Departamento de seguridad departamento de planificación territorial, vivienda y transportes - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-140)

DECRETO 107/2023, de 11 de julio, por el que se dispone el cese del Presidente del Consejo General y de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de Transportes de Bizkaia y el nombramiento de la Presidenta del Consejo General y de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de Transportes de Bizkaia.

Mediante la Ley 44/1975, de 30 de diciembre, se creó el «Consorcio de Transportes de Bizkaia», con naturaleza de ente local, para la participación en la financiación de las obras de infraestructura del «Ferrocarril metropolitano de Bilbao» y para la explotación del mencionado servicio metropolitano, así como para la gestión de los servicios públicos del transporte que le fuesen cedidos. El Consorcio estaba integrado por los Ministerios de Hacienda y de Obras Públicas, en nombre del Estado, la Corporación Administrativa del Gran Bilbao, la Diputación Provincial de Bizkaia y diversos Ayuntamientos del entorno metropolitano. Los Estatutos del Consorcio se aprobaron mediante Real Decreto n.º 1769/1976, de 18 de junio.

Conforme al artículo 17 del Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, sobre transferencias de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco en materia de Interior, Turismo, Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas y Transportes, se transfirieron al citado Consejo «las competencias reguladas en la Ley de 30 de diciembre de 1975 que creó el Consorcio de Transportes de Bizkaia y sus disposiciones de desarrollo». Las citadas competencias se entienden transferidas con carácter definitivo en aplicación de la Disposición Transitoria 2.ª del Estatuto de Autonomía.

En la sección 7.ª del Capítulo II del Decreto de 9 de junio de 1980, sobre estructura orgánica del Departamento de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos, se reguló lo concerniente a la distribución de las funciones del Gobierno referentes al ferrocarril Metropolitano y a la participación en el citado Consorcio.

Con arreglo a su artículo 19 el Consorcio de Transportes de Bizkaia, creado por la Ley 44/1975, de 30 de diciembre, es un ente local con personalidad jurídica propia e independiente de la de los entes consorciados.

Actualmente el consorcio está formado por el Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Bizkaia, el Ayuntamiento de Bilbao y demás ayuntamientos a los que afecta el paso del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao.

A tenor del artículo 23.1 del Decreto de 9 de junio de 1980, sobre estructura orgánica del Departamento de Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos, el Consorcio estará regido por los siguientes órganos de gobierno:

a) El Consejo General.

b) La Comisión Ejecutiva.

c) El Director Gerente.

A su vez, el artículo 23.2 determina la composición del Consejo General, que estará integrado por trece representantes designados por el Gobierno Vasco, dos representantes de la Diputación Foral de Bizkaia, uno de los cuales será su Presidente; un representante de la Corporación Administrativa del Gran Bilbao; dos representantes del Ayuntamiento de Bilbao, uno de los cuales será su Alcalde; y un representante de cada uno de los restantes Ayuntamientos integrados en el Consorcio, elegidos de entre sus miembros, todos ellos con voz y voto.

Con arreglo al artículo 23.2 in fine del Decreto de 9 de junio de 1980, el Presidente del Consejo General será nombrado y removido por Decreto del Gobierno Vasco, a propuesta conjunta de los Departamentos de Interior y Transportes, Comunicaciones y Asuntos Marítimos, de entre los representantes de las Corporaciones Locales que sean Presidentes de las mismas. Tendrá voto de calidad y cesará automáticamente cuando pierda la condición de Presidente de la Corporación correspondiente.

Por su parte, el artículo 23.3 determina que la Comisión Ejecutiva será presidida por quien ostente la presidencia del Consorcio, mantendrá la misma proporción de representantes que el Consejo General y en ella figurará con voz pero sin voto, el Director Gerente.

Actualmente, en virtud del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, corresponde conjuntamente al Departamento de Seguridad y al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, proponer al Consejo del Gobierno Vasco el nombramiento por Decreto de la Presidenta del Consejo General del Consorcio de Transportes de Bizkaia, que será, asimismo, Presidenta de la Comisión Ejecutiva del referido Consorcio.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Seguridad y de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, previa aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de julio de 2023

DISPONGO:

Artículo 1.- Cesar a D. Unai Rementería Maiz como Presidente del Consejo General y de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de Transportes de Bizkaia.

Artículo 2.- Nombrar Presidenta del Consejo General y de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de Transportes de Bizkaia a Dña. Elixabete Etxanobe Landajuela, Diputada General de la Diputación Foral de Bizkaia.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación en Consejo de Gobierno.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

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