Departamento de gobernanza pública y autogobierno - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-125)

RESOLUCIÓN 64/2023, de 20 de junio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de prórroga por un período de dos cursos escolares adicionales, hasta el 30 de septiembre de 2025, del Convenio suscrito el 9 de febrero de 2021, con las Diputaciones Forales de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa, para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Acuerdo de prórroga referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.- Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de prórroga por un período de dos cursos escolares adicionales, hasta el 30 de septiembre de 2025, del Convenio suscrito el 9 de febrero de 2021 con las Diputaciones Forales de Alava, Bizkaia y Gipuzkoa, para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2023.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 64/2023, DE 20 DE JUNIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO DE PRÓRROGA POR UN PERÍODO DE DOS CURSOS ESCOLARES ADICIONALES, HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2025, DEL CONVENIO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y LAS DIPUTACIONES FORALES DE ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA UNIDAD DIDÁCTICA COMÚN SOBRE ECONOMÍA Y FISCALIDAD EN LOS CENTROS ESCOLARES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI EN LOS CURSOS 2021-2022 Y 2022-2023, SUSCRITO EL 9 DE FEBRERO DE 2021.
INTERVIENEN:

D. Pedro María Azpiazu Uriarte, Consejero de Economía y Hacienda, actuando en nombre y representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante CAE).

Dña. Itziar Gonzalo de Zuazo, Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Álava.

D. José María Iruarrizaga Artaraz, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Bizkaia.

D. Jokin Perona Lerchundi, Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, actuando en nombre y representación de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Actuando todos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose facultades para la suscripción del presente Acuerdo y en tal sentido,

EXPONEN:

Primero.- Que con fecha 9 de febrero de 2021 se suscribió el Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023.

Segundo.- Que el objeto del referido Convenio, según se expresa en su Cláusula Primera es «definir las actuaciones dirigidas a la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad entre el alumnado que curse estudios incluidos en la formación reglada del sistema educativo vasco, a impartir en 4.º curso de la ESO, Bachillerato o Formación Profesional, a elección de cada centro educativo, con el fin de promover una mayor concienciación fiscal entre el colectivo estudiantil».

Asimismo, la referida Cláusula Primera, dispone en su párrafo segundo que «Entre tales actuaciones se incluyen las relativas a la adjudicación y gestión de un contrato de servicios para la implantación de dicha unidad didáctica durante los cursos 2021-2022 y 2022-2023, así como la determinación de los criterios de financiación del mencionado contrato por parte de la Administración de la CAE, Diputación Foral de Álava, Diputación Foral de Bizkaia y Diputación Foral de Gipuzkoa».

Tercero.- Que la Cláusula Octava del precitado Convenio, prevé la posibilidad de prorrogar el Convenio por acuerdo unánime de las Administraciones Públicas firmantes, por un período de dos cursos escolares adicionales hasta el 30 de septiembre de 2025 incluido, previa actualización de los términos de la cláusula cuarta, y acreditación de la consignación presupuestaria suficiente.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Segunda del Convenio, se encomendó a la Administración general de la CAE la contratación de los servicios a los que hace referencia el segundo párrafo de la Cláusula Primera. El contrato se formalizó en fecha 15-06-2021 y se encuentra en ejecución hasta el 31-07-2023. El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de dicho contrato, en su apartado 6.4 de cláusulas específicas, establece lo siguiente:

«El contrato podrá ser prorrogado para los cursos 2023-2024 y 2024-2025, si se procede a la prórroga del Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023, conforme a lo previsto en la cláusula octava del mismo».

Quinto.- Que la Comisión de Seguimiento y Valoración del Convenio, prevista en su Cláusula Quinta, en ejercicio de una de las funciones que tiene encomendadas, ha propuesto «la prórroga a la que se refiere la cláusula Octava y la actualización, para los ejercicios presupuestarios afectados por la prórroga, de la distribución del coste del contrato conforme a los criterios establecidos en la cláusula Cuarta».

