El Departamento de Educación modifica el decreto de ordenación y planificación de la red de centros docentes de enseñanza no universitaria (Consejo de Gobierno 28-2-2023)

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta del consejero de Educación, la modificación del Decreto 21/2009, de 3 de febrero, por el que se establecen los criterios de ordenación y planificación de la red de centros docentes de enseñanza no universitaria en Euskadi.

Entre las modificaciones más significativas, cabe destacar que la nueva redacción del Decreto introduce un concepto de mapa escolar más flexible, un mapa escolar adaptable que variará en función de los cambios socio-demográficos que se vayan originando. El mapa escolar se entiende como el instrumento de ordenación y planificación que refleja la oferta del servicio público vasco de educación, las enseñanzas que comprende y los centros que las imparten.

En coherencia con el nuevo Decreto de Admisión aprobado en Consejo de Gobierno el pasado mes de noviembre, la nueva redacción introduce la necesidad de tener en cuenta la reserva de plazas para el alumnado vulnerable, a la hora de planificar las plazas escolares. En línea con este precepto, también se hace eco de la corresponsabilidad de todos los centros sostenidos con fondos públicos en la escolarización equilibrada del alumnado que se incorpora al sistema educativo fuera del proceso ordinario de admisión, con el fin que no aumente en el centro la proporción de alumnado vulnerable con respecto a los centros de su área de influencia.

Ratios

Las modificaciones más significativas que introduce la nueva redacción del Decreto se encuentran, no obstante, en los anexos en los que se establecen las ratios máximas y mínimas de alumnado por unidad.

Los centros públicos no presentan variación en la ratio mínima de alumnos y alumnas por unidad, pero sí en la ratio máxima para la configuración de grupos, en algunas etapas:

          Ed. Infantil, primer ciclo (2 años): 18 alumnos/as (queda igual)

          Ed Infantil, 2º ciclo: 23 alumnos/as (queda igual)*

          Ed. Primaria: baja de 25 a 23 alumnos/as

          ESO: 25 alumnos/as (queda igual)

          Bachillerato: baja de 30 a 27 alumnos/as

*En el caso del segundo ciclo de Educación Infantil, la ratio máxima que establece el Decreto ya se ha visto mejorada, con una ratio máxima de 20 alumnos o alumnas por unidad, tras el acuerdo alcanzado en mayo del pasado año con la mayoría de la representación sindical con representación en la mesa negociadora del personal funcionario docente.

En el caso de los centros concertados, se recogen modificaciones en las ratios mínimas en algunas etapas. En concreto, tanto en Educación Infantil como en Primaria, se pasa de una ratio mínima de 17 a 13, para conformar grupo.

En relación a las ratios máximas de los centros concertados, no hay variación. Quedan como hasta ahora:

          Ed. Infantil, primer ciclo (2 años): 18 alumnos/as

          Ed Infantil, 2º ciclo: 25 alumnos/as

          Ed. Primaria: 25 alumnos/as

          ESO: 30 alumnos/as

          Bachillerato: 35 alumnos/as

Las nuevas ratios máximas se aplicarán de manera progresiva durante los próximos cursos, de la siguiente manera: en segundo ciclo de Infantil, a partir del curso 2023-2024 en aulas de 3 y 4 años, y en el 2024-25 en aulas de 5 años; En Primaria, progresivamente a partir del curso 2023-2024 en 1º, 3º y 5º; En Bachillerato, progresivamente a partir del curso 2024-2025, en aulas de 1º de Bachillerato.

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