RESOLUCIÓN 678/2024, de 18 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se publica el cumplimiento de la sentencia 175/2023, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

RESOLUCIÓN 678/2024, de 18 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se publica el cumplimiento de la sentencia 175/2023, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Vista la sentencia 175/2023, de 14 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, y examinado el expediente administrativo a que el mandato judicial se refiere en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la Resolución 103/2018, de 5 de febrero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2016 y 2017. (BOPV n.º 28, de 8 de febrero de 2018).

Mediante la Resolución 137/2018, de 7 de febrero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Administrativo del Grupo Profesional de Técnicos Especialistas de Administración con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-servicio vasco de salud. (BOPV n.º 33, de 15 de febrero de 2018).

Mediante la Resolución 565/2018, de 8 de junio, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Administrativo del grupo profesional de Técnicos Especialistas de Administración con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Dña. Marta Noval Víllodas resulta admitida en el turno de promoción interna.

Mediante la Resolución 833/2018, 28 de noviembre, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud se ordena la publicación en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud de la relación de aprobados/as en la fase de oposición por orden de puntuación de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Administrativo con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Dña. Marta Noval Víllodas obtiene 77 puntos en la fase de oposición.

Con fecha 12 de noviembre de 2020, se publican, en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud, los resultados actualizados de las pruebas selectivas tras la revisión de las reclamaciones. Dña. Marta Noval Víllodas obtiene 76 puntos en la fase de oposición.

Mediante la Resolución 440/2020, de 11 de noviembre, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud se ordena la publicación en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud de la relación provisional de las personas aspirantes por el turno de promoción interna que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Administrativo del Grupo Profesional de Técnicos Especialistas de Administración con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Dña. Marta Noval Víllodas aparece en el Anexo III que contiene la relación de aspirantes excluidos por no acreditar la IT Txartela.

Mediante la Resolución 436/2021, de 8 de abril, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud se procede a la publicación de la relación definitiva de personas aspirantes seleccionadas y la adjudicación de destinos por el turno de promoción interna en la categoría de Administrativo con destino en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Dña. Marta Noval Víllodas aparece en el Anexo III que contiene la relación de aspirantes excluidos por no acreditar la IT Txartela.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza de 21 de julio de 2021 se desestima el recurso de alzada interpuesto por Dña. Marta Noval Víllodas contra la Resolución 436/2021, de 8 de abril, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.- Dña. Marta Noval Víllodas presenta recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza de 21 de julio de 2021.

Tercero.- La sentencia 175/2023 del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dña. Marta Noval Víllodas, declarando el derecho de la actora a que sea incluida en la relación provisional y definitiva de aspirantes que han superado la fases de oposición por el turno de promoción interna; y, por su orden de puntuación y tras la clasificación y posicionamiento definitivos, en su caso sea nombrada personal estatutario fijo en la categoría de administrativo de Osakidetza y se le adjudique definitivamente el destino que le corresponda, conforme a la posición que resulte de su oportuna clasificación, con efectos desde el momento de nombramiento del resto de los aspirantes y con todos los demás pronunciamientos oportunos a que hubiere lugar en Derecho.

Cuarto.- Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz de 14 de septiembre del 2023, procede realizar actuaciones en la convocatoria de la categoría de Administrativo de la OPE 2016-2017.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Corresponde a la Directora General de Osakidetza, la ejecución del fallo judicial, en virtud de las atribuciones que le confieren la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Segundo.- En los Juzgados y Tribunales del orden de lo contencioso-administrativo reside la potestad de hacer ejecutar lo juzgado y en las partes del proceso la obligación de acatar sus sentencias y resoluciones, dando cumplimiento a las mismas en la forma y términos que en estas se consignen, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 103.1 y 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Como consecuencia del pronunciamiento judicial del Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz de 14 de septiembre del 2023 y realizados los trámites oportunos de conformidad con las bases generales y específicas de la convocatoria aprobadas, respectivamente, por las Resoluciones 103/2018, de 5 de febrero, y 137/2018, de 7 de febrero, de la Directora General de Osakidetza, procede admitir a Dña. Marta Noval Víllodas en la relación definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición por el turno de promoción interna y reconocerle una puntuación final de 145,08 puntos (76 en la fase de oposición; 69,08 puntos en la fase de concurso que se corresponden con 31,08 puntos en el apartado de experiencia profesional; 20 puntos en el apartado de formación, docencia e investigación y 18 puntos en el apartado de euskera) que la sitúan en la posición 30 de la relación definitiva de aspirantes con opción a destino del Anexo II de la Resolución 436/2021, de 8 de abril, de la Directora General de Osakidetza.

Asimismo, procede adjudicar a Dña. Marta Noval Víllodas un destino en el Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos, Araba, con fecha de preceptividad de 01-06-2009 del perfil lingüístico 2 por el turno de promoción interna en la categoría de Administrativo de la OPE 2016-2017.

Tercero.- A la institución de conservación de los actos administrativos (artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), han de acogerse cuantas otras actuaciones administrativas han concurrido en la tramitación del procedimiento de acceso ajenas a las que aquí se modifican y en los precisos términos en que se llevan a cabo.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.- Disponer el cumplimiento de la sentencia 175/2023, de 14 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, en relación a Dña. Marta Noval Víllodas, en el contexto de la categoría de Administrativo de la OPE 2016-2017.

Segundo.- Sustanciar la ejecución del fallo en base a las siguientes actuaciones:

1.º Admitir a Dña. Marta Noval Víllodas en la relación definitiva de aspirantes de la categoría de Administrativo de la OPE 2016-2017 que han superado la fase de oposición por el turno de promoción interna.

2.º Reconocer a Dña. Marta Noval Víllodas una puntuación final de 145,08 puntos (76 en la fase de oposición; 69,08 puntos en la fase de concurso que se corresponden con 31,08 puntos en el apartado de experiencia profesional; 20 puntos en el apartado de formación, docencia e investigación y 18 puntos en el apartado de euskera) en el proceso selectivo de la categoría de Administrativo por el turno de promoción interna de la OPE 2016-2017.

3.º Adjudicar un destino por el turno de promoción interna en el Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos, Araba, con fecha de preceptividad de 01-06-2009 del perfil lingüístico 2 de la categoría de Administrativo a Dña. Marta Noval Víllodas, en base al procedimiento establecido en las bases generales y específicas de la convocatoria aprobadas, respectivamente, por las Resoluciones 103/2018, de 5 de febrero, y 137/2018, de 7 de febrero, de la Directora General de Osakidetza.

4.º Proceder a expedir nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de Administrativo a favor de Dña. Marta Noval Víllodas.

5.º Dña. Marta Noval Víllodas dispondrá, para la toma de posesión del correspondiente destino, del plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- Disponer la conservación de cuantos otros actos y trámites no resultan afectados por lo dispuesto en la presente Resolución.

Cuarto - Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOPV, y su comunicación al Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.

Quinto.- Compete al citado Juzgado conocer de cuanta cuestión pueda plantearse en trámites de ejecución de la sentencia, conforme a lo que disponen los artículos 103.1 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de marzo de 2024.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.

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