Anteproyecto de Ley de supresión del Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao. Consulta pública previa
1.- Problemas que se pretenden solucionar con la propuesta normativa.
Según la persona solicitante de la supresión del Colegio de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao, se sustenta en la desaparición legal de la figura del Agente de Aduanas a consecuencia de la aprobación y efectos de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio; Asimismo, y tras el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo , por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero, se ha derogado la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la profesión.
Todo ello, ha llevado consigo la falta de nuevas incorporaciones al Colegio y una evolución negativa de su número de personas colegiadas.
Según su actual régimen jurídico, la profesión del Agente de Aduanas (hoy "representantes aduaneros"), no requiere de ningún título oficial para su ejercicio.
2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La supresión del Colegio no supone dejación del control público sobre la actividad de la profesión, ya que el control se ejerce por la Administración General del Estado mediante la comprobación de los requisitos para la obtención de la condición de representante aduanero y la llevanza del Registro de Representantes Aduaneros dependiente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En todo caso, la defensa de la profesión de Agentes de Aduanas (hoy representantes Aduaneros) puede seguir ejerciéndose por los otros Colegios Profesionales existentes, así como por el Consejo General de Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas.
3.- Objetivos del proyecto normativo que se pretende elaborar.
A través de la elaboración del anteproyecto de ley se pretende dar cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 31 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales.
4.- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En atención a los preceptos legales y reglamentarios citados en el cuerpo de la resolución, y en consideración a la justificación de la solución regulatoria propuesta, es imprescindible elaborar este anteproyecto de ley para dar una respuesta eficaz al problema planteado, sin que existan, a juicio de este órgano directivo promotor, soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.