ORDEN FORAL 52/2024, de 14 de junio, de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia a nivel de negociados.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 52/2024, de 14 de junio, de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia a nivel de negociados.

Mediante decreto foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

A su vez, mediante Decreto Foral 73/2023, de 30 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, y mediante Decreto Foral 254/2023, de 15 de noviembre, se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia hasta el nivel de Secciones.

Por ello, se hace preciso completar y adecuar la estructura y funciones del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia a nivel de Negociados.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

ORDENO:

CAPÍTULO I.-OBJETO Y ESTRUCTURA GENERAL

Artículo 1. Objeto.

Esta orden foral tiene por objeto el desarrollo de la estructura y funciones, a nivel de negociados, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

Artículo 2. Estructura de la Dirección General de Interior.

La Dirección General de Interior se estructura en los siguientes negociados y respectivas adscripciones:

En el Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad:

-Negociado de Gestión, Inscripción y Tramitación de Autorizaciones, adscrito a la Sección de Juego y Espectáculos Públicos.

-Negociado de Gestión y Coordinación de los Servicios de Traslado de Personal, adscrito a la Sección de Parque Móvil.

-Negociado de Seguridad Privada y Sistemas, adscrito a la Sección de Coordinación de Seguridad.

En el Servicio de Régimen Jurídico de Interior:

-Negociado de Gestión Administrativa, adscrito a dicho Servicio.

En el Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak:

-Negociado de Logística y de Equipos, adscrito a la Sección Técnica, de Logística y Equipos.

-Negociado de Gestión de Personal Operativo, adscrito a la Sección de Gestión Administrativa y de Personal.

En el Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil:

-Negociado de Voluntariado, adscrito a dicho Servicio.

-Negociado de Apoyo Administrativo y de Personal, adscrito a dicho Servicio.

-Negociado de Formación y Supervisión, adscrito a la Sección de SOS Navarra.

Artículo 3. Estructura de la Dirección General de Función Pública.

La Dirección General de Función Pública se estructura en los siguientes negociados y unidades, y respectivas adscripciones:

-Negociado de Apoyo Administrativo Transversal, adscrito a dicha Dirección General.

En el Servicio de Control de Gasto de Personal y Nóminas:

-Negociado de Seguridad Social, adscrito a la Sección de Nóminas y Seguridad Social.

En el Servicio de Gestión de Procedimientos de Personal:

-Unidad de Coordinación Jurídica de los Procesos Selectivos, adscrita a la Sección de Procesos Selectivos, Provisión de Puestos y Situaciones Administrativas.

-Unidad de Coordinación Administrativa de los Procesos Selectivos, adscrita a la Sección de Procesos Selectivos, Provisión de Puestos y Situaciones Administrativas.

En el Servicio de Régimen Jurídico y Previsión Social:

-Negociado de Asistencia Administrativa, adscrito a dicho Servicio.

-Unidad de Coordinación de Procesos Judiciales, adscrita a la Sección de Régimen Jurídico.

En el Servicio de Desarrollo Normativo y Relaciones Laborales:

-Unidad de Coordinación y Análisis Normativo, adscrita a dicho Servicio.

En el Servicio de Estructura, Plantilla y Contratación Temporal de Personal:

-Negociado de Ordenación de Puestos de Trabajo, adscrito a la Sección de Ordenación de Estructura, Plantilla y Retribuciones de Personal.

En el Servicio del Instituto Navarro de Administración Pública:

-Negociado de Servicios Auxiliares, adscrito a dicho Servicio.

-Negociado de Coordinación y Evaluación Formativa, adscrito a la Sección de Formación y Desarrollo.

-Negociado de Formación de Idiomas Comunitarios, adscrito a la Sección de Innovación e Idiomas.

En la Sección de Modernización de la Administración y Planificación de Puestos y Estructura:

-Negociado de Información de Unidades y Estructura, adscrito a dicha Sección.

Artículo 4. Estructura de la Dirección General de Justicia.

La Dirección General de Justicia se estructura en los siguientes negociados y respectivas adscripciones:

En el Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal:

-El Negociado de Personal y Registro, adscrito a la Sección de Relaciones Laborales y Gestión de Personal de la Administración de Justicia.

-El Negociado de Acreditaciones y Atención Ciudadana, adscrito a la Sección de Oficina Judicial y Fiscal.

En el Servicio de Infraestructuras Judiciales:

-El Negociado de Archivo Judicial, adscrito a la Sección de Proyectos y Sistemas Informáticos.

-El Negociado de Aprovisionamiento, adscrito a la Sección de Inmuebles.

-El Negociado de Mantenimiento, adscrito a la Sección de Inmuebles.

En el Servicio Social de Justicia:

-El Negociado de Justicia Gratuita, adscrito a dicho Servicio.

-El Negociado de Asistencia y Gestión Administrativa, adscrito a dicho Servicio.

-El Negociado de Trabajo Social Forense, adscrito a dicho Servicio.

-El Negociado de Psicología Forense, adscrito a dicho Servicio.

En el Servicio de Reinserción, Mediación y Justicia Restaurativa:

-El Negociado de Mediación y Justicia Restaurativa, adscrito a la Sección de Mediación y Justicia Restaurativa.

Artículo 5. Estructura del Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria.

El Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria se estructura en los siguientes negociados y respectivas adscripciones:

-El Negociado de Centro Contable de Interior, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria.

-El Negociado de Centro Contable, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria.

-El Negociado de Centro Contable de Bomberos y Protección Civil y Emergencias, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria.

Artículo 6. Estructura de la Secretaría General Técnica.

