Conselleria de educación, cultura y deporte - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9635)

RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2023, del director general de Deporte, por la que se conceden las subvenciones para fomentar las competiciones femeninas, las actuaciones que fomenten y favorezcan la organización de competiciones en el ámbito del deporte adaptado y discapacitados intelectuales, para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, dentro del Componente 26 en el territorio de la Comunitat Valenciana financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. [2023/7655]

Mediante Resolución de 20 de febrero de 2023 (DOGV 9541, 24.02.2023), de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras y se convocaron ayudas, dirigidas a federaciones deportivas, clubes deportivos, municipios, organismos autónomos dependientes de estos y entes del sector público instrumental de la Generalitat, y en general, cualquier entidad o asociación sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, para fomentar la organización de competiciones deportivas femeninas y apoyar la organización de competiciones en el ámbito del deporte adaptado y de discapacitados intelectuales.

La comisión técnica de evaluación constituida de conformidad con lo establecido en la base undécima de la mencionada resolución, se reunió el día 19 de abril de 2023 y elevó propuesta de resolución al director general, conforme a la base decimosegunda, baremo aplicable y determinación de la cuantía de la subvención.

Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes y en virtud de lo que se dispone en los artículos 59 y 164 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, y resuelvo quinto de la Resolución de 20 de febrero de 2023, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, y de acuerdo con la propuesta de la comisión técnica de evaluación y de conformidad con esta, resuelvo:

Primero

Conceder a las entidades beneficiarias que a continuación se detallan las siguientes subvenciones, por un importe global de cuatro cientos cincuenta mil euros (450.000 euros), que se financiará con los créditos procedentes de PRTR, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.99.99.451.99 del capítulo IV, línea S9153. Este importe se distribuye de la siguiente manera: actuaciones que fomenten y favorezcan la organización de competiciones en el ámbito del deporte adaptado y de discapacitados intelectuales 126.718 euros y las actuaciones que fomenten las competiciones femeninas 323.282 euros.

A los importes previstos en la base sexta para cada tipología de actuación, se ha procedido a acumular a la tipología de actuaciones que favorezcan la organización de competiciones femeninas la cantidad de 73.282 euros por no haber sido dispuesta en la tipología de actuaciones que fomenten y favorezcan la organización de competiciones en el ámbito del deporte adaptado y de discapacitados intelectuales.

1. Actuaciones que fomenten y favorezcan la organización de competiciones en el ámbito del deporte adaptado y de discapacitados intelectuales.

Expediente Entidad Cuantía subvencionada

FEADIS-CV-2023-03 FUNDACIÓN LUCENTUM BALONCESTO ALICANTE 3.000 €

FEADIS-CV-2023-06 CLUB FÚTBOL INDEPENDIENTE ALICANTE 3.000 €

FEADIS-CV-2023-09 FEDERACIÓN DE BALONMANO C.V. 13.200 €

FEADIS-CV-2023-12 ASOCIACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD COCEMFE MAESTRAT 3.020 €

FEADIS-CV-2023-13 ASOCIACIÓN CONDENADOS AL BORDILLO DE LA C.V. 2.750 €

FEADIS-CV-2023-16 FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALENCIA SAN VICENTE MÁRTIR 2.794 €

