DECRETO 190/2023, de 19 de diciembre, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. y se autoriza a las personas representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial a prestar su conformidad a la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de dicha sociedad.

DECRETO 190/2023, de 19 de diciembre, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. y se autoriza a las personas representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial a prestar su conformidad a la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de dicha sociedad.

El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial acordó en su reunión del día 13 de junio de 2023 dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud de la letra c) del apartado 5 de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2017, de aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, conceda autorización a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, para participar en la ampliación de capital de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. por un importe total de 200.000 euros, equivalente al 50 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 50 %.

El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte.

El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad.

El objeto social de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. consiste en:

a) La prestación de servicios y la promoción de iniciativas orientadas hacia la creación de nuevas empresas innovadoras así como a la revitalización y al fomento de la innovación y la diversificación en las empresas ya existentes en el territorio histórico de Gipuzkoa. Tales servicios comprenden:

- Detección de posibles proyectos empresariales implantables en el territorio histórico.

- Evaluación de prefactibilidad.

- Selección y formación de potenciales emprendedores.

- Asesoría y supervisión para la elaboración del Plan de Negocio.

- Captación de socios y fomento de acuerdos interempresariales.

- Apoyo en la captación de recursos financieros.

- Asistencia en materia de innovación y tecnología.

- Incubadora para nuevas empresas.

- Construcción, venta y alquiler de locales industriales y comerciales.

b) La participación en otras sociedades para el desarrollo propio de esta Sociedad, mediante la suscripción de acciones o participaciones en la fundación o aumento de capital de las mismas o mediante adquisición de ellas por cualquier título.

El artículo 111.2 de la Ley del Patrimonio de Euskadi cuyo texto refundido fue aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, establece que la conformidad de los representantes de las acciones titularidad, directa o indirecta, de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma a la aprobación de los estatutos sociales y sus modificaciones será autorizada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento a que se encuentre vinculada la sociedad.

El motivo de la ampliación es el de dotar de fondos a la sociedad para que realice las actividades que componen su objeto social.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente y del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 19 de diciembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1.- Autorizar a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la suscripción de la ampliación de capital de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. por un importe total de 200.000 euros, equivalente al 50 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 50 %.

Artículo 2.- Autorizar a las personas representantes de las acciones titularidad de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial para prestar su conformidad a la modificación propuesta del artículo 5 de los estatutos sociales de la sociedad Bic Gipuzkoa Berrilan, S.A. como consecuencia de la ampliación de capital, que quedará redactado del siguiente modo:

«El Capital se fija en dos millones (2.000.000) de euros, y estará representado por doscientas mil (200.000) acciones nominativas, numeradas del 1 al 200.000, ambas inclusive, de diez (10) euros de valor nominal cada una. Dicho capital se halla suscrito y desembolsado íntegramente».

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

El Consejero de Economía y Hacienda,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

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