La Secretaría General Técnica se estructura en los siguientes negociados y respectivas adscripciones:

-El Negociado de Gestión Administrativa, adscrito a la Sección de Régimen Administrativo y de Personal.

CAPÍTULO II.-DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR

SECCIÓN 1.ª-SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS DE SEGURIDAD

Artículo 7. Negociado de Gestión, Inscripción y Tramitación de Autorizaciones.

El Negociado de Gestión, Inscripción y Tramitación de Autorizaciones, adscrito a la Sección de Juego y Espectáculos Públicos, ejercerá las siguientes funciones:

a) El apoyo administrativo a la jefatura de la Sección.

b) Impulso y apoyo a la gestión de la tramitación autorizaciones, registros y acreditaciones en la materia de su competencia.

c) El depósito de toda la documentación preceptiva vinculada a los trámites de autorización e inscripción.

d) La potenciación de la simplificación administrativa, revisando periódicamente la adecuación de los procedimientos.

e) La canalización de las necesidades de los recursos humanos y materiales del negociado.

f) Colaborar en la formación del personal en las materias de su competencia.

g) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

Artículo 8. Negociado de Gestión y Coordinación de los Servicios de Traslado de Personal.

El Negociado de Gestión y Coordinación de los Servicios de Traslado de Personal, adscrito a la Sección de Parque Móvil, ejercerá las siguientes funciones:

a) La gestión de los turnos y horario de los conductores o conductoras adscritas a la Sección de Parque Móvil.

b) La gestión de vacaciones de las personas auxiliares de mantenimiento de vehículos adscritos a la Sección de Parque Móvil.

c) El estudio y establecimiento del catálogo de servicios de transporte a ofertar al personal al servicio de la Administración.

d) El mantenimiento de un sistema de explotación de la información referente a los datos de uso de los vehículos adscritos al Parque Móvil.

e) El registro, estudio y distribución de los servicios de transporte solicitados.

f) El registro, control y coordinación de los servicios de transporte prestados.

g) La organización y asignación de vehículo y conductor o conductora para cada servicio solicitado.

h) La información y propuesta de cambios o mejoras, garantizando la calidad de los servicios.

i) El estudio, análisis y explotación de los datos registrados para determinar los costos de los servicios de traslados solicitados al parque Móvil.

j) El registro, seguimiento y control de los seguros de los vehículos, maquinaria y equipos auxiliares.

k) El mantenimiento de las altas y bajas del personal y de vehículos en la aplicación de Parque Móvil.

l) El registro y control de las multas impuestas a los vehículos de la flota del Gobierno de Navarra.

m) El registro y control de los gastos en pernoctaciones y en restaurantes de los conductores o conductoras del Parque Móvil.

n) La reserva de habitaciones de hotel para los conductores o conductoras.

o) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

Artículo 9. Negociado de Seguridad Privada y Sistemas.

El Negociado de Seguridad Privada y Sistemas, adscrito a la Sección de Coordinación de Seguridad, ejercerá las siguientes funciones:

a) El control administrativo y evaluación de la gestión centralizada de la contratación de servicios y sistemas de seguridad privada.

b) La elaboración de estudios y proyectos en materia de seguridad.

c) Elaboración y actualización del catálogo medidas de seguridad de los edificios con seguridad gestionada desde la Sección de Coordinación de Seguridad.

d) La contratación, inspección y seguimiento de servicios de vigilancia y seguridad.

e) La supervisión, coordinación, y control de los diferentes contratos de seguridad privada gestionados por la Sección.

f) La coordinación, asesoramiento, contratación y seguimiento de instalaciones de sistemas de seguridad.

g) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

SECCIÓN 2.ª-SERVICIO DE RÉGIMEN JURÍDICO DE INTERIOR

Artículo 10. Negociado de Gestión Administrativa.

El Negociado de Gestión Administrativa, adscrito al Servicio de Régimen Jurídico de Interior, ejercerá las siguientes funciones:

a) La tramitación, seguimiento, organización, mantenimiento, archivo y control de los archivos administrativos y de los expedientes en materias de la competencia del Servicio.

b) El apoyo administrativo a la Dirección del Servicio y colaboración con el resto de unidades orgánicas de la Dirección General de Interior.

c) La asistencia administrativa en la preparación de los asuntos a remitir a los órganos correspondientes de decisión.

d) La coordinación de las necesidades de aplicaciones y herramientas informáticas.

e) El mantenimiento, actualización y publicación de los contenidos del Servicio y acceso a portales y páginas, en materias propias del Servicio.

f) La coordinación del personal administrativo.

g) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

SECCIÓN 3.ª-SERVICIO DE BOMBEROS DE NAVARRA-NAFARROAKO SUHILTZAILEAK

Artículo 11. Negociado de Logística y de Equipos.

El Negociado de Logística y de Equipos, adscrito a la Sección Técnica, de Logística y Equipos, ejercerá las siguientes funciones:

a) La elaboración de condicionados técnicos, en el ámbito de material técnico y equipos, en coordinación con las otras secciones del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak.

b) La elaboración y actualización de especificaciones técnicas.

c) La propuesta de la uniformidad y equipamiento del personal operativo.

d) La recepción y elaboración de informes sobre necesidades de equipos, maquinaria, materiales, vestuario y equipamiento operativo en general.

e) El control de inventarios, de materiales, equipos y equipamiento operativo en general, así como el conocimiento del estado de los mismos.

f) La recopilación y actualización de normativa y disposiciones legales pertinentes, en el ámbito de su competencia.

g) La elaboración de estudios, informes y proyectos, en el ámbito que le compete.

h) La participación en la formación e implantación de métodos y procedimientos en el ámbito de su competencia.

i) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

Artículo 12. Negociado de Gestión de Personal Operativo.

