ORDEN de 22 de noviembre de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se procede a la actualización de los módulos y bases de compensación económica contenidos en el Anexo III del Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita.

ORDEN de 22 de noviembre de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se procede a la actualización de los módulos y bases de compensación económica contenidos en el Anexo III del Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, configura dicha asistencia como un servicio público, prestado por la Abogacía y la Procura, financiado con fondos igualmente públicos, dado que corresponde a los poderes públicos garantizar el acceso a la justicia de personas sin recursos. El artículo 37 de la ley establece que la administración competente subvencionará con cargo a sus «dotaciones presupuestarias la implantación, atención y funcionamiento de los servicios de asistencia jurídica gratuita por los Colegios de Abogados y de Procuradores». Igualmente estipula la ley que dicha financiación parte del principio de que el servicio de asistencia jurídica gratuita esté digna y suficientemente compensado.

El Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita, regula para Euskadi los procedimientos de subvención de las actuaciones correspondientes a la asistencia jurídica gratuita estableciendo en su articulado y en el Anexo III las bases económicas y módulos para la compensación de las actuaciones referentes a tal servicio.

Con fecha 21 de junio y 29 de mayo han tenido entrada en este Departamento las solicitudes de incremento de módulos formuladas por el Consejo Vasco de la Abogacía y los Ilustres Colegios de Procuradores de Gipuzkoa, Álava y Bizkaia, respectivamente.

El artículo 46.2 del Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita, estipula que las bases económicas y módulos previstos en el Anexo III de dicho Decreto se podrán actualizar anualmente mediante orden de la persona titular del Departamento del Gobierno Vasco competente en materia de justicia, previa comunicación a los colegios profesionales.

De conformidad con lo establecido en la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2023, figuran presupuestada la cantidad de 12.600.000 euros para compensación económica por turno de oficio y turno de guardia de los Colegios de la Abogacía del País Vasco en la partida 2023-1001013100-1.14120.45400-2023/00435; y 630.000 para compensación económica por Turno de Oficio de los Colegios de la Procuraduría del País Vasco en la partida 2023-1001013100-1.14120.45400-2023/00436.

En base a lo anterior y de conformidad con lo establecido en el título VI del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

RESUELVO:

Artículo único.- Actualizar los módulos y bases de compensación económica contenidos en el Anexo III del Decreto 153/2018, de 30 de octubre, de Asistencia Jurídica Gratuita, estableciendo los nuevos módulos de compensación para las actuaciones profesionales realizadas en materia de asistencia letrada al detenido y de defensa y representación gratuitas, en las cuantías que figuran en anexo a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Igualdad, Justicia, y Políticas Sociales en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos desde el día 1 de julio de 2023 por lo que también será aplicable a las liquidaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestre del ejercicio presupuestario 2023.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de noviembre de 2023.

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

NEREA MELGOSA VEGA.

(Véase el .PDF)

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