Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por los servicios de la recogida de residuos domésticos y comerciales y demás actividades prestadas por dicho servicio
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE LA COMARCA DE SANGÜESA
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por los servicios de la recogida de residuos domésticos y comerciales y demás actividades prestadas por dicho servicio
La Asamblea General de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa, en sesión ordinaria celebrada el 10 de abril de 2024 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por los servicios de la recogida de residuos domésticos y comerciales y demás actividades prestadas por dicho servicio. El acuerdo quedó publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 83, de 23 de abril de 2024, sometiéndose a información pública por término de treinta días hábiles.
Sin que conste la presentación de reclamaciones, reparos u observaciones, se procede a la aprobación definitiva de las citadas modificaciones.
Sangüesa, 6 de junio de 2024.-La presidenta, Marta Tiebas Lacasa.
TASA RECOGIDA RESIDUOS DOMÉSTICOS Y COMERCIALES AÑO 2024
TARIFA
HECHO IMPONIBLE
ESPECIFIDAD
EUROS/SEMESTRE
1
DOMICILIARIA
58,23
2
COMERCIALES Y DE SERVICIOS (excepto tienda de alimentación y bares, restaurantes, hoteles...)
< 75 m²
75,74
75-125 m²
100,99
> 125 m²
126,24
3
TIENDAS DE ALIMENTACIÓN
< 50m²
101,35
50-75 m²
146,24
75-100 m²
194,98
100-200 m²
243,71
200-300 m²
292,46
> 300 m²
389,95
4
SANITARIAS
Ambulatorio
202,36
Centro de Salud
50,50
5
INDUSTRIALES (asimilables a doméstico) Y GASOLINERAS
< 75 m²
135,45
75-125 m²
180,60
> 125 m²
225,75
6
ENSEÑANZA Y ASILOS (establecimientos públicos y privados)
< 25 personas
72,24
25-50 personas
144,48
51-100 personas
216,71
101-200 personas
288,95
> 200 personas
361,18
7
HOSTELERÍA, HOTELES, CAMPINGS, SOCIEDADES GASTRONÓMICAS, PISCINAS...
< 50m²
162,55
50-100 m²
216,73
100-200 m²
270,91
200-300 m²
325,09
> 300 m²
433,45
8
ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y OFICINAS PÚBLICAS (no incluidas en otras tarifas) y CLUBES SOCIALES
142,99
9
AYUNTAMIENTOS (oficinas generales)
Sin empleados a jornada completa
51,19
1-5 empleados a jornada completa
102,38
> 5 empleados a jornada completa
153,10
10
INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS (que por su particular situación y características generan gran cantidad de residuos)
722,43
11
CASOS ESPECIALES (cuando se realiza recogida y no entra en ninguno de los epígrafes será la Asamblea quien ponga una tarifa singular en cada caso)
Zona Javier
1.861,94
12
SERVICIO DE HOSPEDAJE EN CASAS RURALES
< 125 m²
99,84
125-200 m²
124,80
> 200 m²
149,78
Código del anuncio: L2409175