RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2024, del Director de Centros y Planificación, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se establecen las convalidaciones entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y para los estudiantes de las Enseñanzas Profesionales de Danza.

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2024, del Director de Centros y Planificación, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto por el que se establecen las convalidaciones entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y para los estudiantes de las Enseñanzas Profesionales de Danza.

La Dirección de Centros y Planificación considera necesaria la elaboración de un Decreto por el que se adapte la normativa sobre convalidaciones a la actualidad dados los cambios realizados, por una parte, por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, que modificó el Real Decreto 242/2009, y, por otra, por los Decretos 76/2023 y 77/2023, de 30 de mayo, de establecimiento de los currículos de Bachillerato y de Educación Básica e implantación de los mismos en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El objeto de este proyecto es establecer las convalidaciones entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza. Asimismo, establece las posibles exenciones de la materia de Educación Física en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato para las deportistas y los deportistas de alto nivel o alto rendimiento y para el alumnado estudiante de las Enseñanzas Profesionales de Danza.

Los trámites realizados hasta la fecha de la presente Resolución son los siguientes:

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la participación de los ciudadanos y ciudadanas en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos, se ha sustanciado consulta pública previa a la elaboración del texto de la norma a través de anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En ella se ha recabado la opinión de los ciudadanos y ciudadanas afectadas y de las organizaciones o asociaciones que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto, acerca de los extremos en aquella referidos.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General el Consejero de Educación dictó con fecha 17 de mayo de 2024 la correspondiente Orden de inicio en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 16 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General el Consejero de Educación dictó, con fecha 21 de junio de 2024, Orden de aprobación previa del proyecto de Decreto objeto de tramitación.

De acuerdo con lo previsto en artículo 17 de la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, los trámites de consulta previa, audiencia e información pública que contempla esta ley se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.

A tal efecto, se somete el proyecto de Decreto por el que se establecen las convalidaciones entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y para los estudiantes de las Enseñanzas Profesionales de Danza.

En virtud de las competencias atribuidas por el por el artículo 16 del Decreto 71/2021, de 23 de febrero, que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco,

RESUELVO:

Primero.- Someter al trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se establecen las convalidaciones entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y para los estudiantes de las Enseñanzas Profesionales de Danza, por un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.- A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones por la ciudadanía, el contenido del proyecto indicado estará disponible en la Dirección de Centros y Planificación del Departamento de Educación, sita en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, y en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/tablon-electronico-de-anuncios/).

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de junio de 2024.

El Director de Centros y Planificación,

EUGENIO JIMENEZ IBAÑEZ.

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