1.428.750 euros dirigidas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres en el sector agrario, para las organizaciones productoras agrarias y para becar a las personas que cursen estudios en las escuelas náutico-pesqueras (Consejo de Gobierno 9-4-2024)

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El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente tiene entre sus objetivos el mantenimiento de una política de promoción de la capacitación de las personas trabajadoras de los diferentes sectores relacionados con la pesca, asi como favorecer el relevo generacional del sector pesquero de Euskadi.

Por ello, para atender las necesidades y peculiaridades socioeconómicas del sector pesquero el Gobierno Vasco ha convocado, mediante Orden de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantxa Tapia, las becas para cursar durante el año académico 2023-2024 estudios de enseñanzas náutico-pesqueras en el CIFP Blas de Lezo LHII de Pasaia, en la CIFP Náutico Pesquera de Bermeo, y en la Escuela de Formación Profesional Náutico Pesquera Nª Sª de la Antigua de Ondarroa.

Para la financiación de las becas convocadas para el curso 2023-2024, se destinará un importede 140.506 €, y  la cuantía total máxima indicada podría ser ampliada en un 40 % si fuera necesario. Todas las personas candidatas que cumplan los requisitos de la presente orden tendrán derecho a beca, quedando la cuantía de las becas establecida en un máximo 2.404 €, y será directamente proporcional al número de puntos asignados a cada persona becaria.

Solicitudes, documentación y plazo de presentación

Los solicitantes, al tratarse de personas físicas, teniendo en cuenta los requisitos a cumplir podrán presentar sus solicitudes tanto de forma presencial como electrónica:

- Canal presencial: las solicitudes se presentarán en los siguientes centros de estudios, adjuntando la documentación correspondiente:

- Canal electrónico: las solicitudes se presentarán accediendo a la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de las dirección https://www.euskadi.eus/servicios/1030109.

 O bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

 Los trámites posteriores a la solicitud se realizan a través de: https://www.euskadi.eus/micarpeta. Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos. La presentación de solicitudes en el Servicio Zuzenean será exclusivamente con cita previa, accediendo a la dirección https://www.euskadi.eus/cita-previa-zuzenean.

Ayudas Estatuto de la Mujer Agricultora (EMA)

En el mismo Consejo también se ha aprobado la orden por la cual se convocan para el año 2024 las ayudas con una dotación de 60.000 euros para impulsar la igualdad entre mujeres y hombres en el marco del Estatuto de las Mujeres Agriculturas  "Ayudas EMA".

La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas destinadas a impulsar la igualdad entre mujeres y hombres en el sector agrario y contribuir al cumplimiento de parte de los objetivos establecidos en la Ley 8/2015, de 15 de octubre, del Estatuto de las Mujeres Agricultoras, en lo referente al reconocimiento de los derechos de las mujeres del sector agrario. Serán subvencionables las actuaciones que favorezcan el reconocimiento de las mujeres del sector agrario, la importancia de su labor, que fomenten su asociacionismo y promuevan la igualdad de mujeres y hombres en el sector.

El porcentaje de subvención a conceder se calculará sobre el presupuesto aprobado de la actividad a subvencionar. El importe máximo a subvencionar será el 80% de los gastos admitidos del  proyecto o actividad para la que se solicita la ayuda, ni superar un importe máximo de 10.000 €.

El plazo para la realización de las actuaciones finalizará el 31 de diciembre de 2024, pudiendo haberse iniciado en cualquier momento del presente ejercicio 2024.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado a este efecto. En todo caso, con independencia de la existencia de presupuesto disponible, el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el 15 de noviembre de 2024.

Las solicitudes se presentarán a través del canal electrónico accediendo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi mediante instancia según el modelo normalizado disponible en la siguiente dirección:

https://www.euskadi.eus/servicios/1201605

Ayudas APA 

A su vez también se han aprobado para año el presente año las ayudas incluidas en el PEPAC (2023-2027), para la creación de agrupaciones u organizaciones de personas productoras agrarias y forestales  y sus uniones o federaciones, que sean reconocidas durante en el periodo de vigencia de dicho Programa, así como ayudas a agrupaciones de personas productoras que ya estén reconocidas conforme al Decreto 10/2018, para la realización de nuevas actividades o procesos que mejoren la posición de personas agricultoras en la cadena de valor, Ayudas APA.

El volumen total  de las ayudas a conceder durante el ejercicio 2024 será de 1.228.070 euros. La ayuda está definida en dos líneas, la primera dotada con 200.000 euros se concederá para la creación de la agrupación de personas productoras. Una segunda línea que asciende a 1.028.070 euros, se concederá para nuevas actividades o procesos de agrupaciones de personas productoras ya existentes.

Para esta convocatoria se contemplarán los gastos derivados del desarrollo de nuevas actividades o nuevos procesos desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024.

Las solicitudes se presentarán accediendo a la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

Castellano: https://www.euskadi.eus/servicios/1028909

Euskera:  https://www.euskadi.eus/zerbitzuak/1028909

 

Más información en el portal Irekia (Se abrirá en nueva ventana)

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