ORDEN FORAL 45E/2024, de 23 de mayo, del consejero del Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, por la que se nombran nuevos miembros del Consejo de Comercio de Navarra.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ORDEN FORAL 45E/2024, de 23 de mayo, del consejero del Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, por la que se nombran nuevos miembros del Consejo de Comercio de Navarra.

La Comunidad Foral de Navarra tiene atribuida competencia exclusiva en materia de comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio nacional y de la legislación sobre defensa de la competencia, en virtud de la habilitación concretada en el artículo 56.1.d) de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

En ejercicio de dicha competencia exclusiva, la Comunidad Foral de Navarra aprobó la Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del Comercio en Navarra, que, en su artículo 63, instituye el Consejo de Comercio de Navarra como órgano consultivo competente en la citada materia, señalando que reglamentariamente se establecerán su composición, organización y funcionamiento.

Mediante Decreto Foral 68/2010, de 29 de octubre, se reguló la composición, organización y funcionamiento del Observatorio Navarro Asesor de Comercio Minorista que, posteriormente, pasó a denominarse Consejo de Comercio de Navarra.

La experiencia acumulada desde la creación del Consejo y los cambios producidos en la sociedad y en el sector comercial de Navarra hicieron necesaria una nueva regulación de su composición al objeto de ampliar y mejorar la representación, promoviendo, además, la participación equilibrada de hombres y mujeres.

Así, se aprobó el Decreto Foral 57/2019, de 15 de mayo, por el que se regulan la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Comercio de Navarra y que derogó el Decreto Foral 68/2010, mencionado.

En el artículo 6 del citado Decreto Foral 57/2019 se recoge la representación de la Vocalías del Consejo de Comercio, señalando su apartado 3 que las designaciones de las personas titulares y suplentes que corresponden a los apartados a), d), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) de dicho artículo se realizarán mediante escrito dirigido a la Secretaría, que dará traslado de las mismas a la Presidencia, para su nombramiento mediante Orden Foral.

La mayoría de las direcciones generales de la Administración de la Comunidad Foral que están representadas en el Consejo Navarro de Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1. a) del Decreto Foral 57/2019, han procedido a renovar a sus representantes.

Respecto de las Vocalías recogidas en el artículo 6 1. d) del Decreto Foral 57/2019, en representación de la Federación Navarra de Municipios y Consejos, esta ha remitido a la Secretaría del Consejo de Comercio la designación de un nuevo titular para una de las vocalías de las dos que le corresponden.

Por otra parte, la Cámara oficial de Comercio e Industria ha designado un nuevo suplente para uno de los titulares de las dos vocalías que ostenta, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1.e) del Decreto Foral 57/2019.

En virtud de lo dispuesto en el apartado g) del artículo 6 1, y de conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda, ambos del Decreto Foral 57/2019, la secretaría del Consejo remitió comunicación a las asociaciones de ámbito zonal a fin de proceder a la renovación de las vocalías correspondientes, al haber transcurrido el plazo de dos años previsto en dicha norma. Así, en relación con la vocalía correspondiente a las asociaciones de ámbito comarcal y supra comarcal solo presentó solicitud una asociación, que pasará a ocupar la vocalía correspondiente sin necesidad de sorteo. Por otra parte, y en relación con las asociaciones de ámbito municipal y de zonas intermedias no se ha registrado ninguna solicitud, por lo que la Secretaría del Consejo contactó con la asociación que actualmente ostenta la vocalía manifestando está su conformidad a renovar su permanencia en el cargo.

Finalmente, las agencias de desarrollo de Navarra, cuya representación está prevista en el apartado l) del artículo 6 1., con carácter rotatorio entre todas ellas y por un periodo bienal fijado en el apartado 6 de la disposición adicional segunda del Decreto Foral 57/2019, han comunicado las personas designadas para ocupar dichas vocalías.

Por todo ello, se procede a renovar el nombramiento de los titulares y suplentes que representan a los agentes económicos y sociales más representativos del sector en la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con las normas fijadas en el citado Decreto Foral 57/2019.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 57/2019, de 15 de mayo, por el que se regulan la composición, organización y funcionamiento del Consejo de Comercio de Navarra y por el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y conforme a las facultades conferidas por el Decreto Foral 170/2015, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico,

RESUELVO:

1.º Nombrar como vocales del Consejo de Comercio de Navarra,

a) En representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a:

-Doña Leyre Iribarren Gil, como titular, y doña Alexia Mauleón Goñi, como suplente, en representación del departamento competente en materia de administración local.

-Don Iñaki Mendioroz Casallo, como titular, y don Javier Zubicoa León, como suplente, en representación del departamento competente en materia de trabajo.

-Doña Rosa de Luis Aboitiz, como titular, y don Javier Zazu Ercille, como suplente, en representación del departamento competente en materia de consumo.

-Don Manuel Bermejo Garde, como titular, y doña Margarita Cueli Erice, como suplente, en representación del departamento competente en materia de turismo.

b) En representación de la Federación Navarra de Municipios y Concejos a:

-Don Koldo Martínez Urionabarrenetxea como titular, en sustitución de doña Cristina Ibarrola Guillén.

c) En representación de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra a:

-Don Iñaki Puncel Pardo como suplente de don Celso Clariana Poch.

d) En representación de las asociaciones de comerciantes de ámbito zonal:

-A don Carlos Albillo Torres como titular y a doña María José Corretge Castañón, como suplente, en representación de la asociación de comerciantes Casco Antiguo de Pamplona, Centro Comercial Abierto, en áreas comarcales y supracomarcales.

-A doña Inmaculada Elcano Redín, como titular, y a doña Lidia Lizarraga Eraso, como suplente, en representación de la asociación de comerciantes de la zona Martín Azpilcueta en el ámbito de actuación de áreas intermedias o municipales.

e) En representación de las agencias de desarrollo de Navarra:

-A don Iñigo Nagore Ferrer como titular, en representación de la agencia de desarrollo Teder,

-A doña Cristina Bayona Pérez, como titular y a doña Olga García Alfaro, como suplente, en representación del Consorcio de Desarrollo de la Zona Media.

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

3.º Notificar esta orden foral a las personas interesadas y trasladarla al Departamento de Industria y Transición Ecológica y Digital Empresarial y al Servicio de Ordenación y Fomento de Comercio, indicándose que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ente el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 23 de mayo de 2024.-El consejero del Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, Mikel Irujo Amezaga.

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