RESOLUCIÓN 207E/2024, de 11 de julio, del director general de Desarrollo Rural, por la que se modifica la resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a las asociaciones de productores agroalimentarios que realicen comercialización en canales cortos y asociaciones gestoras de espacios TEST agrarios en el año 2024, acogidas al régimen de minimis.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 207E/2024, de 11 de julio, del director general de Desarrollo Rural, por la que se modifica la resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a las asociaciones de productores agroalimentarios que realicen comercialización en canales cortos y asociaciones gestoras de espacios TEST agrarios en el año 2024, acogidas al régimen de minimis.

Por Resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a las asociaciones de productores agroalimentarios que realicen comercialización en canales cortos, y a las asociaciones gestoras de espacios TEST agrarios en el año 2024, acogidas al régimen de minimis.

Los destinatarios de estas ayudas son las entidades de carácter asociativo sin ánimo de lucro, incluidas las cooperativas agrarias que inviertan en su totalidad los beneficios resultantes de su actividad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

En el momento de verificar si estas entidades cumplen los requisitos para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones se constata que, a diferencia de las asociaciones, para las que se requiere su constitución con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación, y según el Decreto Foral 3/2023, de 25 de enero, por el que se regula el registro de las asociaciones de Navarra, en el supuesto de las cooperativas no se refleja ningún requisito para verificar su condición de beneficiarias.

Procede, por tanto, modificar la base tercera del anexo I de la Resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, en el sentido de detallar la forma de verificación que permita reconocer como personas beneficiarias de estas ayudas a las cooperativas que carezcan de fines lucrativos, y para las que será requisito suficiente que se encuentren registradas conforme a lo previsto en el Decreto Foral 112/1997, de 21 de abril, por el que se aprueban las normas reguladoras del régimen de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Navarra.

Visto el informe emitido por el Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Institucional Foral, y el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1. Modificar el punto 1 de la base tercera "requisitos de las beneficiarias" del anexo I de la Resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a las asociaciones de productores agroalimentarios que realicen comercialización en canales cortos y asociaciones gestoras de espacios TEST agrarios en el año 2024, acogidas al régimen de minimis, en la forma prevista en el anexo I de la presente resolución.

2. Publicar esta resolución y su anexo I en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Registrar la presente resolución de modificación de la Resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

4. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 11 de julio de 2024.-El director general de Desarrollo Rural, Rubén Goñi Urroz.

ANEXO I.-MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 201E/2024, DE 27 DE JUNIO, DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS ASOCIACIONES DE PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS QUE REALICEN COMERCIALIZACIÓN EN CANALES CORTOS Y ASOCIACIONES GESTORAS DE ESPACIOS TEST AGRARIOS EN EL AÑO 2024, ACOGIDAS AL RÉGIMEN DE MINIMIS

1. Se modifica la base tercera, punto 1, del anexo I de la resolución 201E/2024, de 27 de junio, del director general de Desarrollo Rural, relativa a requisitos de las beneficiarias, que queda redacta de la siguiente manera:

"1. Las asociaciones de productores agroalimentarios con comercialización en canales cortos, y las asociaciones gestoras de espacios TEST agrarios, deberán estar constituidas con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación, y según el Decreto Foral 3/2023, de 25 de enero, por el que se regula el registro de las asociaciones de Navarra. En el supuesto de las cooperativas agrarias será requisito suficiente que se encuentren registradas conforme a lo previsto en el Decreto Foral 112/1997, de 21 de abril, por el que se aprueban las normas reguladoras del régimen de organización y funcionamiento del registro de cooperativas de Navarra. La verificación de estas inscripciones registrales se realizará de oficio."

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