Comida o cena 6,46 € 7,00 € 3,23 €

b) Reservas para grupos.

Servicio Precios por persona y día en temporada baja Precios por persona y día en temporada alta

Media pensión 14,54 € 16,69 €

Pensión completa 18,31 € 20,46 €

Comida o cena 6,46 € 6,46 €

Utilización diurna 10,00 € 14,00 €

1.3. Precios y tarifas para los albergues juveniles Argentina, en Benicàssim, La Marina, en Moraira-Teulada, y Serra Mariola, en Muro de Alcoy.

a) Reservas individuales

Servicios en temporada baja Precios y tarifas por persona y día

  Tarifa A Tarifa B Tarifa C

Alojamiento y desayuno 11,85 € 16,69 € 6,46 €

Media pensión 17,77 € 22,08 € 8,62 €

Pensión completa 21,54 € 26,39 € 10,77 €

Comida o cena 6,46 € 7,00 € 3,23 €

Servicios en temporada alta Precios y tarifas por persona y día

  Tarifa A Tarifa B Tarifa C

Alojamiento y desayuno 14,00 € 18,31 € 7,54 €

Media pensión 19,92 € 23,69 € 9,69 €

Pensión completa 23,69 € 28,00 € 11,85 €

Comida o cena 6,46 € 7,00 € 3,23 €

b) Reservas para grupos:

Servicio Precios por persona y día en temporada baja Precios por persona y día en temporada alta

Media pensión 16,69 € 18,31 €

Pensión completa 19,92 € 21,54 €

Comida o cena 6,46 € 6,46 €

Utilización diurna 12,00 € 16,00 €

1.4. Reservas para grupos para la realización de programas de ocio educativo

Servicio Precio por persona y día

Pensión completa 18,31 €

2. Servicios básicos en campamentos juveniles

2.1. En los campamentos se abonará un precio fijo por estancia y por grupo, independientemente del tipo de alojamiento solicitado.

a) Reservas de alojamiento para grupos:

Servicio Programa para centros educativos y asociaciones juveniles Otros grupos

Precio fijo por estancia 70,01 € 80,78 €

En tienda propia, por persona y día 2,15 € 3,23 €

En cabañas (precio por cabaña y día. Máximo 8 personas) 25,85 € 34,46 €

En albergue-refugio, precio por persona y día 5,39 € 6,46 €

b) Reservas de alojamiento y servicio de alimentación para grupos para la realización de programas de ocio educativo

Servicio Precio por persona y día

Pensión completa 12,92 €

3. Descuentos bonificaciones y exenciones

3.1. El IVAJ ofrece los siguientes descuentos:

a) Persona beneficiaria del Carnet Jove: descuento del 10 % del total de la estancia

b) Por ser titular de un carnet de familia numerosa de categoría general, un 20 % en los servicios básicos

c) Por ser titular de un carnet de familia numerosa de categoría especial, un 50 % en los servicios básicos

d) Por ser titular de un carnet de familia monoparental de categoría general, un 20 % en los servicios básicos

e) Por ser titular de un carnet de familia monoparental de categoría especial, un 50 % en los servicios básicos

f) Por ser miembro de una familia de acogida, un 20 %

g) Bonificación de plazas: por cada 25 plazas, 1 gratuidad

h) Las reservas realizadas por el Consell Valencià de la Joventut o por un consejo local o territorial de juventud de la Comunitat Valenciana para la organización de sus propias actividades tendrán una bonificación del 80 % del precio sobre los servicios básicos.

i) Las entidades locales beneficiarias de la línea de subvención Xarxa Jove del IVAJ estarán exentas del pago del precio de los servicios básicos en las actividades de especial relevancia para la juventud local organizadas en los albergues y campamentos del IVAJ, previa resolución dictada al efecto por la persona titular de la dirección general del IVAJ. La entidad local interesada deberá solicitar la exención al IVAJ, justificando la especial relevancia de la actividad para la juventud, con una antelación mínima de dos meses al inicio de la actividad.

j) Las entidades sin ánimo de lucro y entidades locales podrán suscribir un convenio con el IVAJ para obtener descuentos, bonificaciones o exenciones en sus reservas en los albergues y campamentos juveniles del IVAJ, para la organización de actividades de relevancia social.

3.2. El IVAJ podrá ofrecer diferentes promociones de estancias, con y sin actividades, mediante resolución, que se publicarán en la web del IVAJ.

3.3. Para disfrutar de los descuentos y promociones es requisito, además de disponer del carnet de alberguista, acreditar el título correspondiente, bien mediante los medios de prueba previstos en la normativa autonómica, bien autorizando al IVAJ la consulta de los datos.

3.4. Los descuentos no son acumulables entre sí y tampoco compatibles con las promociones, a no ser que ser que se especifique en la misma promoción y siempre en los servicios básicos únicamente.

4. Servicios complementarios

4.1. En la contratación de los servicios complementarios será necesario abonar el importe total por adelantado.

4.2. El uso de las zonas comunes, como la sala de estar y TV, pistas polideportivas, salas y piscina, se regirá –en cuanto al horario de utilización y tipología– por lo que establezca cada instalación.

4.3. El acceso a las salas y piscina será gratuito cuando se disponga de una reserva con alojamiento, de acuerdo con la disponibilidad de la instalación.

4.4. Los servicios complementarios se ofrecerán en cada instalación en función de su disponibilidad, de acuerdo con los precios que se indican en la siguiente tabla.

Servicios complementarios Precios

Desayuno adicional 2,50 €

Merienda 2,50 €

Alquiler de sábanas 2,50 €

Alquiler de toallas 2,00 €

Uso de la lavadora 2,00 €

Uso de la secadora 2,00 €

Alquiler de salas (entre 20-50 personas), por día 20,00 €

Alquiler de salas (entre 51-100 personas), por día 40,00 €

Alquiler de salas (más de 100 personas), por día 100,00 €

Uso de la pista deportiva, para grupos (*), 3 horas diarias 15,00 €

Uso de la pista deportiva, bono semanal, para grupos (*), 3 horas durante siete días 90,00 €

Uso de la pista deportiva, bono mensual, para grupos (*), 3 horas durante un mes 250,00 €

Uso de la pista deportiva, hora adicional para los bonos semanales y mensuales 3,00 €

Uso de la piscina para no alberguistas, precio por día y persona 2,50 €

Uso de la piscina para no alberguistas, precio por día y persona, para grupos(*) 1,50 €

(*) Se considera grupo, a estos efectos, a partir de 16 personas.

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