El Negociado de Gestión de Personal Operativo, adscrito a la Sección de Gestión Administrativa y de Personal, ejercerá, en relación con el personal que ocupa puestos de trabajo de oficial, suboficial, sargento, cabo y bombero, las funciones siguientes:

a) El mantenimiento y actualización del registro de personal.

b) El control de las necesidades en materia de contratación de personal temporal por el procedimiento reglamentario establecido.

c) La gestión material y control de los elementos variables de nómina del personal.

d) La gestión material del control de presencias del personal.

e) La gestión y control de reconocimientos médicos del personal.

f) La tramitación de partes de bajas, confirmación de bajas y altas, que presente el personal en situación de incapacidad temporal, así como la tramitación de los partes de accidentes e incidentes laborales del mismo.

g) La colaboración en la realización de estudios especiales (memorias, estudios, etc.) dentro de su ámbito.

h) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

SECCIÓN 4.ª-SERVICIO DE EMERGENCIAS, PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CIVIL

Artículo 13. Negociado de Voluntariado.

El Negociado de Voluntariado, adscrito al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil, ejercerá las siguientes funciones:

a) La coordinación con organizaciones de voluntariado como Cruz Roja, DYA, Grupos de Perros de Salvamento, Grupo de Intervención Psicológica en Catástrofes, federaciones deportivas, agrupaciones municipales de protección civil y cualquier otra organización que pueda colaborar de forma voluntaria en tareas de Emergencias, Prevención y Protección Civil.

b) El asesoramiento técnico al sector público y privado en materia de voluntariado.

c) La preparación, gestión y seguimiento de los convenios con ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito de protección civil.

d) El seguimiento de las Cartas de Servicios y programas anuales de participación de entidades en la estructura de protección civil del Gobierno de Navarra.

e) La elaboración de los planes de formación de voluntariado y coordinación con los mismos.

f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas en relación con las actividades del Servicio.

Artículo 14. Negociado de Apoyo Administrativo y de Personal.

El Negociado de Apoyo Administrativo y de Personal, adscrito al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil, ejercerá las siguientes funciones:

a) La tramitación, seguimiento, organización, mantenimiento, archivo y control de los archivos administrativos y de los expedientes en materias de la competencia de la Dirección del Servicio.

b) La asistencia administrativa en la preparación de los asuntos a remitir a los órganos correspondientes de decisión.

c) La gestión, coordinación y control de las obras, compras, adquisiciones, aprovisionamiento y reposición de equipos e instalaciones y su mantenimiento, salvo aquellos cuya tramitación esté expresamente atribuida a otras unidades orgánicas.

d) El apoyo administrativo a la Dirección del Servicio y colaboración con el resto de unidades orgánicas de la Dirección General de Interior.

e) La tramitación ante el órgano de decisión que corresponda de los asuntos relativos al personal adscrito al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil, tales como mantenimiento y actualización del registro de personal, control de las necesidades en materia de contratación de personal temporal por el procedimiento reglamentario establecido, gestión material y control de los elementos variables de nómina del personal, gestión material del control de presencias del personal, gestión y control de reconocimientos médicos del personal, tramitación de partes de bajas, confirmación de bajas y altas que presente el personal en situación de incapacidad temporal, así como la tramitación de los partes de accidentes e incidentes laborales del mismo, salvo cuando estuvieran atribuidas a otra unidad.

f) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

Artículo 15. Negociado de Formación y Supervisión.

El Negociado de Formación y Supervisión, adscrito a la Sección de S.O.S. Navarra, ejercerá las siguientes funciones:

a) La supervisión de la formación continuada del personal adscrito al centro de gestión de emergencias.

b) La supervisión de la actividad de los operadores u operadoras y jefes de sala.

c) El mantenimiento y la elaboración de los protocolos de movilización de los recursos en urgencias y emergencias, así como los catálogos de recursos y, en general, de la información y bases de datos.

d) La colaboración con los servicios sanitarios en la planificación y gestión de emergencias en su componente sanitaria y en la elaboración de protocolos específicos de manejo de la urgencia vital.

e) El apoyo para el análisis funcional en la integración de sistemas de información de emergencias y su incorporación a redes nacionales e internacionales.

f) La coordinación interna para la elaboración de instrumentos de difusión y sensibilización, como pueden ser campañas, acciones formativas, etc.

g) La elaboración de partes de actividad, avisos, comunicados y actualización de información en los canales establecidos por las unidades centrales competentes (webs y redes sociales).

h) La elaboración y gestión de estadísticas.

i) La colaboración en la realización de estudios y memorias dentro del ámbito.

j) Aquellas otras que le atribuyan las disposiciones vigentes o que le sean encomendadas.

CAPÍTULO III.-DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA

SECCIÓN 1.ª-NEGOCIADO DE APOYO ADMINISTRATIVO TRANSVERSAL

Artículo 16. Negociado de Apoyo Administrativo Transversal.

El Negociado de Apoyo Administrativo Transversal, adscrito a la Dirección General de Función Pública, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión administrativa ordinaria, tramitación, seguimiento, organización, mantenimiento, archivo y control de la documentación administrativa y expedientes en materias de la competencia de la Dirección General.

b) Funciones de apoyo administrativo a la Dirección General.

c) Preparación de documentación para la firma de la Dirección General.

d) Gestión de las comunicaciones y del buzón electrónico de la Dirección General.

e) Apoyo administrativo a la Dirección General y colaboración con el resto de unidades orgánicas de la Dirección General de Función Pública.

f) Coordinación de las necesidades administrativas solicitada por diferentes unidades dependientes de la Dirección General.

g) Gestión de las diligencias precisas para el adecuado funcionamiento de los servicios administrativos de la Dirección General.

h) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

SECCIÓN 2.ª-SERVICIO DE CONTROL DE GASTO DE PERSONAL Y NÓMINAS

Artículo 17. Negociado de Seguridad Social.

El Negociado de Seguridad Social, adscrito a la Sección de Nóminas y Seguridad Social, ejercerá las siguientes funciones:

a) La coordinación de la gestión de la Seguridad Social de los distintos ámbitos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y el mantenimiento de las informaciones comunes necesarias para dicha gestión.

b) La canalización de todas las comunicaciones y relaciones de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con la Tesorería General de la Seguridad Social.

c) La gestión de la Seguridad Social del personal sujeto a dicho régimen de previsión social en el ámbito de la Dirección General de Función Pública.

d) La gestión de otros regímenes de previsión social, excepto el correspondiente al personal funcionario incluido en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en el ámbito de competencias de la Dirección General de Función Pública.

e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

SECCIÓN 3.ª-SERVICIO DE GESTIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE PERSONAL

Artículo 18. Unidad de Coordinación Jurídica de los Procesos Selectivos.

La Unidad de Coordinación Jurídica de los Procesos Selectivos, adscrita a la Sección de Procesos Selectivos, Provisión de Puestos y Situaciones Administrativas, ejercerá las siguientes funciones:

a) Elaboración de las convocatorias de ingreso y provisión en materia de personal que sean competencia de la Dirección General de Función Pública.

b) Tramitación de los procedimientos de ingreso y acceso en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

c) Coordinación jurídica en la gestión de los procedimientos de ingreso y acceso en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

d) Coordinación, seguimiento y asesoramiento jurídico de la actuación de los órganos de selección y valoración de sus actuaciones.

e) Ejecución de disposiciones normativas y actos administrativos sobre las materias de personal atribuidas a la Sección y determinación de los criterios de aplicación, en colaboración con otros órganos competentes.

f) Elaboración de informes jurídicos en las materias propias de los procesos selectivos atribuidos a la Sección.

g) Cualesquiera otras funciones jurídicas que le sean encomendadas, dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Artículo 19. Unidad de Coordinación Administrativa de los Procesos Selectivos.

La Unidad de Coordinación Administrativa de los Procesos Selectivos, adscrita a la Sección de Procesos Selectivos, Provisión de Puestos y Situaciones Administrativas, ejercerá las siguientes funciones:

a) Tramitación y coordinación de los expedientes administrativos de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

b) Coordinación, elaboración y actualización de los datos administrativos y documentación administrativa precisa para la gestión de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

c) Seguimiento, control y coordinación de toda la documentación elaborada por los órganos selectivos de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

d) Coordinación de la publicación de las actuaciones de los órganos selectivos y Resoluciones de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

e) Archivo de la documentación de los procedimientos selectivos que corresponden a la Dirección General de Función Pública.

f) Coordinación de los nombramientos de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

g) Coordinación, participación y ejecución de los proyectos de modernización electrónica y de las mejoras en la implantación de los sistemas de gestión de la información relativos a la tramitación de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

h) Gestión y mantenimiento de forma coordinada de los datos en los sistemas de información para la gestión de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

i) Gestión de la información y seguimiento de los datos de evaluación de resultados de los procedimientos de ingreso y provisión en materia de personal que correspondan a la Dirección General de Función Pública.

j) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

SECCIÓN 4.ª-SERVICIO DE RÉGIMEN JURÍDICO Y PREVISIÓN SOCIAL

Artículo 20. Negociado de Asistencia Administrativa.

El Negociado de Asistencia Administrativa, adscrito al Servicio de Régimen Jurídico y Previsión Social, ejercerá las siguientes funciones:

a) Asistencia administrativa en la tramitación de los expedientes de la Sección de Régimen Jurídico.

b) Asistencia administrativa en la tramitación de los expedientes de la Sección de Régimen de Incompatibilidades y Criterios de Personal.

c) Gestión administrativa de la comunicación con los órganos judiciales y órganos administrativos en expedientes competencia de la Sección de Régimen Jurídico y la Sección Régimen de Incompatibilidades y Criterios de Personal.

d) El control y archivo de la documentación relativa a los expedientes tramitados por la Sección de Régimen Jurídico y la Sección Régimen de Incompatibilidades y Criterios de Personal.

e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas para el adecuado cumplimiento de sus fines.

Artículo 21. Unidad de Coordinación de Procesos Judiciales.

La Unidad de Coordinación Procesos Judiciales, adscrita a la Sección de Régimen Jurídico, ejercerá las siguientes funciones:

a) Remisión de los expedientes administrativos correspondientes a los recursos que en materia de función pública se planteen ante los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, tras la preparación de la documentación correspondiente.

b) Realización de cuantos emplazamientos, notificaciones y publicaciones en diarios oficiales sean necesarias en los procedimientos judiciales señalados en la letra anterior.

c) Remisión de los contratos administrativos y expedientes de contratación, y en general de cuanta documentación sea requerida por parte de los Juzgados de lo Social en las demandas que se interponen ante dicha jurisdicción frente a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos por parte de las personas empleadas a su servicio en el ámbito de Administración Núcleo.

d) Tramitación de las solicitudes de prueba documental que efectúen los órganos judiciales tanto en relación con expedientes previamente remitidos por la Dirección General de Función Pública como con aquéllos en que, correspondiendo dicha remisión a otros órganos administrativos, sean requeridos por los juzgados y tribunales a la Dirección General de Función Pública.

e) Ejecución de las sentencias que, en materia de función pública, son dictadas por los órganos judiciales.

f) Tramitación de cuantos incidentes de ejecución se planteen durante o con ocasión del cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes en materia de función pública por parte de las personas interesadas.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

SECCIÓN 5.ª-SERVICIO DE DESARROLLO NORMATIVO Y RELACIONES LABORALES

Artículo 22. Unidad de Coordinación y Análisis Normativo.