FEADIS-CV-2023-19 CLUB DE BALONCESTO PETRAHER 8.350 €

FEADIS-CV-2023-23 FEDERACIÓ DE PILOTA VALENCIANA 3.500 €

FEADIS-CV-2023-25 CLUB ECA DE ALICANTE 12.808 €

FEADIS-CV-2023-27 RUGBI L'ALCÚDIA CLUB ESPORTIU 3.200 €

FEADIS-CV-2023-32 CLUB BALONMANO MISLATA GREGORIO MAYANS 3.000 €

FEADIS-CV-2023-38 CLUB DE CÓRRER EL GARBÍ 2.500 €

FEADIS-CV-2023-40 CLUB DE TENIS ALMUSSAFES 10.000 €

FEADIS-CV-2023-47 CLUB BALONCESTO SILLA DE RUEDAS ELCHE 6.000 €

FEADIS-CV-2023-48 CLUB D'ESPORTS ADAPTATS ADAPONDA 9.300 €

FEADIS-CV-2023-49 ASOCIACIÓN-ESCUELA EL CAU 3.278 €

FEADIS-CV-2023-56 FEDERACIÓN DE HOCKEY DE LA COMUNITAT VALENCIANA 9.200 €

FEADIS-CV-2023-81 CLUB DE DEPORTES ADAPTADOS VEDASPORT 18.000 €

FEADIS-CV-2023-91 CLUB AJEDREZ DE SILLA 2.800 €

FEADIS-CV-2023-93 CLUB DEPORTIVO AQUATIC CAMPANAR 4.050 €

FEADIS-CV-2023-94 ASS CLUB ATLETISME POPULAR VALL D'ALBAIDA 2.968 €

2. Actuaciones que favorezcan la organización de competiciones deportivas femeninas.

Expediente Entidad Cuantía subvencionada

FEADIS-CV-2023-03 FUNDACIÓN LUCENTUM BALONCESTO ALICANTE 10.000 €

FEADIS-CV-2023-06 CLUB FÚTBOL INDEPENDIENTE ALICANTE 6.000 €

FEADIS-CV-2023-09 FEDERACIÓN DE BALONMANO C.V. 15.360 €

FEADIS-CV-2023-10 CLUB ESPORTIU TRIASPORT 7.025 €

FEADIS-CV-2023-11 AYUNTAMIENTO DE ALBATERA 2.846 €

FEADIS-CV-2023-15 CLUB GIMNÀSTICA RÍTMICA ACEUS 2.700 €

FEADIS-CV-2023-16 FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALENCIA SAN VICENTE MÁRTIR 2.556 €

FEADIS-CV-2023-18 FEDERACIÓN DE AJEDREZ DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2.600 €

FEADIS-CV-2023-20 FEDERACIÓN DE GOLF DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2.640 €

FEADIS-CV-2023-21 CLUB DEPORTIVO DE PESCA GANDIA 2.000 €

FEADIS-CV-2023-23 FEDERACIÓ DE PILOTA VALENCIANA 10.000 €

FEADIS-CV-2023-24 FEDERACIÓN DE GIMNASIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA 6.000 €

FEADIS-CV-2023-26 CLUB DE ESGRIMA TOUCHÉ CASTELLÓN 6.500 €

FEADIS-CV-2023-28 AJUNTAMENT DE XERACO 5.750 €

FEADIS-CV-2023-29 FEDERACIÓN DE FRONTENIS Y PELOTA COMUNITAT VALENCIANA 5.580 €

FEADIS-CV-2023-30 AJUNTAMENT D'ALAQUÀS 3.802 €

FEADIS-CV-2023-31 CLUB DEPORTIVO POLANENS 2.550 €

FEADIS-CV-2023-35 AJUNTAMENT D'ONTINYENT 2.000 €

FEADIS-CV-2023-36 CLUB AJEDREZ CIUTAT VELLA 4.288 €

FEADIS-CV-2023-39 FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE LA C.V. 11.920 €

FEADIS-CV-2023-42 AJUNTAMENT D'ONDARA 4.750 €

FEADIS-CV-2023-43 BICI CLUB PICASSENT 5.455 €

FEADIS-CV-2023-45 FEDERACIÓN DE KICKBOXING, MUAYTHAI Y DD.AA. DE LA COMUNITAT VALENCIANA 15.090 €

FEADIS-CV-2023-46 FEDERACIÓN DE CAZA DE LA COMUNITAT VALENCIANA 2.015 €

FEADIS-CV-2023-50 PEÑA CICLISTA LA FORCA 5.460 €

FEADIS-CV-2023-52 MANDARINA CYCLING CLUB 5.825 €

FEADIS-CV-2023-54 FEDERACIÓN DE BALONCESTO DE LA COMUNITAT VALENCIANA 22.420 €

FEADIS-CV-2023-56 FEDERACIÓ DE HOCKEY DE LA COMUNITAT VALENCIANA 9.450 €

FEADIS-CV-2023-58 CLUB GIMNASIA VILA-REAL 2.000 €

FEADIS-CV-2023-60 CLUB CICLISTA LA MARINA 2.500 €

FEADIS-CV-2023-61 CLUB ATLETISME SAFOR 12.000 €

FEADIS-CV-2023-62 AJUNTAMENT DE LLOCNOU D'EN FENOLLET 4.500 €

FEADIS-CV-2023-65 AJUNTAMENT DE MOIXENT 8.536 €

FEADIS-CV-2023-66 AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA 2.955 €

FEADIS-CV-2023-68 FEDERACIÓN VALENCIANA DE CICLISMO 39.782 €

FEADIS-CV-2023-71 CLUB HANDBOL MISLATA SAGRADO CORAZÓN 10.000 €

FEADIS-CV-2023-72 AJUNTAMENT DE QUATRETONDA 2.000 €

FEADIS-CV-2023-73 CLUB DE CARRERAS POR MONTAÑA BOSQUES CAMINOS Y SENDEROS TRAIL D'UIXÓ 10.000 €

FEADIS-CV-2023-77 ASOCIACIÓN RUGBY TURIA 20.000 €

FEADIS-CV-2023-78 CLUB SOFBOL FÈNIX VALÈNCIA 5.100 €

FEADIS-CV-2023-79 CLUB DEPORTIVO ALGIPADEL 7.000 €

FEADIS-CV-2023-85 NOSOTRAS DEPORTISTAS-ASOCIACIÓN DE MUJERES EN EL DEPORTE 12.327 €

FEADIS-CV-2023-86 CLUB PÁDEL MORÓ 2.000 €

Segundo

1. Solicitudes excluidas.

Excluir de la convocatoria, y por tanto sus proyectos del proceso de valoración, las solicitudes de las entidades que a continuación se relacionan, por los siguientes motivos:

a) Solicitudes no subsanadas tras el correspondiente requerimiento, respecto a las cuales se declara su desistimiento y archivo.

Expediente Entidad

FEADIS-CV-2023-14 CLUB FRONTENIS CASTELLÓN

FEADIS-CV-2023-74 CLUB DE FÚTBOL LA NUCIA

FEADIS-CV-2023-76 CLUB FÚTBOL FEMENINO EL MOLLET

FEADIS-CV-2023-87 CLUB PRODESPORT GANDIA

b) Solicitudes presentadas fuera de plazo o presentación de la solicitud de manera diferente a la electrónica que se determina en la base 9.2 de la resolución.

Expediente Entidad

FEADIS-CV-2023-95 CLUB DEPORTIVO DENIA

2. Solicitudes denegadas.

Denegar las solicitudes que se relatan a continuación por los motivos que se indican:

Expediente Entidad Motivo de denegación

FEADIS-CV-2023-01 CLUB BALONCESTO FEMENINO SAN BLAS DE ALICANTE No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-02 CLUB CASTELLÓN FÚTBOL SALA No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-04 CLUB PATINAJE QUART DE POBLET No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-05 CLUB BILLAR POOLVALENCIA No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-07 CLUB DEPORTIVO DE SORDOS VILA-REAL No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-08 CLUB FRONTENIS SERRA No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-17 REAL CLUB NÁUTICO CALPE No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-22 CLUB TRIATLÓ TRINOULAS No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-33 FEDERACIÓN DE RUGBY CV No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-34 ELCHE CLUB RUGBY UNIÓN No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1) ni cumple con los plazos previstos en la resolución.

(Base 1.2)

FEADIS-CV-2023-37 FEDERACIÓN DE TRIATLÓN DE LA C. VALENCIANA FEM: no cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

ADAP/DISC: no cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-39 FEDERACIÓN DE DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL DE LA C.V. ADAP/DISC: no cumple con los plazos previstos en la resolución. (Base 1.2)

FEADIS-CV-2023-41 AYUNTAMIENTO DE CHIVA No cumple con la cuantía mínima de presupuesto. (Base 4.5)

FEADIS-CV-2023-44 XALOC, ASOCIACIÓN PARA EL ESTUDIO Y CONSERVACIÓN DEL ENTORNO No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-51 CLUB DE ESGRIMA TOUCHÉ CASTELLÓN ADAP/DISC: no cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1) y presenta dos solicitudes incumpliendo la base 4.4.

FEADIS-CV-2023-53 CLUB ESPORTIU LA FILA No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-55 NOU BÀQUET FEMENÍ CASTELLÓ No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-57 FEDERACIÓN DE SALVAMENTO Y SOCORRISMO DE LA COMUNITAT VALENCIANA No cumple con los plazos previstos en la resolución.

(Base 1.2)

FEADIS-CV-2023-59 CLUB AMICS HANDBOL D'ONDA No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-63 VOLEI GRAU CASTELLÓ No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-64 AJUNTAMENT D'ALMOINES No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-67 CLUB GIMNÀSTICA RÍTMICA QUART DE POBLET No cumple con el objeto de la subvención (base 1.1) ni con los plazos previstos en la resolución. (Base 1.2)

FEADIS-CV-2023-69 CFSF JOVENTUT D'ELX No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-70 CLUB PADELANDO No cumple con los plazos previstos en la resolución. (Base 1.2)

FEADIS-CV-2023-75 CB L'HORTA GODELLA No cumple con el ámbito territorial.

(Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-80 CAU RUGBY VALENCIA No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-82 CLUB TRIATLÓN TRITORTUGAS QUART No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-83 TATAMI RUGBY CLUB No cumple con el objeto de la subvención (base 1.1) ni con la base 4.4

FEADIS-CV-2023-84 CC DSTREL CYCLING TEAM No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

FEADIS-CV-2023-88 CLUB BALONMANO JAIME I DE VALENCIA No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-89 DÉNIA BÀSQUET CLUB No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-90 CLUB DE RUGBY SAN ROQUE No cumple con el objeto de la subvención. (Base 1.1)

FEADIS-CV-2023-92 COSTA BLANCA CLUB DE RUGBY No cumple con el ámbito territorial. (Base 2.2)

Tercero

Las entidades beneficiarias tendrán que cumplir las obligaciones a que se refiere la base séptima de la Resolución de 20 de febrero de 2023, por la cual se aprueban las bases reguladoras.