Dada la experiencia satisfactoria constatada durante la vigencia del Convenio y, vista la propuesta de prórroga formulada por la Comisión de Seguimiento y Valoración del Convenio, las partes intervinientes suscriben el presente Acuerdo de Prórroga, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- 1.- Se prorroga, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2025, el Convenio entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2021-2022 y 2022-2023, suscrito el 9 de febrero de 2021.

2.- En base a lo anterior, la Administración general de la CAE procederá a activar la prórroga del contrato de servicios en vigor. A tales efectos, el órgano de contratación adoptará el correspondiente acuerdo y dirigirá a la empresa contratista el preaviso en plazo a que se refiere el artículo 29.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del Sector Público.

Segunda.- La Cláusula Cuarta del Convenio prorrogado, queda actualizada en los siguientes términos:

Cuarta.- Financiación del contrato.

1.- La distribución del coste de implantación de la unidad didáctica se realizará del siguiente modo:

a) Costes fijos derivados de los servicios de implantación de la unidad didáctica.

I.- Memorias e informes: memoria diseño definitivo, metodología y planificación, memorias informativas y memoria final.

II.- Material didáctico y plataforma multifuncional.

III.- Otros cuyo coste no esté en función directa del número de centros escolares en que se implante el programa.

Administración de la CAE: 50 %

Diputaciones Forales: 50 % restante, distribuido conforme a los coeficientes horizontales regulados en la normativa de Metodología de Distribución de Recursos y de Determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la Financiación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que estén vigentes al inicio del primer curso al que resulta de aplicación la prórroga del presente Convenio, es decir, para el curso 2023-2024:

(Véase el .PDF)

b) Costes de implantación del programa determinados a partir de un importe unitario por centro educativo que podrá modularse en función de los itinerarios formativos elegidos:

Administración de la CAE: 50 % del coste correspondiente a la implantación en todos los centros de la CAE en los que se imparta el programa.

Diputaciones Forales: cada Diputación Foral el 50 % del coste de implantación en los centros de su correspondiente Territorio Histórico.

2.- El escenario de referencia para fijar el coste máximo en el expediente de contratación es el derivado de los siguientes objetivos de grado de implantación, a alcanzar en cada uno de los dos cursos de vigencia de la prórroga del programa:

(Véase el .PDF)

En consecuencia, el compromiso económico máximo asumido por las instituciones partícipes es el siguiente:

(Véase el .PDF)

3.- Dicho importe será financiado por cada una de las administraciones firmantes de este convenio, con cargo a los siguientes programas y partidas presupuestarias:

(Véase el .PDF)

4.- Será la Administración contratante quien asumirá el abono de los costes derivados de la contratación, sin perjuicio de su posterior repercusión a las Diputaciones Forales. A estos efectos la Administración de la CAE remitirá a cada una de ellas copia de las facturas acreditativas, con indicación del importe que les corresponda, por cada curso escolar, tras lo cual estas procederán a transferir dicho importe a la cuenta de la Tesorería General del Gobierno Vasco antes del 1 de octubre de cada año.

Y en prueba de su total conformidad, D. Pedro María Azpiazu Uriarte, Dña. Itziar Gonzalo de Zuazo, D. José María Iruarrizaga Artaraz y D. Jokin Perona Lerchundi, en representación de cada una de las Administraciones Públicas intervinientes, firman electrónicamente este Convenio con efectos desde la fecha 18 de mayo de 2023.

Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

Diputación Foral de Álava,

ITZIAR GONZALO DE ZUAZO.

Diputación Foral de Bizkaia,

JOSÉ MARÍA IRUARRIZAGA ARTARAZ.

Diputación Foral de Gipuzkoa,

JOKIN PERONA LERCHUNDI.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
2146 {"title":"Departamento de gobernanza pública y autogobierno - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-125)","published_date":"2023-07-03","region":"paisvasco","region_text":"País Vasco","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-paisvasco","id":"2146"} paisvasco BOPV,BOPV 2023 nº 125,Departamento de gobernanza pública y autogobierno,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/paisvasco/boa/2023-07-03/2146-departamento-gobernanza-publica-autogobierno-otras-disposiciones-bopv-n-2023-125 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.