La Unidad de Coordinación y Análisis Normativo, adscrita al Servicio de Desarrollo Normativo y Relaciones Laborales, ejercerá las siguientes funciones:

a) Funciones de apoyo al Servicio de Desarrollo Normativo y Relaciones Laborales.

b) Estudio comparado de normativa y jurisprudencia en materia de función pública.

c) Elaboración de informes-propuesta de textos normativos.

d) Preparación de documentación para sometimiento a negociación colectiva.

e) Cualquier otra función relacionada con el análisis y desarrollo normativo que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

SECCIÓN 6.ª-SERVICIO DE ESTRUCTURA, PLANTILLA Y CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAL

Artículo 23. Negociado de Ordenación de Puestos de Trabajo.

El Negociado de Ordenación de Puestos de Trabajo, adscrito a la Sección de Ordenación de Estructura, Plantilla y Retribuciones de Personal, ejercerá las siguientes funciones:

a) Tramitación de los Decretos Forales de plantilla orgánica.

b) Elaboración de los informes, estudios y proyectos relacionados con la creación, configuración y definición, incluido el análisis, definición y valoración de las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

c) Elaboración de los informes, cuando corresponda, de los expedientes de creación, modificación o supresión de unidades administrativas conforme a los requisitos y exigencias establecidos en la normativa vigente, incluyendo la elaboración de informes sobre propuestas relativas a la estructura orgánica.

d) Cualquier otra función que le sea encomendada dentro de su ámbito de actuación.

SECCIÓN 7.ª-SERVICIO DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Artículo 24. Negociado de Servicios Auxiliares.

El Negociado de Servicios Auxiliares, adscrito al Servicio del Instituto Navarro de Administración Pública, ejercerá las siguientes funciones:

a) La preparación de los locales para las actividades de formación, selección, actos institucionales y otros.

b) El control y distribución de los espacios y tiempos de uso de los locales.

c) El mantenimiento de los medios tecnológico-didácticos y la preparación de los mismos para las actividades de formación, reuniones, jornadas, etc.

d) La supervisión de la limpieza y mantenimiento de los locales.

e) El control de los materiales fungibles y proponer su adquisición.

f) La distribución y envío de folletos, informaciones y correspondencia del Instituto.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 25. Negociado de Coordinación y Evaluación Formativa.

El Negociado de Coordinación y Evaluación Formativa, adscrito a la Sección de Formación y Desarrollo, ejercerá las siguientes funciones:

a) La detección y análisis de las necesidades de formación del personal.

b) La supervisión de las acciones de las diferentes áreas formativas.

c) El análisis, valoración, organización y seguimiento de las acciones formativas a demanda de las diferentes unidades administrativas.

d) Efectuar la propuesta inicial de Planes de Formación Anual.

e) La evaluación de las distintas acciones que se realicen, entre otras las siguientes: estudio de la calidad y la adecuación de los programas, desarrollo de planes de mejora, estudio de mejora de los cuestionarios de satisfacción y de otros planes formativos.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 26. Negociado de Formación de Idiomas Comunitarios.

El Negociado de Formación de Idiomas Comunitarios, adscrito a la Sección de Innovación e Idiomas, ejercerá las siguientes funciones:

a) La organización de cursos de inglés, francés y alemán, generales y específicos, on line, de verano y otras actividades en idiomas.

b) La organización de formación en idiomas a demanda de las unidades.

c) El asesoramiento a las unidades administrativas sobre temas lingüísticos.

d) La valoración de certificados y realizar pruebas de idiomas.

e) La emisión de informes de valoración de requisitos lingüísticos de los puestos de trabajo.

f) La colaboración con los Departamentos en la planificación y desarrollo de las distintas experiencias formativas interregionales.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

SECCIÓN 8.ª-SECCIÓN DE MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE PUESTOS Y ESTRUCTURA

Artículo 27. Negociado de Información de Unidades y Estructura.

El Negociado de Información de Unidades y Estructura, adscrito a la Sección de Modernización de la Administración y Planificación de Puestos y Estructura, ejercerá las siguientes funciones:

a) Tramitación de la información funcional asociada a las unidades orgánicas.

b) Actualización del análisis funcional de unidades y validación de su clasificación en la organización con los cambios de nuevas estructuras.

c) Mantenimiento de la base de datos de las funciones realizadas por las unidades debidas a creación, modificación o eliminación de las mismas.

d) Realización de analítica e informes sobre las funciones y sectores de las unidades e incoherencias o posibles duplicidades de las mismas.

e) Implementación, en su caso, de la validación de funciones por parte de sus responsables para la validación de la clasificación por parte de la organización.

f) Despliegue, en su caso, de la definición de Funciones Boletín Oficial de Navarra de las unidades para la definición de cara a cambios normativos y su recogida por parte de las SGT para la definición de próximas estructuras.

g) Definición de análisis combinados, incluyendo la información disponible de unidades con otra información relevante en el ámbito de Función Pública.

h) Cualquier otra que le atribuyan las disposiciones en vigor o se le encomiende para el adecuado cumplimiento de sus fines.

CAPÍTULO IV.-DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

SECCIÓN 1.ª-SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS Y NUEVA OFICINA JUDICIAL Y FISCAL

Artículo 28. Negociado de Personal y Registro.

El Negociado de Personal y Registro, adscrito a la Sección de Relaciones Laborales y Gestión de Personal de la Administración de Justicia, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión ordinaria de los asuntos relativos al personal de la Administración de Justicia en Navarra, dentro de las competencias de la Dirección General de Justicia.

b) Colaboración en la tramitación de procedimientos administrativos relativos al personal de la Administración de Justicia en Navarra, cuya competencia corresponde a la Dirección General de Justicia.

c) Colaboración con el ministerio competente en materia de Justicia y con la Mutualidad General Judicial (Mugeju) en la tramitación de procedimientos administrativos de su competencia relativos al personal de la Administración de Justicia en Navarra.

d) Mantenimiento y actualización de las bases de datos relativas al personal de la Administración de Justicia en Navarra.

e) Mantenimiento y actualización de los expedientes, en soporte papel o digital, correspondientes al personal de la Administración de Justicia en Navarra.

f) Organización y supervisión de las funciones propias de la oficina de Registro en la Dirección General de Justicia.

g) Coordinación de las tareas de registro con el Registro General del Gobierno de Navarra.

h) Prestar apoyo administrativo a la implantación del nuevo modelo de organización judicial.

i) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 29. Negociado de Acreditaciones y Atención Ciudadana.

El Negociado de Acreditaciones y Atención Ciudadana, adscrito a la Sección de Oficina Judicial y Fiscal, ejercerá las siguientes funciones:

a) Atención ciudadana tanto presencial como telefónica.

b) Acreditación de las personas que acceden al Palacio de Justicia de Pamplona y escaneo de los documentos de identidad.

c) Recepción, reparto y clasificación del correo y paquetería de la Administración de Justicia, así como el envío de las facturas a la oficina de correos a través del programa GANES.

d) Recepción y reparto de papelería y librería de la Dirección General de Justicia y apoyo al Archivo Judicial en el reparto de expedientes a los órganos judiciales y fiscalía.

e) Colaboración en la petición por parte de los y las profesionales y del público en general, de información sobre los procedimientos judiciales.

f) Apertura de los accesos a las dependencias de los órganos judiciales.

g) Acompañamiento, si fuera necesario, a las personas que acceden al Palacio de Justicia de Pamplona.

h) Realización de las tareas de reprografía y colaboración con el personal de la Administración de Justicia para la confección de documentos.

i) Acompañamiento y atención en actos protocolarios.

j) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

SECCIÓN 2.ª-SERVICIO DE INFRAESTRUCTURAS JUDICIALES

Artículo 30. Negociado de Archivo Judicial.

El Negociado de Archivo Judicial, adscrito a la Sección de Proyectos y Sistemas Informáticos, ejercerá las siguientes funciones:

a) Supervisar las tareas de registro, archivo, custodia y conservación de documentación del Archivo Judicial.

b) Asegurar la localización, disponibilidad, acceso y préstamo o consulta de los expedientes a los órganos judiciales productores o a personas solicitantes autorizadas.

c) Colaborar con la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales de Navarra.

d) Colaborar en el desarrollo de la administración electrónica de los órganos judiciales en Navarra.

e) Colaborar en la implantación de los archivos digitales.

f) Realizar las tareas propias del servicio de préstamo del fondo bibliográfico y suscripción a boletines informativos, que se presta a los órganos judiciales y fiscalía.

g) Proponer y organizar acciones divulgativas o de formación sobre el archivo.

h) Realizar informes técnicos sobre las funciones del negociado.

i) Supervisar las tareas del personal adscrito a su ámbito.

j) Elaborar la memoria de actividades.

k) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 31. Negociado de Aprovisionamiento.

El Negociado de Aprovisionamiento, adscrito a la Sección de Inmuebles, ejercerá las funciones siguientes:

a) Canalización y control de todos los suministros de material fungible, mobiliario y ofimático de la Dirección General de Justicia y de la Administración de Justicia en Navarra con los órganos de adquisición centralizada de la Administración de la Comunidad Foral.

b) Gestión, seguimiento y control de la entrega del material suministrado.

c) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 32. Negociado de Mantenimiento.

El Negociado de Mantenimiento, adscrito a la Sección de Inmuebles, ejercerá las siguientes funciones:

a) Organización, coordinación y verificación de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones y maquinaria de los edificios adscritos a la Dirección General de Justicia, tanto las que se realicen con personal propio como las contratadas a empresas externas, incluyendo las actuaciones necesarias para garantizar la atención inmediata de las urgencias que se produzcan.

b) Supervisión y control de los trabajos realizados por el personal de servicios generales de los Palacios de Justicia de Tudela, Tafalla, Estella y Aoiz.

c) Tramitación y control de las adquisiciones que sean necesarias para realizar los trabajos de mantenimiento de los edificios e instalaciones adscritos a la Dirección General y recepción de los pedidos.

d) Colaboración con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en la implantación y supervisión de la planificación de la actividad preventiva de los juzgados y tribunales y de la Dirección General.

e) Apoyo al estudio de los proyectos de obras de construcción y reforma, en coordinación con la Sección de Inmuebles, y colaboración con el personal de la Sección en el seguimiento de las obras contratadas.

