Delegación de atribuciones en alcaldía, concejalías delegadas y direcciones

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Delegación de atribuciones en alcaldía, concejalías delegadas y direcciones

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 22 de enero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

JOB 22-ENE-24 (22/AL).

«De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local,

SE ACUERDA:

Primero.-Aprobar las siguientes delegaciones de atribuciones a favor del alcalde y de los concejales y las concejalas que ostenten las Concejalías Delegadas, respecto de las competencias detalladas a continuación y que se ejercerán atendiendo a las materias atribuidas en cada caso por el Decreto de Organización Municipal vigente:

A) La concesión de licencias, que la legislación sectorial no atribuya a otro órgano municipal.

B) La potestad sancionadora, salvo que por ley esté atribuida a otro órgano, por las infracciones a las normativas en las materias y funciones de sus respectivos ámbitos de delegación.

Esta competencia delegada incluirá la facultad de resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las resoluciones dictadas en ejercicio de la misma, así como la aprobación de los informes jurídicos que se adjunten a los expedientes administrativos, con motivo de los recursos de alzada que puedan interponerse ante el Tribunal Administrativo de Navarra contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de la citada competencia delegada.

En los expedientes en cuya tramitación intervengan diversas Áreas, las personas designadas Concejalas Delegadas dispondrán de potestad sancionadora y de adopción de resoluciones en las materias que tengan atribuidas por delegación, aunque no sea la competencia principal.

C) Las contrataciones y adquisiciones de toda clase, con inclusión de las que tengan carácter plurianual, cuando su importe sea igual o inferior a 30.000,00 euros (IVA excluido)/año, así como las modificaciones en materia de contratación que se produzcan en aquellos contratos originariamente adjudicados por resolución de Alcaldía o de Concejalías Delegadas, cuya cuantía, sumada al precio de adjudicación, sobrepase la cifra de 30.000,00 euros (IVA excluido), siempre que la cuantía total de dichas modificaciones no exceda del 20% del precio de adjudicación.

D) La formalización y firma de los contratos.

E) El desarrollo de la gestión económica en las materias delegadas.

F) La autorización y disposición de los gastos que tengan delegados conforme a los apartados anteriores en cuantía igual o inferior a 30.000,00 euros (IVA excluido).

G) La aprobación de los planes de seguridad y salud de las obras gestionadas por sus respectivas áreas en el ámbito de su competencia.

H) La aprobación de los informes jurídicos que se adjunten a los expedientes administrativos, con motivo de los recursos de alzada que puedan interponerse ante el Tribunal Administrativo de Navarra contra los actos administrativos dictados en las materias objeto de delegación, así como resolver los recursos de reposición que se interpongan contra resoluciones dictadas en las materias objeto de delegación.

2.2. Delegar en la concejala delegada de Hacienda y Contratación Pública Responsable y Recursos Humanos las siguientes competencias:

-Las atribuciones de gestión del patrimonio que no hayan sido delegadas en otros órganos.

-La constitución, cancelación y justificación de los anticipos de caja fija.

2.3. Delegar en el concejal delegado de Gobierno Estratégico, Urbanismo, Vivienda y Agenda 2030 las siguientes competencias:

-La adopción de las resoluciones que procedan en relación con los contratos de arrendamiento a celebrar en ejecución de la "Ordenanza municipal de ayudas a la rehabilitación integral del casco antiguo y fachadas de la ciudad", incluida la facultad de firmar dichos contratos.

-La gestión de cuotas de urbanización, así como la autorización y disposición de gasto asociado a las mismas cuyo importe no exceda de 30.000,00 euros (IVA excluido).

2.4. Delegar en el concejal delegado de Ciudad Habitable y Sostenible la siguiente competencia:

-La aprobación de los cambios de titularidad en el uso de los estacionamientos para vehículos automóviles de titularidad municipal.

Segundo.-Aprobar las siguientes delegaciones de atribuciones a favor de los Directores y Directoras que se relacionan, respecto de las competencias detalladas a continuación y que se ejercerán atendiendo a las materias atribuidas en cada caso por el Decreto de Organización Municipal vigente:

2.1. Con carácter general, delegar en el director de Hacienda y Contratación Pública Responsable, en el director de Recursos Humanos, en la directora de la Asesoría Jurídica, en la directora del Gabinete de Alcaldía y en el director de Comunicación Institucional y Transparencia, la siguiente competencia:

-En relación con las materias objeto de delegación, la aprobación de los informes jurídicos que se adjunten a los expedientes administrativos, con motivo de los recursos de alzada que puedan interponerse ante el Tribunal Administrativo de Navarra, así como la resolución de los recursos de reposición.

