Concesión de licencia de actividad. Restaurante

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Concesión de licencia de actividad. Restaurante

La Concejalía Delegada de Gobierno Estratégico, Urbanismo, Vivienda y Agenda 2030 del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 22 de mayo de 2024, adoptó la siguiente resolución:

REV 22-MAY-24 (22/EV).

«Visto el expediente LIO / 2023 / 797, promovido por don Carlos Aznarez Lumbier en representación de Iqbal Mudassar, solicitando licencia de actividad clasificada y obras para adecuación de local para implantación de restaurante en calle Chapitela, número 16, planta baja, y vistos los Informes técnicos municipales,

HE RESUELTO:

Otorgar la licencia solicitada según proyecto presentado, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Los trabajos se ajustarán a lo solicitado. Se solicitará nueva licencia para cualquier otra obra complementaria. Los anexos presentados el 26/06/2023, 16/02/2024 y 04/04/2024, prevalecerán sobre la documentación anterior en caso de contradicción.

Si durante la realización de las obras fuera necesario ocupar terrenos de dominio público (aparte de la instalación de contenedor de residuos), deberá obtenerse previamente la correspondiente licencia.

El aforo de público del establecimiento se establece en 26 personas.

El local no dispondrá de salida de público al patio (artículo 89.2.4.1.b, Normativa Urbanística General, Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo). Para cumplir esta disposición se podrá optar por una de estas dos alternativas:

-Eliminar la salida prevista en los planos, modificando la carpintería del hueco de manera que no sea posible la salida al patio.

-Modificar la distribución en planta baja, de manera que la salida al patio no se produzca directamente desde el comedor, sino a través de otro espacio que no se utilice por el público.

El equipo de ambientación musical contará con un limitador-registrador musical que no pueda manipularse y que limite la emisión a un máximo de 75 dBA (artículo 9.B Ordenanza de actividades M.I.N.P. del Ayuntamiento de Pamplona, artículo 4.3 Decreto Foral 202/2002 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, y Disposición Final de la Modificación del P.E.P.R.I. del Casco Antiguo aprobada 03/11/2017).

Cuestiones señaladas en el informe de Inspección Alimentaria, de fecha 08/05/2024, que se transcriben:

-El acceso a la barra de apoyo no se realizará de manera exclusiva a través del espacio de cocina.

-Se le informa, que previo al inicio de la actividad, deberá proceder al registro de su establecimiento para la actividad de restaurante en el Registro Sanitario Autonómico de empresas alimentarias y alimentos. La información para tramitar correctamente dicho registro se encuentra en la página web: http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/6623/Registro-Sanitario-Autonomico-de-empresas-alimentarias-y-alimentos.

Para instalar cualquier rótulo deberá solicitarse la correspondiente licencia, ya que la instalación afectaría a la fachada, que es un elemento de interés de un edificio catalogado con el Grado 3 de protección en el Plan Municipal de Pamplona.

Se adjunta copia del informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona de fecha 11/04/2023 para que se cumplan las condiciones que en ellos figuran como condiciones de licencia.

Las presentes licencias no amparan la ejecución de zanjas en la vía pública. Las acometidas a los servicios de suministro no se realizarán de manera individual, y deben formar parte de las conexiones generales del edificio a las redes.

Se instalarán y mantendrán en todo momento las instalaciones y equipos de protección contra incendios previstos en el proyecto, los cuales cumplirán lo establecido en el Documento Básico DB SI - Seguridad en caso de incendio del Código Técnico de la Edificación, en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y en cualquier otra reglamentación específica que sea de aplicación.

Los bloques de iluminación de emergencia y las señales de evacuación no podrán ir empotrados en el techo, y se colocarán como mínimo 30 cm por debajo del mismo; en caso contrario, la posible acumulación de humos en caso de incendio no impedirá el cumplimiento de los niveles funcionales de servicio que se establecen en el apartado 2, sección SUA 4, DB SUA, C.T.E.

El aseo accesible contará con el equipamiento necesario, conforme a las condiciones establecidas en el anejo A, DB SUA, C.T.E.

Las instalaciones y la maquinaria cumplirán los requisitos establecidos por los reglamentos vigentes que específicamente las afectan.

Los condensados de aire acondicionado y extracción deben ser vertidos a la red de saneamiento.

Las instalaciones y la actividad cumplirán rigurosamente las condiciones de instalación, funcionamiento, niveles sonoros y vibraciones que se establecen en Real Decreto 1367/2007 que desarrolla la Ley del Ruido en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

Las instalaciones que lo precisen de acuerdo con la normativa vigente (gas, electricidad u otras) deberán contar con las preceptivas autorizaciones de los organismos competentes (Departamento competente en materia de industria del Gobierno de Navarra, u otros en su caso).

En las disposiciones que sean de aplicación, se cumplirá con lo establecido en la Ley Foral 31/2022, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos.

Durante las obras se adoptarán las medidas oportunas para garantizar la seguridad de trabajadores, usuarios del edificio y viandantes, según la normativa vigente.

Durante la ejecución de las obras se cumplirán los límites de ruido previstos en la normativa vigente. Las emisiones de polvo estarán totalmente controladas y se adoptarán las medidas oportunas para impedir su expansión.

El plazo máximo para iniciar las obras es de 6 meses contados a partir de la notificación de la presente resolución. Las obras deberán estar finalizadas en el plazo máximo de 8 meses una vez iniciadas las mismas. Las presentes licencias se declararán caducadas si en el transcurso de dichos plazos no se hubieran empezado o no se hubieran terminado las obras.

Una vez finalizadas las obras se debe presentar declaración responsable de puesta en marcha de actividad clasificada y comunicación de fin de obra, para lo cual se presentará impreso de "Utilización, apertura y finalización de obras" que encontrará en nuestras dependencias avenida del Ejército, 2-5.º o en la página web www.pamplona.es acompañado de la documentación que en dicho impreso se establece, incluyendo certificado fin de obra, según modelo facilitado en los mismos lugares que la solicitud».

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en aplicación de lo dispuesto en el artículo 53.3 del Decreto Foral 26/2022, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

Pamplona, 6 de junio de 2024.-El alcalde, Joseba Asiron Saez.

Código del anuncio: L2409173

"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
272839 {"title":"Concesión de licencia de actividad. Restaurante","published_date":"2024-06-18","region":"navarra","region_text":"Navarra","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-navarra","id":"272839"} navarra ,administración local,BON,BON 2024 nº 125 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/navarra/boa/2024-06-18/272839-concesion-licencia-actividad-restaurante https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.