f) Control y coordinación en colaboración con el personal del Servicio de Infraestructuras Tecnológicas, de los trabajos de telecomunicaciones, instalación y configuración de centralitas, altas y traslados de bocas de red, cableados de red informática y telefónica u otros, de los juzgados y tribunales y de la Dirección General.

g) Colaboración con la Sección de Inmuebles y el departamento con competencias en la materia, en el control de los contratos de limpieza de los edificios judiciales y de la Dirección General y compra de los materiales y vestuario necesarios del personal de limpieza propio.

h) Realización de traslados y montaje de mobiliario dentro de las dependencias de los inmuebles adscritos a la Dirección General de Justicia.

i) Apoyo al personal de soporte de salas de vista y de las empresas contratadas para el equipamiento y mantenimiento audiovisual de las salas de vista de los Palacios de Justicia de Navarra.

j) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

SECCIÓN 3.ª-SERVICIO SOCIAL DE JUSTICIA

Artículo 33. Negociado de Justicia Gratuita.

El Negociado de Justicia Gratuita, adscrito al Servicio Social de Justicia, ejercerá las siguientes funciones:

a) Apoyo administrativo a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Navarra.

b) Trasladar las resoluciones de concesión de justicia gratuita a las personas interesadas y a los órganos competentes.

c) Resolver sobre la facturación de los Colegios Profesionales afectados.

d) Asesorar a la ciudadanía y profesionales sobre las prestaciones de justicia.

e) Cuantas le sean encomendadas por el Servicio o la Dirección General.

Artículo 34. Negociado de Asistencia y Gestión Administrativa.

El Negociado de Asistencia y Gestión Administrativa, adscrito al Servicio Social de Justicia, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión, seguimiento y control de las solicitudes de servicios de interpretación y traducción que se solicitan desde los órganos judiciales de Navarra.

b) Información y orientación sobre designación de peritos judiciales.

c) Seguimiento, control y tratamiento administrativo de la facturación del Servicio Social de Justicia, excepto la relativa a Colegios Profesionales que participan en el procedimiento de Justicia Gratuita.

d) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 35. Negociado de Trabajo Social Forense.

El Negociado de Trabajo Social Forense, adscrito orgánicamente al Servicio Social de Justicia y funcionalmente al Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, ejercerá las siguientes funciones:

a) Dar soporte y apoyo técnico a la Administración de Justicia en materias propias del trabajo social, impulsando programas y recursos sociales.

b) Informar y orientar sobre derechos y recursos existentes.

c) Proporcionar asesoramiento especializado sobre problemas sociales.

d) Realizar labores de coordinación de medidas judiciales y servicios sociosanitarios con la población en situación de exclusión social.

e) Promover la cooperación social, prestando apoyo técnico en campañas de divulgación y sensibilización social y coordinando con el Departamento de Trabajo Social de la Universidad Pública de Navarra, la puesta en marcha del programa de prácticas de su alumnado en el ámbito de Justicia, así como su seguimiento y evaluación.

f) Emitir cuantos informes y pericias le sean encomendadas.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 36. Negociado de Psicología Forense.

El Negociado de Psicología Forense, adscrito orgánicamente al Servicio Social de Justicia y funcionalmente al Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses, ejercerá las siguientes funciones:

a) Realización de informes periciales y exploraciones judiciales a instancia de los órganos judiciales.

b) Coordinación y realización de las pruebas preconstituidas que se soliciten por los órganos judiciales.

c) Seguimiento de los casos derivados por Sentencia.

d) Coordinación con la Sección de Atención a las Víctimas del Delito.

e) Coordinación con los Servicios y Unidades del Instituto Navarro de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

f) Elaboración de estadísticas y de la memoria anual.

g) Cuantas otras le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Justicia en materias de su competencia.

SECCIÓN 4.ª-SERVICIO DE REINSERCIÓN, MEDIACIÓN Y JUSTICIA RESTAURATIVA

Artículo 37. Negociado de Mediación y Justicia Restaurativa.

El Negociado de Mediación y Justicia Restaurativa, adscrito a la Sección de Mediación y Justicia Restaurativa, ejercerá las siguientes funciones:

a) Atender las derivaciones de los Juzgados y de otras instituciones de mediación, al servicio de justicia restaurativa y a cualesquiera métodos alternativos de resolución de conflictos que se dispongan.

b) Poner a disposición de las instituciones de mediación y de los servicios de justicia restaurativa la documentación necesaria para comenzar el proceso.

c) Realizar las estadísticas de seguimiento de mediación y otros procesos restaurativos, por jurisdicciones y con arreglo a los indicadores del Consejo General del Poder Judicial y los que disponga el Servicio de Reinserción, Mediación y Justicia Restaurativa.

d) Informar a los y las profesionales y ciudadanía sobre el recurso de la mediación y otros procesos restaurativos en el ámbito de Justicia, así como acerca de las prácticas restaurativas comunitarias.

e) Tramitar las solicitudes y actualizaciones del Registro de Mediación de Navarra y del Sello de Calidad.

f) Facilitar apoyo administrativo a las acciones investigadoras, formativas y divulgativas en relación a la justicia restaurativa, la mediación y las prácticas restaurativas.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

CAPÍTULO V.-SERVICIO DE GESTIÓN ECONÓMICA Y PRESUPUESTARIA

Artículo 38. Negociado de Centro Contable de Interior.

