RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2024, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de modificación de la Resolución de 28 de enero de 2021, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno.

RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2024, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de modificación de la Resolución de 28 de enero de 2021, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno.

Con fecha 28 de enero de 2021 se dictó la Resolución de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno (BOPV, 12 de febrero de 2021).

El Consejo de Gobierno en sesión de 20 de julio de 2023 aprobó la creación de la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Dicho reglamento establece que la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea ejercerá, por delegación de la Rectora o Rector, la competencia de resolución de los recursos administrativos de alzada que se interpongan contra los actos de los órganos universitarios que no pongan fin a la vía administrativa.

Al objeto de llevar a su debido efecto dicha previsión reglamentaria, la Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (BOPV de 15 de noviembre de 2023), modificó el punto 1 del apartado tercero y añadió un punto nuevo en el apartado cuatro del Anexo I de la citada Resolución de 28 de enero de 2021.

La disposición final primera del Reglamento de gestión para las enseñanzas de Grado, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 24 de abril de 2024 (BOPV de 6 de mayo de 2024), ha modificado el artículo 3.3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación con la siguiente redacción: «La Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea podrá ejercer, por delegación de la Rectora o Rector, la competencia de resolución de los recursos administrativos de alzada que se interpongan contra los actos de los órganos universitarios que no pongan fin a la vía administrativa, en los términos y con el alcance que se recojan en la resolución por la que, en su caso, se delegue esta competencia.»

La dinámica de los recursos de alzada en determinadas materias propias del ámbito académico demanda que, en garantía de los derechos e intereses de las personas recurrentes, se dé una respuesta más inmediata en su resolución que la que puede brindar la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación, aun cuando esta sea respetuosa con el plazo máximo de tres meses previsto para ello en la legislación de procedimiento administrativo común. Esta circunstancia aconseja que tales recursos sean resueltos por el o la vicerrectora al frente del área en la que se incardinan estas materias, para lo cual es necesario modificar la indicada Resolución de 28 de enero de 2021.

Por todo lo anterior, y al amparo de las competencias que tengo conferidas en los artículos 178, 180.1 y 181 de los Estatutos de la Universidad,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la Resolución de 28 de enero de 2021, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno, en el apartado tercero, punto 1 del Anexo I, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Tercero.- Delegación de competencias.

1.- Se delegan en los Vicerrectores y las Vicerrectoras nombrados en las áreas en las que se estructura su equipo de gobierno las competencias de la Rectora en los correspondientes ámbitos, a excepción de la resolución de los recursos de alzada, de conformidad con lo previsto en el punto 7 del apartado cuatro de esta resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de contratación del sector público.»

Segundo.- Modificar el punto 7 del apartado cuatro del Anexo I de la Resolución de 28 de enero de 2021, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre delegación de competencias de la Rectora y estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno, que pasa a tener la siguiente redacción:

«7.- Resolución de recursos de alzada.

Se delega en la Comisión Administrativa de Recursos, Dictamen y Simplificación de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (COARD/EISBA) la competencia de la Rectora de resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos y resoluciones correspondientes a cada una de las áreas en las que se estructura su equipo de gobierno, a excepción de los siguientes:

- acuerdos y resoluciones adoptadas en las pruebas de acceso y en los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado de la UPV/EHU.

- acuerdos sobre reconocimiento de créditos, convalidaciones y adaptaciones de estudios adoptados por las Comisiones académicas de los centros docentes de la UPV/EHU.

- acuerdos de evaluación por compensación adoptados por los Tribunales de Compensación.

Los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos y resoluciones indicados en este número serán resueltos por el vicerrector o vicerrectora titular del área de Grado e Innovación Educativa, por delegación del Rector o Rectora»

Tercero.- Los recursos de alzada interpuestos con anterioridad a la fecha de efectos de esta resolución contra los acuerdos y resoluciones adoptados en las materias indicadas en el punto 7 del apartado cuatro del Anexo I de la Resolución de 28 de enero de 2021, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, en la redacción dada por esta Resolución, los resolverá, asimismo, el vicerrector o vicerrectora titular del área de Grado e Innovación Educativa, por delegación del Rector o Rectora, conservándose lo actuado en su tramitación.

Cuarto.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, que desplegará efectos el día siguiente a su publicación.

En Leioa, a 26 de abril de 2024.

La Rectora de la UPV/EHU,

EVA FERREIRA GARCÍA.

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