RESOLUCIÓN 224/2024, de 6 de junio, del director general de Educación, por la que se autoriza a la Ikastola Paz de Ziganda, al CIP ETI, al IESO Iñaki Ochoa de Olza DBHI y al IES Sarriguren BHI para compatibilizar los currículos de lenguas extranjeras y lengua vasca y literatura de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller y Formación Profesional, con los de Enseñanzas de Idiomas, todo ello bajo la coordinación de la Escuela Oficial de Idiomas a Distancia de Navarra (EOIDNA).

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 224/2024, de 6 de junio, del director general de Educación, por la que se autoriza a la Ikastola Paz de Ziganda, al CIP ETI, al IESO Iñaki Ochoa de Olza DBHI y al IES Sarriguren BHI para compatibilizar los currículos de lenguas extranjeras y lengua vasca y literatura de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller y Formación Profesional, con los de Enseñanzas de Idiomas, todo ello bajo la coordinación de la Escuela Oficial de Idiomas a Distancia de Navarra (EOIDNA).

Teniendo en cuenta el Decreto Foral 68/2018, de 29 de agosto, por el que se establece el currículo de los Niveles Básico, Intermedio y Avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y en base a los informes de la Dirección de EOIDNA y del Servicio de Inspección Educativa, el director del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas presenta informe favorable para que los centros Ikastola Paz de Ziganda, CIP ETI, IESO Iñaki Ochoa de Olza DBHI e IES Sarriguren BHI sean autorizados para compatibilizar los currículos de lenguas extranjeras y lengua vasca y literatura de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller y Formación Profesional, con los de Enseñanzas de Idiomas, todo ello bajo la coordinación de la Escuela Oficial de Idiomas a Distancia de Navarra (EOIDNA).

En virtud de las facultades conferidas en el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1. Autorizar a la Ikastola Paz de Ziganda, al CIP ETI, al IESO Iñaki Ochoa de Olza DBHI y al IES Sarriguren BHI para compatibilizar los currículos de lenguas extranjeras y lengua vasca y literatura de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller y Formación Profesional, con los de Enseñanzas de Idiomas, todo ello bajo la coordinación de la Escuela Oficial de Idiomas a Distancia de Navarra, a partir del curso 2024-2025.

2. Dichos centros se entenderán autorizados para impartir el idioma señalado en el anexo que acompaña a la presente resolución, compatibilizando su currículo de lenguas extranjeras y lengua vasca y literatura con el de las enseñanzas de idiomas, bajo la coordinación de la EOIDNA, conforme a la adecuación de niveles que se establezca en la normativa que apruebe para cada curso las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de la EOIDNA.

3. El alumnado de los centros autorizados se acogerá al programa de forma voluntaria y deberá matricularse tanto en los centros de Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller y Formación Profesional como en la EOIDNA, por lo que será evaluado de forma diferenciada en cada una de las enseñanzas que va a cursar.

4. Al alumnado que inicie este programa se le garantizará, por parte de los centros, la continuidad en el mismo hasta la finalización de los estudios correspondientes a las Enseñanzas de Idiomas, teniendo en cuenta la normativa vigente al respecto.

5. El Departamento de Educación podrá dar por finalizada la autorización a que se refiere el punto 1. de la presente resolución, en los siguientes supuestos:

-A petición razonada del centro educativo, y con informe emitido por el Servicio de Inspección Educativa y la EOIDNA.

-Cuando se detecten anomalías que aconsejen la finalización de la autorización, teniendo en cuenta para ello la evaluación realizada por la EOIDNA.

6. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

7. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

8. Trasladar la presente resolución al Servicio de Ordenación, Formación y Calidad, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas, al Servicio de Régimen Jurídico de Personal, a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Lenguas Extrajeras y a los centros afectados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de junio de 2024.-El director general de Educación, Gil Sevillano González.

ANEXO.-RELACIÓN DE CENTROS DE SECUNDARIA PARA LOS QUE SE APRUEBA LA COLABORACIÓN CON LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS A DISTANCIA DE NAVARRA (EOIDNA) PARA LA COMPATIBILIZACIÓN DE LOS CURRÍCULOS DE SECUNDARIA CON LOS DE EOI EN LOS IDIOMAS QUE SE INDICAN, A PARTIR DEL CURSO 2024-2025

-C.I.P. ETI (Tudela): inglés.

-Ikastola Paz de Ziganda (Villava): alemán.

-IESO Iñaki Ochoa de Olza DBHI: francés.

-IES Sarriguren BHI (Sarriguren): euskera.

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