ORDEN FORAL 41E/2024, de 7 de junio, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Municipal de Lesaka, que afecta a la unidad de ejecución UE-23, promovida por el Ayuntamiento de Lesaka.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 41E/2024, de 7 de junio, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Municipal de Lesaka, que afecta a la unidad de ejecución UE-23, promovida por el Ayuntamiento de Lesaka.

El Ayuntamiento de Lesaka ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en la división de la unidad de ejecución UE-23 del Plan Municipal de Lesaka en dos unidades con la finalidad de definir un nuevo ámbito de actuación con un nuevo uso global.

Se plantea la reducción de la superficie de la unidad de ejecución UE-23 en 6.435,89 m² y el establecimiento de nuevas determinaciones estructurantes para la misma, configurándose con los suelos que se extraen un nuevo sector dotacional SD-10, que se corresponde con la nueva unidad, denominada UE-31, para la que, a su vez, se establecen determinaciones.

Con fecha 18 de septiembre de 2023, la Sección de Impacto Ambiental informa que "la modificación no se encuentra incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental."

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación del Plan Municipal de Lesaka, que afecta a la unidad de ejecución UE-23, promovida por el Ayuntamiento de Lesaka.

2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente, a la Sección de Cambio Climático, al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil, a la Sección de Registro, Bienes Muebles y Arqueología, a la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y a la Sección de Evaluación Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar esta orden foral al Ayuntamiento de Lesaka para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 7 de junio de 2024.-El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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