RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2023, de la Directora de Juventud, por la que se convoca, para el año 2024, a entidades de cooperación al desarrollo para la presentación de proyectos para el programa «Juventud Vasca Cooperante».

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2023, de la Directora de Juventud, por la que se convoca, para el año 2024, a entidades de cooperación al desarrollo para la presentación de proyectos para el programa «Juventud Vasca Cooperante».

Por Decreto 132/2023, de 12 de septiembre de 2023, de regulación del programa «Juventud Vasca Cooperante» (BOPV n.º 183, de 25 de septiembre de 2023), se regulan las dos vertientes del programa «Euskadiko Gazteak Lankidetzan»; una, relativa a la convocatoria de ayudas destinadas a las entidades de cooperación al desarrollo para que presenten los proyectos a desarrollar en Países del Sur, y otra, relativa a la convocatoria de ayudas a las personas jóvenes para su participación en dichos proyectos.

Para el año 2024, la presente convocatoria, sujeta al régimen de tramitación anticipada, continúa con el objetivo de convocar subvenciones dirigidas a entidades de cooperación al desarrollo, al objeto de que presenten proyectos a desarrollar en Países del Sur por personas jóvenes cooperantes, según se especifica en la presente convocatoria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria tiene su oportuno reflejo en el Plan Estratégico de Subvenciones de Lehendakaritza de 2024.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo único.- Realizar la convocatoria, para el año 2024, a entidades de cooperación al desarrollo para la presentación de proyectos para el programa «Juventud Vasca Cooperante» y aprobar las bases reguladoras de la misma, con arreglo a lo previsto en el Anexo I de la presente Resolución.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

A los efectos contemplados en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la resolución de las subvenciones concedidas al amparo de la presente Resolución queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transición Social y Agenda 2030, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de noviembre de 2023.

La Directora de Juventud,

MIREN SARATXAGA DE ISLA.

ANEXO I
RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DE JUVENTUD, POR LA QUE SE CONVOCA, PARA EL AÑO 2024, A ENTIDADES DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS PARA EL PROGRAMA «JUVENTUD VASCA COOPERANTE»
BASES

Artículo 1.- Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar, para el año 2024, subvenciones dirigidas a entidades de cooperación al desarrollo para la participación de personas jóvenes en el programa «Juventud Vasca Cooperante».

Artículo 2.- Recursos económicos.

El importe global de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria asciende a la cantidad de 80.000 euros con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Artículo 3.- Modo y plazo de presentación de solicitudes.

1.- Las solicitudes se realizarán a través de medios electrónicos, cumplimentando el formulario de solicitud que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/servicios/0127407. Se acreditarán los requisitos en la forma establecida en el Anexo II.

Los trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones y justificaciones, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/micarpeta

Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos

2.- También se podrá tramitar electrónicamente a través de una persona representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, accesible a través de la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/representantes

3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 4.- Plazo de ejecución de los proyectos subvencionados.

Los proyectos subvencionados, preferentemente a realizar a partir del mes de julio, tendrá una duración aproximada de tres meses, salvo casos excepcionales, en los términos establecidos por el artículo 32.3 del Decreto 132/2023, de 12 de septiembre, de regulación del programa «Juventud Vasca Cooperante», según las condiciones que se acuerden con cada ONGD tutora de la experiencia.

Artículo 5.- Cuantía de las ayudas.

Se otorgará una ayuda de 800 euros por cada una de las personas jóvenes finalmente incorporada al correspondiente proyecto seleccionado, al objeto de sufragar parcialmente los gastos de estancia y manutención de la persona joven voluntaria seleccionada en el programa «Juventud Vasca Cooperante».

Artículo 6.- Composición de la Comisión de Valoración.

La composición de la Comisión de Valoración se hará pública mediante Resolución de la persona titular de la Dirección de Juventud que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.5 del Decreto 132/2023, de 12 de septiembre, de regulación del programa «Juventud Vasca Cooperante».

ANEXO II
Datos a incluir en la solicitud, la cual deberá realizarse a través del correspondiente formulario electrónico

1.- Identificarse.

Datos de identificación:

Actúo como persona/entidad interesada del expediente / Actuó como representante de Documento de identificación, Número, Nombre de la entidad.

Provincia donde constan los datos fiscales de la entidad solicitante*

Datos para las notificaciones:

Las notificaciones y comunicaciones se enviarán a la siguiente dirección: las notificaciones que envíe la administración durante la tramitación de este expediente irán destinadas a:

Canal de notificación y comunicación: electrónico: se envían a la bandeja de notificaciones y comunicaciones de Mi Carpeta. Para acceder, es necesario un medio de identificación electrónico. (Nota sobre el canal electrónico: si usted no accede a la notificación electrónico sedará por notificada transcurridos 10 días naturales desde su puesta a disposición en Mi Carpeta. Cumplido el plazo indicado, se entenderá que usted rechaza la notificación y así constará en el expediente. El trámite se dará por efectuado y la administración seguirá adelante con el procedimiento).

