RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 24 de noviembre de 2023, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2024, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027.
RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2024, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 24 de noviembre de 2023, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2024, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027.
El artículo 18.2 c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 24 de noviembre de 2023 del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas, para el ejercicio 2024, para la contratación de personas jóvenes por entidades locales en el marco del Programa FSE Plus del País Vasco 2021-2027, se procede a su corrección:
- En la página 2023/5409 (7/13), en el artículo 9.3, se corrige la primera frase, de manera que donde dice:
«3.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a contar desde la publicación de la convocatoria en el BOPV. Una vez transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada».
Debe decir:
«3.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados desde la fecha presentación de la solicitud. Una vez transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada».
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de enero de 2024.
El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
FRANCISCO PEDRAZA MORENO.