Proyecto de Decreto del servicio de información y atención a mujeres víctimas de violencia doméstica o por razón de sexo. Consulta pública previa
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta consulta previa tiene por objeto recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
- La necesidad y oportunidad de su aprobación
- El objetivo de la norma
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias