RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2023, del Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, por la que se aprueba la relación de los bienes y derechos, en orden a la iniciación del expediente expropiatorio por el procedimiento ordinario, de los terrenos que se relacionan para la explotación de la Concesión de Explotación «Ampliación Buruntza» n.º 4.729, cuya titularidad corresponde a la mercantil Sociedad Financiera y Minera, S.A.

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2023, del Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, por la que se aprueba la relación de los bienes y derechos, en orden a la iniciación del expediente expropiatorio por el procedimiento ordinario, de los terrenos que se relacionan para la explotación de la Concesión de Explotación «Ampliación Buruntza» n.º 4.729, cuya titularidad corresponde a la mercantil Sociedad Financiera y Minera, S.A.

I.- La mercantil Sociedad Financiera y Minera, S.A. en su condición de titular de la concesión de explotación de recursos de la Sección C), denominada «Ampliación Buruntza», ha solicitado del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la iniciación del expediente expropiatorio, para la ocupación de los bienes y derechos afectados por las labores, instalaciones y servicios de la explotación minera denominada «Ampliación Buruntza», sita en el témino municipal de Andoain.

II.- Tal y como establece el artículo 105.3 de la Ley de Minas, en relación con el artículo 131.3 de su Reglamento, la aprobación del Proyecto de Explotación y de los Planes de Labores anuales de la cantera que en la actualidad se corresponde con la explotación «Ampliación Buruntza», lleva implícita la declaración de necesidad de ocupación de los terrenos, si bien, a tenor de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, el beneficiario estará obligado a formular la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideren de necesaria expropiación, relación que formula en escrito de petición de inicio de expropiación la mercantil.

III.- Conforme al artículo 17 y siguientes de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con fecha 6 de marzo de 2023, dictó el Anuncio de la relación de los bienes y derechos a expropiar para que, dentro de un plazo de quince días, los interesados formularan alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal y cualquier otra que consideren oportuna. Dicho anuncio se publicó en Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de fecha 15 de marzo, y en el Diario Vasco de fecha 9 de marzo. Asimismo, se remitió a los interesados y para exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Andoain, con fecha 6 de marzo de 2023.

Vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación.

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la relación de los bienes y derechos que figuran en el anexo a esta Resolución, en orden a la iniciación del expediente expropiatorio por el procedimiento ordinario, de los terrenos que se relacionan para la explotación de la Concesión de Explotación «Ampliación Buruntza» n.º 4.729, cuya titularidad corresponde a la mercantil Sociedad Financiera y Minera, S.A.

Segundo.- La descripción de los bienes y derechos afectados por la expropiación, conforme al expediente obrante en la Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (calle Donostia-San Sebastián, 1 - Lakua 1, 01010 Vitoria-Gasteiz), es la siguiente:

Si bien, en el anuncio de fecha 6 de marzo de 2023, se parte de los datos y de la referencia catastral de la finca, aportada por la beneficiaria en su solicitud de expropiación, de Referencia Catastral: 341212 A Azpikola junto a regata Abaloz. Parcela 1 del Polígono 1. Andoain, con una superficie de 564.849 m2; dicha parcela conforme a la actualización posterior del catastro de Gipuzkoa, se ha segregado en la parcela de la misma referencia catastral y denominada coto de terreno Azpikola, de superficie de 271.482 m2. Por otra parte, la nota simple registral solicitada al Registro de la Propiedad de Tolosa correspondiente a dicha finca, figuran los siguientes datos:

Tomo: 2038.

Libro: 204 de Andoain.

Folio: 83.

Finca: 39/T.

CRU: 20005000054026.

Titular: Azpikola, 2004, S.L.

Descripción:

Rústica: superficie de 287.356´78 m2.

En consecuencia, se procede a referenciar y readaptar la superficie a expropiar a efectos de la aprobación de bienes a expropiar.

Tercero.- Disponer en cumplimiento de lo que determinan los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, y 19 y 20 de su Reglamento, la publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco» y «Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa», en el «Diario Vasco», y en el tablón de anuncios oficial del Ayuntamiento de Andoain, así como proceder a notificar individualmente a los interesados.

Cuarto.- Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente Resolución, en virtud de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2023.

El Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial,

ZIGOR URQUIAGA URQUIZA.

ANEXO
PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DE LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN AMPLIACIÓN BURUNTZA N.º 4729, EN ANDOAIN
(Véase el .PDF)

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