2.2. Delegar en el director de Hacienda y Contratación Pública Responsable las siguientes competencias:

2.2.1. En materia de patrimonio, la facultad de adoptar las resoluciones que procedan, en todas las cuestiones relativas a:

-Los contratos de arrendamiento en los que el ayuntamiento sea parte, incluida la facultad de firmar dichos contratos, siempre que su importe sea igual o inferior a 30.000,00 euros (IVA excluido) euros, excepto los contratos de arrendamiento gestionados en ejecución de la "Ordenanza municipal de ayudas a la rehabilitación integral del casco antiguo y fachadas de la ciudad".

-La participación en gastos de comunidad en los que el ayuntamiento aparezca como copropietario, siempre que su importe no exceda de 30.000,00 euros (IVA excluido).

-Las contribuciones, tributos y otros gastos que puedan corresponder al ayuntamiento en calidad de propietario de bienes, excepto la gestión de cuotas de urbanización, y siempre que su importe no exceda de 30.000,00 euros (IVA excluido).

-La autorización y disposición de gastos derivados de las competencias anteriormente delegadas, cuyo importe no exceda de 30.000,00 euros (IVA excluido).

2.2.2. En materia de desarrollo de la gestión económica, la facultad de gestionar y adoptar las resoluciones que procedan, en todas las cuestiones relativas a:

-La gestión y liquidación de los impuestos municipales.

-La gestión y liquidación de las tasas siguientes:

-La gestión y liquidación de las tasas y precios públicos por prestación de servicios del cementerio municipal.

-La gestión recaudatoria de ingresos municipales (incursión en apremio, suspensión y medidas cautelares del procedimiento de recaudación, declaraciones de deudas fallidas y prescritas), requerimientos de pago, aplazamientos y derivación de responsabilidad.

-La gestión en desarrollo del procedimiento sancionador e inspector en materia tributaria.

-Las declaraciones y liquidaciones (del impuesto sobre el valor añadido, del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados), y las declaraciones de retenciones (del impuesto de sociedades y sobre la renta de personas físicas y de no residentes), que efectúe el Ayuntamiento de Pamplona.

2.3. Delegar en el director de Recursos Humanos las siguientes competencias:

-La gestión de personal, excepto el régimen disciplinario, la competencia para aprobar las bases de las convocatorias de selección para el ingreso en la Administración y el nombramiento de funcionarios y personal fijo.

Dentro de las competencias delegadas se entenderán incluidas todas las materias delegables sobre gestión de personal, inclusive la aprobación de la nómina de empleados, así como la adopción de las resoluciones en materia de personal atribuidas al Área de Recursos Humanos.

-La autorización y disposición de gastos por importe no superior a 30.000,00 euros en las materias que tenga delegadas, excepto en la aprobación de la nómina de empleados para la que no existirá límite de cuantía.

2.4. Delegar en la directora de la Asesoría Jurídica, la directora del Gabinete de Alcaldía y el director de Comunicación Institucional y Transparencia, las siguientes competencias:

-Las contrataciones y adquisiciones relacionadas con sus respectivas atribuciones, con inclusión de las que tengan carácter plurianual, cuando su importe sea igual o inferior a 30.000,00 euros, así como las modificaciones en materia de contratación que se produzcan en aquellos contratos originariamente adjudicados por resolución de la Dirección de la Asesoría Jurídica cuya cuantía, sumada al precio de adjudicación, sobrepase la cifra de 30.000,00 euros, siempre que la cuantía total de dichas modificaciones no exceda del 20% del precio de adjudicación.

-La autorización y disposición de los gastos que tenga delegados conforme al apartado anterior en cuantía igual o inferior a 30.000,00 euros (IVA excluido).

2.5. Delegar en el director de Conservación Urbana y Sanidad la competencia siguiente:

-La adopción de las resoluciones que procedan en relación con las transmisiones del derecho funerario (cambios de titularidad de parcelas y panteones del cementerio).

2.6. En caso de ausencia, vacante o enfermedad y cuando se dé alguna de las causas de abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o haya sido admitida recusación, para el ejercicio de las competencias objeto de delegación, se suplirán entre sí:

-El director de Hacienda y Contratación Pública Responsable y el director de Recursos Humanos.

-La directora del Gabinete de Alcaldía y el director de Comunicación Institucional y Transparencia.

Tercero.-El presente acuerdo deja sin efecto las delegaciones dispuestas en los Acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 3 de julio de 2023 (4/AL) y 29 de diciembre de 2023 (4/AL), y entrará en vigor el día 22 de enero de 2024.

Cuarto.-Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, así como dar cuenta al Pleno».

Pamplona, 25 de enero de 2024.-EL alcalde, Joseba Asiron Saez.

Código del anuncio: L2409211

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