ORDEN de 20 de marzo de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se acuerda iniciar el expediente expropiatorio y someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón»

ORDEN de 20 de marzo de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se acuerda iniciar el expediente expropiatorio y someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón»

En el día de hoy esta Consejería ha adoptado la Orden que a continuación se publica:

Visto el expediente correspondiente al Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El Viceconsejero de Administración y Servicios Generales del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno aprobó, mediante Resolución 369/2023, el Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón.

2.- El expediente aludido contiene la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, determinados e individualizados con los datos precisos para proceder a su identificación, habiéndose resuelto en su momento las alegaciones presentadas durante el plazo de información pública.

3.- Es necesario y urgente ocupar los terrenos afectados por el proyecto para construir las infraestructuras previstas en el mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, en su artículo 2 indica que «Las telecomunicaciones son servicios de interés general que se presta en régimen de libre competencia».

En su artículo 49.2 indica que «Las redes públicas de comunicaciones electrónicas y recursos asociados coadyuvan a la consecución de un fin de interés general, constituyen equipamiento de carácter básico y su previsión en los instrumentos de planificación urbanística tiene el carácter de determinaciones estructurantes. Su instalación y despliegue constituyen obras de interés general»

Y añade, en el artículo 50.4 que «En la medida en que la instalación y despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados constituyen obras de interés general, el conjunto de Administraciones públicas tiene la obligación de facilitar el despliegue de infraestructuras de redes de comunicaciones electrónicas en su ámbito territorial, para lo cual deben dar debido cumplimiento a los deberes de recíproca información y de colaboración y cooperación mutuas en el ejercicio de sus actuaciones y de sus competencias».

Segundo.- La Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual, de 7 de julio, establece en su artículo 16 que «1.- El servicio de comunicación audiovisual televisivo es un servicio de interés general que se presta en ejercicio de la responsabilidad editorial de conformidad con los principios del Título I y al amparo de los derechos constitucionales a la libertad de expresión, a comunicar y recibir información, a participar en la vida política, económica, cultural y social y a la libertad de empresa», y en su artículo 76 que «El servicio de comunicación audiovisual radiofónico y el servicio de comunicación audiovisual sonoro a petición son servicios de interés general que se prestan en ejercicio de la responsabilidad editorial de conformidad con los principios del Título I y al amparo de los derechos constitucionales a la libertad de expresión, a comunicar y recibir información, a participar en la vida política y social y a la libertad de empresa».

Tercero.- Ley 21/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024, establece en su Disposición Adicional Cuarta lo siguiente:

«1.- La aprobación de los proyectos de infraestructuras necesarios para la ejecución de competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de radio, televisión y, en general, de medios de comunicación social, así como de servicios de protección civil y seguridad pública, financiados con cargo a los créditos para inversiones, llevará aparejada la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.

2.- La declaración de utilidad pública hará referencia asimismo a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y en las modificaciones que puedan aprobarse posteriormente.

3.- A tales efectos, los proyectos de infraestructuras y sus modificaciones deberán comprender la definición de las mismas y la determinación de los terrenos, construcciones u otros bienes o derechos que se estime preciso ocupar o adquirir para su realización».

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, resulta preceptivo someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el procedimiento expropiatorio.

Quinto.- A tenor del artículo 26 1.f de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, y del artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa excepcionalmente, y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno del País Vasco, podrá declararse urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación a que dé lugar la realización de una obra o finalidad determinada.

Vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás normativas de aplicación,

DISPONGO:

1.- Iniciar el expediente de expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos afectados incluidos en el «Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón», entendiéndose implícita la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 21/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024.

2.- Someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de referencia, a fin de que durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la última de las publicaciones señaladas por la ley, puedan presentarse en la Dirección de Vivienda, Suelo y Arquitectura del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, sita en c/ Donostia-San Sebastián 1, Vitoria-Gasteiz, cuantas alegaciones se estimen oportunas, al objeto de permitir rectificar los errores contenidos en la citada relación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Durante el referido plazo, la adjunta relación de bienes y derechos quedará asimismo expuesta en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón a los efectos indicados.

3.- Solicitar del Consejo de Gobierno del País Vasco la declaración de urgente ocupación por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate/Mondragón».

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2024.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

(Véase el .PDF)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
6355 {"title":"ORDEN de 20 de marzo de 2024, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se acuerda iniciar el expediente expropiatorio y someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto de Centro de Telecomunicaciones de Gobierno Vasco en Murugain con ampliación, en el Término Municipal de Aretxabaleta y Arrasate\/Mondragón»","published_date":"2024-04-12","region":"paisvasco","region_text":"País Vasco","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-paisvasco","id":"6355"} paisvasco BOPV,BOPV 2024 nº 73,Departamento de planificación territorial, vivienda y transportes,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/paisvasco/boa/2024-04-12/6355-orden-20-marzo-2024-consejero-planificacion-territorial-vivienda-transportes-se-acuerda-iniciar-expediente-expropiatorio-someter-informacion-publica-relacion-bienes-derechos-afectados-proyecto-centro-telecomunicaciones-gobierno-vasco-murugain-ampliacion-termino-municipal-aretxabaleta-arrasate-mondragon https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.