Osakidetza-servicio vasco de salud - Autoridades y personal (BOPV nº 2023-149)

RESOLUCIÓN 883/2023, de 11 de julio, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo Jefe/a de Servicio Corporativo-2 Responsable de Seguridad y Enlace, en la Dirección General.

Encontrándose vacante el puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio Corporativo-2 Responsable de Seguridad y Enlace, en la Dirección Económica Financiera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección de Recursos Humanos acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a la adscripción y bases siguientes

BASES

1.- Funciones y adscripción del puesto.

a) Adscripción: Dirección General de Osakidetza. Dirección Económico-Financiera.

- Jornada Partida. Vitoria-Gasteiz.

- Perfil Lingüístico 3 de euskera (sin fecha de preceptividad).

b) Funciones del Puesto: (relacionadas con la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas).

- Planificación y coordinación de la seguridad de la organización: elaboración y actualización de los planes de seguridad, supervisión y coordinación de la ejecución de medidas preventivas y correctivas.

- Supervisión y dirección del equipo de seguridad: liderazgo del equipo de seguridad, supervisión y control del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos.

- Análisis y evaluación de riesgos: realización de estudios de seguridad, análisis y evaluación de riesgos y amenazas.

- Implementación de medidas de protección y gestión de situaciones de emergencias.

- Implantación de medidas de seguridad: diseño e implementación de planes de seguridad en función de las necesidades de la organización y su entorno.

- Coordinación con otros departamentos: colaboración con otros departamentos de la organización para garantizar la correcta implantación de las medidas de seguridad.

Además, debe coordinarse y colaborar con las autoridades competentes en caso de que se produzca cualquier situación de crisis.

2.- Requisitos de participación.

2.1.- Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos.

a) Ser estatutario/a, funcionario/a o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional A1/A2.

b) Ser personal fijo (funcionario/a, estatutario/a o laboral) adscrito a la Administración General del País Vasco con plaza en propiedad del grupo A1/A2.

c) Ser personal fijo (funcionario/a, estatutario/a o laboral) adscrito a los Cuerpos de Policía de la Comunidad Autónoma de Euskadi, incluida en el ámbito aplicación del Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, con plaza en propiedad del grupo A.

2.2.- Asimismo, las personas candidatas también deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Titulación Académica: Grado Universitario.

b) Estar en posesión de titulación específica de seguridad:

- Habilitación de Director/a de Seguridad - Tarjeta de Identidad, Profesional en vigor expedida por el Ministerio del Interior.

- Técnico/a Competente en Elaboración Planes de Autoprotección.

- Técnico/a Superior en prevención de Riesgos Laborales, especialidad Seguridad.

3.- Conocimientos Específicos.

Experiencia en Gestión de Seguridad:

- Acreditación de trabajos realizados en materia específica de Seguridad.

- Experiencia mínima de 3 años en materia de seguridad.

Asimismo, se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.

4.- Conocimientos de euskera.

Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.

5.- Plazo y presentación de solicitudes.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Recursos Humanos de Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV, a la siguiente dirección: c/ Álava 45, 01006 Vitoria-Gasteiz. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

La documentación deberá tener la siguiente forma:

- Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.

- Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.

- Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.

- Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.

No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de Osakidetza de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el o la aspirante.

6.- Comisión de Valoración.

Se constituirá una Comisión de valoración presidida por la Subdirectora de Selección y Provisión de Recursos Humanos o persona en quien delegue, e integrado además por el Director Económico-Financiero, el Subdirector de Informática y Sistemas de Información y la Técnico de la Subdirección de Selección y Provisión de Recursos Humanos (que actuará como Secretaria con voz y voto).

La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a los aspirantes.

Efectuada la valoración de los aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.

Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.

7.- Procedimiento de selección.

En ningún caso podrán considerarse los méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

8.- Resolución que pone fin al procedimiento.

La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio de salud, que se publicará en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.

Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.

9.- Recursos contra la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de julio de 2023.

La Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

LUISA LARRAURI EREÑOZAGA.

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