Institut cartogràfic valencià - Actos administrativos (DOGV nº 2023-9608)
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2023, del director del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se aprueba la mejora en la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Alcàsser y Silla. [2023/5677]
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de mejora geométrica, se exponen los siguientes
Hechos
Con fecha 30 de abril de 2020, el Ayuntamiento de Silla solicita al Institut Cartogràfic Valencià, (en adelante ICV), la mejora geométrica de las líneas que delimitan el término municipal (2020/E117).
Con fecha 29 de junio de 2022, el ICV comunica al Ayuntamiento de Alcàsser (2022/S25937687) y con fecha 30 de junio de 2022 al Ayuntamiento de Silla (2022/S27401062), el inicio de los trabajos para la mejora geométrica de la línea, informa a los ayuntamientos sobre la naturaleza de los mismos, solicita su colaboración e informa sobre las empresas adjudicatarias que realizarán los trabajos dirigidos por el ICV.
Con fecha 31 de enero de 2023, concluyen los trabajos, por parte del ICV, de ejecución y control de calidad de la mejora geométrica de la línea entre los municipios de Alcàsser y Silla situados en la provincia de València
Fundamentos de derecho
Primero. Es función del ICV, de acuerdo con la letra i) del artículo 4.2 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià, la elaboración y el mantenimiento del mapa municipal, que consiste, de acuerdo con el artículo 41.1 de la misma ley, en la recuperación de las líneas límite de todos los municipios de la Comunitat Valenciana. En ese sentido el artículo 4.2.i también establece que es función del ICV el impulso de los trabajos de mejora geométrica de las líneas que delimitan los términos municipales de la Comunitat Valenciana.
Segundo. Dado el carácter exclusivamente técnico de la mejora geométrica de las líneas de término, el artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que el ICV planificará anualmente los trabajos y los ejecutará, previa comunicación a los ayuntamientos beneficiados y, una vez concluidos los trabajos de mejora geométrica se informará de las geometrías actualizadas a los ayuntamientos afectados.
Tercero. Así el segundo párrafo del artículo 43.3 de la Ley 2/2020, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de la información geográfica y del Institut Cartogràfic Valencià establece que las geometrías mejoradas reflejarán fielmente la descripción de las líneas de término contenidas en las actas de delimitación originales aprobadas en su momento por los plenos de los ayuntamientos implicados y la mejora geométrica en ningún caso supondrá una alteración de la línea de término.
Vistos los fundamentos de derecho señalados, resuelvo
Primero.
Aprobar la mejora de la precisión geométrica de la línea límite entre los municipios de Alcàsser y Silla, situados en la provincia de València, manteniendo íntegramente lo acordado en el acta de delimitación municipal levantada por el Instituto Geográfico y Estadístico/Instituto Geográfico Nacional de 1903 entre los citados términos municipales.
Los mojones que delimitan los términos municipales resultantes de la mejora geométrica ejecutada se incluyen en el siguiente listado. El nombre establecido para cada punto es correlativo (M1, M2,..) en la dirección de avance de la línea, y en el caso de mojones de inicio y final de la línea, se indica el número de términos municipales adyacentes (M3T). Las coordenadas de los puntos se proporcionan en el sistema geodésico de referencia ETRS89, proyección cartográfica UTM, huso 30. La forma de unión entre dos mojones consecutivos se especifica en el campo de observaciones.
Coordenadas ETRS89 UTM Huso 30 (metros)
NOMBRE X Y Observaciones
M1-M3T 721331,008 4360394,003 Es común a Alcàsser, Silla y Picassent
M2 721517,804 4360693,083 Recta
M3-M3T 721774,968 4361700,845 Normal a margen izquierdo de antigua senda, margen izquierdo de antigua senda y margen izquierdo de antiguas regadoras y acequias.
Es común a Alcàsser, Silla y Beniparrell
En los casos en los que la geometría que define la línea límite entre mojones consecutivos no sea la línea recta, sino que se corresponde con un elemento geográfico: río, barranco, rambla, divisoria, camino, linde, etc., se proporcionan las coordenadas de los puntos de inflexión de la línea límite que separan los mojones definidos en el listado anterior. Los puntos de inflexión se denominan de manera correlativa con el prefijo del mojón precedente (M1-1, M1-2,...).
NOMBRE X ETRS89 UTM HUSO 30 (m) Y ETRS89
UTM HUSO 30 (m)
TRAMO ENTRE MOJÓN 2 Y MOJÓN 3
M2-1 721518,035 4360693,013
M2-2 721518,666 4360692,812
M2-3 721523,204 4360710,809
M2-4 721527,380 4360728,231
M2-5 721532,059 4360746,157
M2-6 721540,122 4360774,810
M2-7 721543,197 4360781,986
M2-8 721553,525 4360823,691
M2-9 721558,227 4360845,664
M2-10 721566,471 4360886,961
M2-11 721576,157 4360922,877
M2-12 721581,870 4360939,313
M2-13 721593,120 4360983,523
M2-14 721594,834 4360994,905
M2-15 721601,075 4361026,393
M2-16 721608,370 4361063,066
M2-17 721614,610 4361099,849
M2-18 721620,938 4361135,665
M2-19 721626,388 4361162,560
M2-20 721630,034 4361186,432
M2-21 721631,145 4361191,432
M2-22 721634,693 4361212,395
M2-23 721635,753 4361214,404
M2-24 721638,121 4361226,691
M2-25 721640,289 4361241,578
M2-26 721641,593 4361248,385
M2-27 721643,411 4361262,051
M2-28 721646,675 4361282,155
M2-29 721654,885 4361326,636
M2-30 721659,943 4361335,745
M2-31 721661,671 4361339,136
M2-32 721666,086 4361352,127
M2-33 721668,902 4361360,382
M2-34 721671,270 4361367,614
M2-35 721673,062 4361374,205
M2-36 721674,725 4361376,701
M2-37 721679,141 4361384,700
M2-38 721682,789 4361391,483
M2-39 721685,732 4361400,699
M2-40 721690,696 4361421,813
M2-41 721697,987 4361447,414
M2-42 721699,331 4361452,214
M2-43 721702,595 4361456,949
M2-44 721704,387 4361461,493
M2-45 721708,674 4361476,147
M2-46 721712,386 4361488,754
M2-47 721713,986 4361494,386
M2-48 721716,865 4361502,129
M2-49 721720,065 4361512,624
M2-50 721722,753 4361522,095
M2-51 721724,865 4361531,182
M2-52 721729,408 4361548,204
M2-53 721734,208 4361564,587
M2-54 721738,239 4361578,346
M2-55 721743,423 4361595,432
M2-56 721747,327 4361607,847
M2-57 721748,254 4361609,447
M2-58 721758,263 4361642,692
M2-59 721766,973 4361671,841
M2-60 721768,189 4361677,600
M2-61 721771,772 4361689,119
Segundo
Acordar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y su notificación a los municipios interesados, a la Diputación Provincial de València, a la Dirección General de Administración Local, al Instituto Geográfico Nacional y al Registro de Entidades Locales del Ministerio de Política Territorial.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación o desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo, se podrá interponer recurso ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
València, 22 de mayo de 2023. El director del Institut Cartogràfic Valencià: Xavier Navarro i Garcia.