Datos para recibir avisos:

Le enviaremos un aviso al correo electrónico y al teléfono móvil cuando tenga alguna notificación o comunicación en Mi Carpeta: correo electrónico*, teléfono móvil.

Idioma de las notificaciones*:

Las notificaciones y las comunicaciones que se le mandarán a través de correos electrónicos y mensajes de avisos estarán en el idioma que usted indique: Euskera/Castellano

Consentimiento para utilizar los datos:

- Deseo que mis datos de comunicación y aviso sean utilizados, de forma general, en mis relaciones con los departamentos y organismos del Gobierno Vasco. Sí/No.

- Deseo que mis datos de comunicación y aviso sean utilizados, exclusivamente, para la gestión de este expediente. Sí/No.

Tratamiento de datos personales:

Información básica sobre protección de datos:

Sus datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento denominada Programas de «Campos Voluntariado Juvenil» y «Juventud Vasca Cooperante».

Responsable: Dirección de Juventud, Lehendakaritza.

Finalidad: gestión de los datos de las personas participantes en los Programas de «Campos de Voluntariado Juvenil» y de «Juventud Vasca Cooperante». Tramitación de autorizaciones y ayudas.

Legitimación: tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Destinatarios: asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, Órganos de la Unión Europea, Otros órganos de la Administración del Estado, Otros órganos de la administración local, Otros órganos de la Comunidad Autónoma.

Derechos: usted tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos que se recogen en la información adicional.

Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web: https://www.euskadi.eus/clausulas-informativas/web01-sedepd/es/transparencia/103700-capa1-es.shtml

Normativa:

Reglamento General de Protección de Datos (https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:32016R0679&from=ES

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-16673-consolidado.pdf).

2.- Rellenar los datos.

Datos del proyecto:

Datos identificativos de la persona de contacto a efectos de información: Nombre*, Primer apellido*, Segundo apellido, Con cargo de (puesto de trabajo que ocupa)*, Teléfono fijo, Teléfono móvil, Fax, Correo electrónico.

Proyecto:

Información complementaria: Denominación del proyecto*, Entidad de cooperación al desarrollo de acogida*, Breve descripción del proyecto*.

Datos relativos al perfil o perfiles de personas jóvenes voluntarias: Número total de perfiles de jóvenes que se ofrecen en el proyecto*.

Perfil de la persona voluntaria: Perfil*, Descripción del trabajo o tareas que llevará a cabo la persona voluntaria*.

Declaraciones responsables:

Declaro que:

Declaraciones de compatibilidad* (seleccionar una de las tres primeras):

- No está recibiendo ninguna ayuda o subvención con esta misma finalidad, concedida por administraciones públicas o entidades.

- Está recibiendo alguna ayuda o subvención con esta misma finalidad concedida por administraciones públicas o entidades privadas (debe detallar los datos de este punto en el documento correspondiente).

- Ha solicitado una ayuda o subvención con esta misma finalidad a alguna administración pública o entidad privada, y está pendiente de resolución (debe detallar los datos de este punto en el documento correspondiente). Sí/No.

- Está constituida e inscrita formalmente en el registro que corresponde. Sí/No.

- Se refleja expresamente en los estatutos que una de sus finalidades es la realización de proyectos orientados al desarrollo de los países del Sur, o que la entidad lleva actuando de forma continuada en dicho ámbito un mínimo de dos años. Sí/No.

- La entidad carece de ánimo de lucro. Sí/No.

- La entidad dispone de sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Sí/No.

- La entidad solicitante no se encuentra sancionada con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ellos, con la inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres*. Sí/No.

- La entidad se halla al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Sí/No.

- La entidad solicitante cumple los requisitos que, con carácter general, se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sí/No.

- Cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente*. Sí/No.

- Son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presento y asumo la correspondiente responsabilidad (artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)*. Sí/No.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar (artículo 69.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

3.- Adjuntar los documentos.

Comprobación de oficio. De acuerdo con la normativa aplicable, el órgano instructor de este procedimiento comprobará de oficio en la administración competente los siguientes datos:

Estar al corriente de pago de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social + TGSS) Sí/No.

Datos de estar al corriente de obligaciones tributarias (Diputaciones Forales Vascas o Agencia Estatal Tributaria) Sí/No.

(Salvo que la persona interesada se oponga a ello de forma motivada. Ejercer el derecho de oposición).

Tipos de documentos requeridos (documentos requeridos, Documentos adjuntados, Acciones):

Datos de estar al corriente de obligaciones tributarias (Diputaciones Forales o Agencia Estatal Tributaria) (requerido si hay oposición) (Adjuntar/Buscar/Entregado).

Estar al corriente de pago de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social - TGSS) (requerido si hay oposición) (Adjuntar/Buscar/Entregado).

Estatutos de la entidad (Adjuntar/Buscar/Entregado).

Escrituras de constitución de la entidad (Adjuntar/Buscar/Entregado).

Proyecto (Adjuntar/Buscar/Entregado).

Añadir otro tipo de documento (Adjuntar).

4.- Firmar y enviar.

Ficheros adjuntos

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