Departamento de turismo, comercio y consumo - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-175)

ORDEN de 5 de septiembre de 2023, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, de modificación de la Orden de 21 de marzo de 2023, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas para el Programa de ayudas para la modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next GenerationEU.

La Orden de 21 de marzo de 2023 del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas para el Programa de ayudas para la modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next GenerationEU, publicada en el BOPV n.º 60, de 27 de marzo de 2023, establece en su artículo 26 que el plazo de ejecución comprenderá desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive. Asimismo, establece que la ampliación de dichos plazos no excederá del 30 de septiembre de 2023.

Teniendo en cuenta el escaso margen de las fechas establecidas para la adecuada gestión de la convocatoria, y tomando en consideración que la participación de las entidades beneficiarias se realiza bajo un régimen de concurrencia no competitiva, se entiende que se dan las circunstancias que justifican la ampliación del plazo de ejecución de esta ayuda.

A la vista de todo lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 3 del Decreto 13/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco,

RESUELVO:

Modificación del artículo 26.4 de la Orden de 21 de marzo de 2023, del Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas para el Programa de ayudas para la modernización del comercio Fondo Tecnológico para la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next GenerationEU.

El artículo 26.4 de la citada Orden queda redactado de la siguiente manera:

4.- Según lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudiquen derechos de tercero. En ningún caso, dicha ampliación excederá del 27 de octubre de 2023. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, ante el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de septiembre de 2023.

El Consejero de Turismo, Comercio y Consumo,

JAVIER HURTADO DOMÍNGUEZ.

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