RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2023, del Ararteko, por la que se aprueba el régimen de delegación de competencias en materia de contratos del Sector Público.

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2023, del Ararteko, por la que se aprueba el régimen de delegación de competencias en materia de contratos del Sector Público.

El 9 de marzo de 2018 entró en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).

La disposición adicional cuadragésima cuarta de la LCSP determina que las defensorías de derechos de las comunidades autónomas «ajustarán su contratación a las normas establecidas en esta Ley para las Administraciones Públicas».

En este sentido, de conformidad con los artículos 2 y 3.3 de la LCSP, el Ararteko tiene la competencia, como poder adjudicador, de celebrar contratos en el sector público.

Por todo lo expuesto, al amparo de las competencias que tengo conferidas, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la Secretaría General las competencias correspondientes al Órgano de Contratación en los procedimientos cuyo importe inicial sea superior a los 2.000 euros e inferior a los 15.000 euros.

Segundo.- Delegar en la Directora o Director de Gestión Presupuestaria y Económica y de Administración, Personal y Mantenimiento; en la Directora o Director de Relaciones Sociales, Estudios y Modernización; en la persona responsable de la Oficina de la Infancia y la Adolescencia y en la persona responsable de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales las competencias correspondientes al Órgano de Contratación en los procedimientos cuyo importe inicial no supere los 2.000 euros.

Tercero.- Las cuantías consignadas se entienden IVA excluido.

Cuarto.- En todos los actos y resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta delegación de competencias deberá hacerse constar expresamente la circunstancia de que han sido conferidas mediante la presente Resolución.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de diciembre de 2023.

El Ararteko,

MANUEL LEZERTUA RODRÍGUEZ.

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