El Negociado de Centro Contable de Interior, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria, ejercerá las siguientes funciones:

a) Contabilización general y presupuestaria de ingresos y gastos de la Dirección General de Interior excepto del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak y del Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil.

b) Revisión y publicación de gastos de menor cuantía en el portal de contratación.

c) Elaboración de informes del cierre presupuestario y apertura del siguiente.

d) Preparación de documentación relativa al control posterior de expedientes de gasto para la correspondiente auditoría y resolución de consultas al respecto.

e) Archivo de los expedientes contables asegurando su trazabilidad y cumplimiento de la normativa específica.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 39. Negociado de Centro contable.

El Negociado de Centro Contable, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria, ejercerá las siguientes funciones:

a) Contabilización general y presupuestaria de ingresos y gastos de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Justicia.

b) Revisión y publicación de gastos de menor cuantía en el portal de contratación.

c) Elaboración de informes del cierre presupuestario y apertura del siguiente.

d) Preparación de documentación relativa al control posterior de expedientes de gasto para la correspondiente auditoría y resolución de consultas al respecto.

e) Archivo de los expedientes contables asegurando su trazabilidad y cumplimiento de la normativa específica.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Artículo 40. Negociado de Centro Contable de Bomberos y Protección Civil y Emergencias.

El Negociado de Centro Contable de Bomberos y Protección Civil y Emergencias, adscrito a la Sección de Gestión Presupuestaria, ejercerá las siguientes funciones:

a) Contabilización general y presupuestaria de ingresos y gastos del Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaileak y del Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil.

b) Revisión y publicación de gastos de menor cuantía en el portal de contratación.

c) Elaboración de informes del cierre presupuestario y apertura del siguiente.

d) Preparación de documentación relativa al control posterior de expedientes de gasto para la correspondiente auditoría y resolución de consultas al respecto.

e) Archivo de los expedientes contables asegurando su trazabilidad y cumplimiento de la normativa específica.

f) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

CAPÍTULO VI.-SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

Artículo 41. Negociado de Gestión Administrativa.

El Negociado de Gestión Administrativa, adscrito a la Sección de Régimen Administrativo y de Personal, ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión administrativa ordinaria, tramitación, seguimiento, organización, mantenimiento, archivo y control de la documentación administrativa y expedientes en materias de la competencia de la Secretaría General Técnica.

b) La asistencia administrativa en el ejercicio de las funciones previstas en el artículo 6 del Decreto Foral 29/2005, de 21 de febrero, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Apoyo administrativo a la Sección de Régimen Jurídico y a la Sección de Régimen Administrativo y de Personal.

d) Compras de material fungible, mobiliario y ofimático con los órganos de adquisición centralizada de la Administración de la Comunidad Foral. Gestión; seguimiento y control de la entrega del material suministrado.

e) Canalizar administrativamente dentro del respectivo Departamento las preguntas y solicitudes de información de los y las parlamentarias forales que se les remitan por la unidad encargada de su tramitación institucional, así como las quejas y recomendaciones remitidas desde el Defensor del Pueblo.

f) La participación ciudadana, conforme a la Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática de Navarra.

g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas.

Disposición adicional primera.-Nombramientos.

1. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos de las jefaturas de negociado y Unidades de Coordinación que mantienen su denominación en la estructura establecida en esta orden foral.

2. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

En la Dirección General de Justicia:

-El del jefe del Negociado de Personal y Oficina Judicial, que cambia su denominación por la de jefe del Negociado de Personal y Registro.

-El de la jefa del Negociado de Información y Atención Ciudadana, que cambia su denominación por la de jefa del Negociado de Acreditaciones y Atención Ciudadana.

En el Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria:

-El de la jefa del Negociado de Gestión Económica y Contable de Interior, que cambia su denominación por la de jefa del Negociado de Centro Contable de Interior.

-El de la jefa del Negociado de Gestión Económica y Contable de Bomberos y Protección Civil y Emergencias, que cambia su denominación por la de jefa del Negociado de Centro Contable de Bomberos y Protección Civil y Emergencias.

En la Secretaría General Técnica:

-El de la jefa del Negociado de Gestión de Personal, que cambia su denominación por la de jefa del Negociado de Gestión Administrativa.

Disposición adicional segunda.-Supresión de negociados.

1. Se suprime el siguientes Negociado de la Dirección General de Interior:

-Negociado de Sistemas y Comunicación, adscrito a la Sección de Planificación y Coordinación de Emergencias y Sistemas de Comunicaciones.

Disposición adicional tercera.-Creación de Negociados y Unidades.

1. Se crea el siguiente Negociado en la Dirección General de Interior.

-Negociado de Gestión, Inscripción y Tramitación de Autorizaciones, adscrito a la Sección de Juego y Espectáculos Públicos.

2. Se crean los siguientes Negociados y Unidades en la Dirección General de Función Pública:

-Negociado de Apoyo Administrativo Transversal, adscrito directamente a la Direccion General.

-Negociado de Asistencia Administrativa, adscrito al Servicio de Régimen Jurídico y Previsión Social.

-Unidad de Coordinación y Análisis Normativo, adscrita al Servicio de Desarrollo Normativo y Relaciones Laborales.

-Negociado de Ordenación de Puestos de Trabajo, adscrito a la Sección de Ordenación de Estructura, Plantilla y Retribuciones de Personal.

-Negociado de Información de Unidades y Estructura, adscrito a la Sección de Modernización de la Administración y Planificación de Puestos y Estructura.

Disposición derogatoria única.-Derogaciones normativas.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden foral y, en especial, la Orden Foral 88/2021, de 21 de mayo, del consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior a nivel de Negociados, y la Orden Foral 5/2020, de 6 de marzo, del consejero de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia a nivel de Negociados.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 14 de junio de 2024.-La consejera de Interior, Función Pública y Justicia, Amparo López Antelo.

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