Deben conservar y custodiar pruebas acreditativas de la efectiva realización de las actividades objeto de esta subvención, como por ejemplo videos, fotografías u otros medios de prueba en formato electrónico, así como listas de participantes y publicidad en su web o en medios de comunicación, que tendrán que poner a disposición de la Dirección General de Deporte en caso de ser requeridas.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones de información, comunicación y publicidad que las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de recuperación y resiliencia; todo ello, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Al efecto, tienen que adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en webs o aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), incluyendo los logos siguientes:

a) El emblema de la Unión Europea.

b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU».

c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo I del Reglamento de ejecución 821/2014 de la Comisión, de 28 de julio de 2014, por el cual se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en cuanto a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos. También se puede consultar la siguiente página web: https://ceice.gva.es/va/accions/esport

d) Así mismo, se incluirá el logotipo oficial del Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Reino de España, y una referencia a la gestión por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana.

Cuarto

La actividad que fundamenta la concesión de la subvención deberá realizarse por la entidad beneficiaria, de conformidad, con las bases reguladoras y con la convocatoria, entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2023.

Quinto

El plazo de presentación de la justificación de las subvenciones concedidas concluirá el 15 de octubre de 2023.

La justificación se presentará por medios electrónicos, de conformidad con las indicaciones de la base decimonovena de la convocatoria, a través de la dirección de internet http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=23256

Sexto

1. Las entidades públicas tendrán que cumplir con las obligaciones de transparencia que, en virtud de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, le corresponden como entidad pública.

2. Las entidades privadas beneficiarias de la subvención tendrán que cumplir las obligaciones de publicidad activa recogidas en el capítulo II del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, cuando:

a) Perciban durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros.

b) Perciban durante el periodo de un año natural ayudas o subvenciones de las entidades públicas de la Comunitat Valenciana recogidas en el artículo 3 de la Ley 1/2022 en una cuantía superior a 50.000 euros.

c) Las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales, siempre que consigan como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

En particular, tendrán que publicar en los términos previstos en los principios generales del artículo 5 de la Ley 19/2013 la información institucional y organizativa del artículo 6 y la económica y presupuestaria del artículo 8 de esta. Esta publicación se realizará a través de la página web de la entidad, o bien a través de la plataforma TEP – Transparencia Entidades Privadas, de GVA Oberta, a la cual se puede acceder en https://gvaoberta.gva.es/es/tep

Esta información se tendrá que publicar a partir del año siguiente a aquel en el cual se hayan superado los umbrales establecidos, y tendrá que mantenerse publicada durante al menos cuatro años naturales.

3. Sin perjuicio de las obligaciones previstas en los apartados anteriores, todas las entidades beneficiarias de subvenciones tendrán que dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier clase que sean objeto de subvención, incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana en medios de difusión como por ejemplo carteles, materiales imprimidos, medios electrónicos o audiovisuales y en cualquier otro medio de publicidad que se realice de la actividad subvencionada.

4. Todas las entidades beneficiarias de subvenciones están obligadas a suministrar a la entidad concedente, previo requerimiento, toda la información que sea necesaria para el cumplimiento por esta de las obligaciones previstas en la ley de transparencia, en el plazo de 15 días hábiles desde el requerimiento. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, el órgano que ha realizado el requerimiento podrá acordar, previa advertencia y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas los términos previstos en el artículo 5 de la Ley 1/2022.

5. Los nuevos conjuntos de datos que se generan por la formalización y el desarrollo de las subvenciones otorgadas por la administración de la Generalitat se tienen que disponer, siempre que sea posible, como conjunto de datos abiertos.

Séptimo

Autorizar y disponer los fondos a favor de todas y cada una de las entidades y por las cantidades que se indican en el punto primero, y que se tramite la documentación contable correspondiente, que se financiará con los créditos procedentes de PRTR, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.99.99.451.99 del capítulo IV, línea S9153 de los Presupuestos de la Generalitat para el año 2023.

Octavo

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la presente resolución, de conformidad con la base decimocuarta de la resolución de convocatoria de estas subvenciones.

De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de reposición, o bien se podrá plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación sin perjuicio de que se pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estimen procedente:

a) El recurso de reposición tendrá que interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 3 de julio de 2023.– La consellera de Educación, Cultura y Deporte, p. d. (R 20.02.2023, DOGV 9541), el director general de Deporte: Josep Miquel Moya Torres.

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