Retribuciones de los miembros de la corporación municipal
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ARANARACHE
Retribuciones de los miembros de la corporación municipal
Considerando lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 56, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de Administración Local de Navarra, en la sesión extraordinaria celebrada por el Ayuntamiento el día 10 de enero de 2024, se adoptó el siguiente,
ACUERDO:
1.-Establecer las siguientes retribuciones o asistencias de los miembros de la corporación, por su dedicación al cargo y concurrencia efectiva a las sesiones y reuniones del Ayuntamiento:
-Alcaldía y corporativos: percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones plenarias del Ayuntamiento en la cuantía de 118 euros brutos por sesión y 59 euros por concurrencia a las comisiones informativas y/o reuniones, con un importe máximo de 2832 euros anuales.
2.-Los miembros de la corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados, en las cuantías que se establezca cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
3.-Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de edictos y en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Aranarache / Aranaratxe.
Aranarache / Aranaratxe, 30 de enero de 2024.-El alcalde, David Azparren Lana.
Código del anuncio: L2401621