Osakidetza-servicio vasco de salud - Autoridades y personal (BOPV nº 2023-196)

RESOLUCIÓN 2213/2023, de 29 de septiembre, de la Directora Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de Grupo de Administración (Facturación) en la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Estando vacante el puesto de Jefe/a de Grupo de Administración (Facturación) de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes

BASES:

1.- Requisitos de participación.

Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser personal estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional C2/D2.

b) Hallarse en posesión de la titulación del grupo profesional C/D.

c) Experiencia profesional mínima de 2 años en el grupo profesional C2/D2.

d) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.

2.- Méritos a considerar.

Formación y/o experiencia en las siguientes aplicaciones informáticas:

- SAP (área deudores y reporting).

- E-Osabide (Módulo de Facturación, Contrato Programa y Citas).

- Tirea.

- Ofimática a nivel avanzado.

Además, se valorará:

- Conocimientos y/o experiencia en Facturación a Terceros (Atípicos, Laboral, Tráfico, Particulares y Entidades Sanitarias), Contrato Programa y Gestión de cobros.

- Conocimientos de la normativa de aseguramiento en todos los ámbitos (Ley 50/1980, de 8 de octubre de contrato de seguro, Ley 8/1997 de 26 de junio de Ordenación Sanitaria de Euskadi de la Comunidad Autónoma del País Vasco, convenios de asistencia sanitaria con aseguradoras tanto comunitarias como nacionales, convenios internacionales, etc ...) y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

- Formación y/o experiencia en atención al público, liderazgo de equipos y gestión de la cultura organizativa.

- Formación y/o experiencia en sistemas de gestión de la calidad e innovación.

Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.

3.- Conocimientos de euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

4.- Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Personal de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces (Plaza de Cruces n.º 12, 48903 Barakaldo), de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presenta Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de Personal de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces (Plaza de Cruces n.º 12, 48903 Barakaldo).

La documentación deberá tener la siguiente forma:

- Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

- Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

- Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

- Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquéllos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.

5.- Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión para la valoración de las solicitudes presentadas, que se notificará a las personas aspirantes.

La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar las diligencias complementarias que se notificarán a los aspirantes.

Efectuada la valoración de los aspirantes y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. La Comisión podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que las personas aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán lo/as aspirantes presentado/as, las diligencias complementarias (si las hubiere) así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

6.- Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

7.- Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora Gerente de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que se publicará en el BOPV, así como en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

8.- Recursos contra la presente resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse Recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Barakaldo, a 29 de septiembre de 2023.

La Directora Gerente de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces,

MARIA LUZ MARQUES GONZALEZ.

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