Proyecto de Orden del Consejero de Educación por el que se regulan los premios extraordinarios de bachillerato y se establecen las condiciones para su concesión. Consulta pública previa

  1. Necesidad y oportunidad de aprobar la norma

En el ámbito de los Premios Extraordinarios de Bachiller, el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, y el Decreto 76/2023, de 30 de mayo, por el que se establece el currículo de Bachillerato y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco, constituyen el fundamento normativo básico a partir del cual los centros educativos han elaborado sus proyectos educativos y curriculares.

La orden ECD/482/2018, de 4 de mayo, por la que se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que la Comunidad Autónoma del País Vasco podrá conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato, en las condiciones que establece la propia Orden. 

Con fecha 26 de marzo de 2011 entró en vigor el Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el cual se regulan los Premios Extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión en el País vasco. A partir de la entrada en vigor del Decreto, se estableció una reglamentación intemporal de lo que hasta ese momento se regulaba a través de convocatorias anuales.

Hasta el momento, las convocatorias se han planteado en el marco de la regulación que actualmente incorpora el Decreto 35/2011, de 15 de marzo, por el que se regulan los Premios extraordinarios de Bachillerato y se establecen los requisitos para su concesión, con las modificaciones operadas por los Decretos 166/2013, de 19 de febrero y 145/2022, de 29 de noviembre.

El citado Decreto se encuentra actualmente en proceso de derogación mediante un Decreto con el fin evitar la continuidad de Decretos modificativos del mismo y dar lugar a una Orden.

En relación con la necesidad y oportunidad de aprobación de la iniciativa, en primer lugar, hay que señalar la necesidad de adaptar la normativa a la actualidad para lograr una Orden en base a la cual se dicten anualmente las Ordenes correspondientes a las convocatorias anuales.

En cuanto la oportunidad de la iniciativa, mencionar que se ha tenido en consideración el Decreto 76/2023, de 30 de mayo, por el que se regula el currículo del Bachillerato, que debido a su reciente aprobación concede al presente proyecto motivos para la actualización de la normativa.

 

  1. Sus objetivos

La propuesta de norma tiene por objeto regular los premios extraordinarios de bachiller y establecer los requisitos para su concesión. La presente Orden remplazara los Decretos que han ido regulado la materia en cuestión y para ello contará con un carácter atemporal que servirá de base para regular los Premios Extraordinarios de Bachillerato que se celebren anualmente.

 

  1. Los problemas que se pretenden solucionar y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

Respecto los problemas que se pretenden solucionar, se pretende adaptar la regulación de los Premios Extraordinarios de Bachillerato a la actualidad, así como corregir aspectos de las normas anteriores que, por el transcurso del tiempo, ha tenido como resultado el desfase con la nueva estructura organizativa en materia de educación.

El proyecto de Orden logrará dar solución a los problemas expuestos, y a su vez favorecerá la actualización del contenido normativo.

En cuanto las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias para la tramitación del proyecto de Orden, debido al carácter de los cambios que previsiblemente incorporará, se ha optado por la solución de tramitar una norma con rango de Orden, y evitar así la continuidad de Decretos que se han ido emitiendo durante el tiempo en esta materia.

 

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