Tasas, precios públicos y tipos impositivos para 2024
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BERRIOPLANO
Tasas, precios públicos y tipos impositivos para 2024
El Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión ordinaria celebrada el 7 de noviembre de 2023, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de tasas, precios públicos y tipos impositivos para el 2024, que conlleva la modificación de diversas ordenanzas fiscales (publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 241, de 21 de noviembre de 2023).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, acordó establecer con efectos de 1 de enero del año 2024 los siguientes tipos de gravamen a los impuestos municipales y tasas, así como las ordenanzas fiscales correspondientes.
Berrioplano, 10 de enero de 2024.-El alcalde, Félix Remírez Hoyos.
CONTRIBUCIÓN TERRITORIAL
IMPUESTO
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
C. T. Rústica
0,50%
0,50%
0,50%
0,5000%
0,50%
0,50%
0,5000%
0,50%
0,500%
0,2028%
0,2028%
0,2264%
C. T. Urbana
0,16%
0,17%
0,18%
0,1810%
0,19%
0,19%
0,1960%
0,20%
0,20%
0,2028%
0,2028%
0,2264%
ORDENANZA NÚMERO 1.-ICIO
El artículo 170 de la Ley 2/1995, de 10 de marzo, establece una banda de entre el 2% y el 5%.
Actualmente el tipo de gravamen está establecido en el 5,00%.
ORDENANZA NÚMERO 2.-PLUSVALÍAS
AÑOS
< a 1
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
= o > a 20
Coef. en %
0,06
0,12
0,18
0,15
0,18
0,2
0,25
0,3
0,25
0,15
0,12
0,1
0,08
0,07
0,06
0,06
0,06
0,06
0,06
0,28
0,28
Tipo
25,00%
ORDENANZA NÚMERO 4.-EXPEDICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS
Epígrafe I.-Certificaciones
Certificación de datos existentes en bases informáticas del Ayuntamiento, que sean de expedición automática
2,38 euros
Certificación de acuerdos o documentos existentes en expedientes administrativos o que requieran consultar los archivos municipales
2,38 euros
Certificación que para su emisión requiera la previa realización de informes o de actualización de la base de datos
26,50 euros
En los casos en que la certificación vaya acompañada de plano y/o fotocopias (diligenciadas o no), se exigirá la tasa correspondiente de los epígrafes III "Compulsa de documentos" y IV "Fotocopias de documentos interesadas por particulares"
Epígrafe II.-Copias diligenciadas
Copia diligenciada de documentos existentes en expedientes administrativos
2,91 euros
Copia diligenciada de datos existentes en bases informáticas del Ayuntamiento
3,54 euros
A efectos de aplicación de la tarifa, se considera una única diligencia la que se haga de los documentos y datos obrantes en un expediente para la misma persona. A la tasa establecida en los números anteriores se sumará la correspondiente de los Epígrafes I "Certificaciones" y IV "fotocopias de documentos interesadas por particulares", por los planos y/o fotocopias que se diligencien.
Epígrafe III.-Compulsa de documentos
Por la primera hoja de documentos a compulsar
2,27 euros
Por la segunda y sucesivas
0,58 euros
Epígrafe IV.-Fotocopias de documentos interesadas por particulares
Por cada copia tamaño Din A-3 blanco y negro
0,31 euros
Por cada copia tamaño Din A-4 blanco y negro
0,21 euros
Por cada copia tamaño Din A-3 color
1,64 euros
Por cada copia tamaño Din A-4 color
1,22 euros
Epígrafe V.-Tramitación de tarjetas de armas
Por cada tarjeta
12,63 euros
Epígrafe VI.-Convocatorias de plazas de personal
Acceso a los niveles A y B (según Estatuto de la Función Pública), por inscripción
16,93 euros
Acceso al nivel C, por inscripción
11,64 euros
Acceso a los niveles D y E, por inscripción
6,35 euros
A las plazas convocadas en régimen laboral, se les aplicará la tasa correspondiente al nivel funcionarial al que se asimilasen las remuneraciones de la convocatoria.
Epígrafe VII.-Bastanteo de poderes
Por cada bastanteo
10,05 euros
Epígrafe VIII.-Informes y contestaciones a consultas
Por emisión de informe solicitado para cada descalificación de viviendas
26,50 euros
Por emisión de otros informes y contestaciones a consultas
26,50 euros
ORDENANZA NÚMERO 5.-TASA POR TRAMITACIONES URBANÍSTICAS
Epígrafe I.-Licencias de Ordenación del Territorio y Urbanismo
I.1. Licencias de Parcelación (parcelación, segregación, agrupación)
Las tasas por tramitación y resolución se liquidarán en función de la superficie, por cada m² objeto de la licencia
0,17 euros
I.2. Licencias de primera utilización u ocupación de edificios e instalaciones
Por tramitación y resolución de expediente de licencia por cada vivienda (con un máximo de 631 euros por cada expediente)
52,63 euros
Licencia de 1.ª utilización de edificios y/o locales que no sean para vivienda, por metro cuadrado y superficie total del edificio y/o local
2,15 euros
Licencia de primera utilización de vivienda unifamiliar.
52,63 euros
I.3. Licencias de obras menores u obras que no necesiten proyecto técnico
Por tramitación y resolución de cada expediente de licencia, se devengará unas tasas de
28,62 euros
I.4. Licencias de obra de nueva planta, de reforma, de derribo, instalaciones y demás actos sometidos a licencia, no incluidas en los apartados anteriores, así como modificaciones de licencias de obras concedidas
La tasa se calculará aplicando a la base imponible, determinada conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11, el siguiente gravamen
0,25%
Con un mínimo de
76,98 euros
Epígrafe II.-Control posterior de obras en las que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de comunicación previa o declaración responsable
Se aplicará la tarifa del epígrafe I.4.
Epígrafe III.-Derechos mínimos
Cuando las tasas a liquidar en los epígrafes anteriores no alcancen las cantidades mínimas que a continuación se indican, se abonarán estas tasas mínimas.
Licencias de Parcelación (parcelación, segregación, agrupación)
85,57 euros
Obras en las que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de comunicación previa o declaración responsable
76,98 euros
ORDENANZA NÚMERO 6.-LICENCIAS DE APERTURA Y DE ACTIVIDAD
Epígrafe I.-Licencia de actividad y revisión de la licencia de actividad por tramitación y resolución de cada expediente
Naves de menos de 300 m²
94,24 euros
Naves de 300 a 1.000 m²
114,37 euros
Naves de más de 1.000 m²
148,25 euros
Epígrafe II.-Primera instalación de establecimientos, traslados de actividad, variaciones de actividad
De 0 a 400 m² (en euros/m²)
3,45 euros/m²
A partir de 401 m² (en euros/m²)
2,55 euros/m²
ORDENANZA NÚMERO 7.-REGULADORA DE LAS TASAS POR INSPECCIONES PREVISTAS
Epígrafe I.-Visitas de inspección efectuadas en virtud de lo establecido en materia sanitaria y de actividades clasificadas y así como en las demás Ordenanzas, Acuerdos Municipales y normas aplicables, con motivo de su incumplimiento o de presuntas infracciones y por daños causados en el Patrimonio municipal.
Por cada visita de inspección
69,90 euros
Epígrafe II.-Reconocimiento de edificios en cuanto a sus condiciones de seguridad e inspección en expedientes de ruina.
Inspección mínima 1,5 horas de trabajo de Arquitecto o Aparejador
69,90 euros
Por cada hora de trabajo adicional
35,47 euros
ORDENANZA NÚMERO 8.-DERECHOS Y TASAS POR SERVICIO DE RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA Y SUBSIGUIENTE CUSTODIA DE LOS MISMOS
Epígrafe I.-Cuando se acuda a realizar el servicio e iniciados los trabajos necesarios para el traslado del vehículo a los depósitos municipales, aunque no se pueda consumar éste por comparecer el conductor o persona autorizada
Ciclomotores y motocicletas
40,00 euros
Vehículos con peso máximo hasta 3.500 kg
100,00 euros
Vehículos con peso superior a 3.500 kg
175,00 euros
Las tasas para festivos y nocturnos de retirada de vehículos se incrementarán en un
25,00%
Epígrafe II.-Cuando se realice el servicio completo, trasladando el vehículo infractor hasta los depósitos municipales
Ciclomotores y motocicletas
40,00 euros
Vehículos con peso máximo hasta 3.500 kg
100,00 euros
Vehículos con peso superior a 3.500 kg
175,00 euros
Epígrafe III.-Por cambio de lado de estacionamiento de los vehículos en las calles que tengan establecido período de aparcamiento alterno
Ciclomotores y motocicletas
40,00 euros
Vehículos con peso máximo hasta 3.500 kg
100,00 euros
Vehículos con peso superior a 3.500 kg
175,00 euros
Epígrafe IV.-Pasadas 24 horas después de la recogida y notificación, se iniciará la aplicación de estas cuotas por día o fracción hasta el momento de la recogida
Ciclomotores y motocicletas
4,00 euros
Vehículos con peso máximo hasta 3.500 kg
6,00 euros
Vehículos con peso superior a 3.500 kg
12,00 euros
Epígrafe V.-Inmovilización de vehículos en la vía pública
Vehículos con peso máximo hasta 3.500 kg
90,00 euros
Vehículos con peso superior a 3.500 kg
150,00 euros
Epígrafe VI
Cuando las características de los vehículos hagan insuficientes los medios municipales disponibles, siendo necesario recurrir a terceras personas para efectuar el servicio, la tasa a cobrar será el importe que el Ayuntamiento tenga que satisfacer a la empresa que haga el trabajo de retirada de vehículos, aumentado en un 20% en concepto de gastos generales de administración.
Cuando para la retirada de un vehículo de peso inferior a 3.500 kilogramos, por sus características, sea necesario utilizar una grúa con la que se retiran los vehículos de más de 3.500 kilogramos de peso máximo, se cobrará la tasa prevista para estos últimos.
ORDENANZA NÚMERO 9.-TASAS POR EJECUCIONES SUSTITUTORIAS Y ÓRDENES DE EJECUCIÓN
Epígrafe I.-Ordenes de ejecución
El tipo de gravamen será el establecido para las tasas por licencias urbanísticas.
Epígrafe II.-Ejecuciones sustitutorias
El tipo de gravamen que se establece sobre la base imponible es del
125,00%
ORDENANZA NÚMERO 10.-TASAS POR MATRIMONIO CIVIL
Por cada matrimonio civil celebrado
103,50 euros
ORDENANZA NÚMERO 11.-TASAS POR APERTURA DE ZANJAS
Epígrafe I.-Apertura de zanjas
Por cada metro lineal de zanja, calicata o cala
17,53 euros
Si en el caso anterior es preciso el cierre del tráfico rodado, bien en su totalidad, bien con inutilización de una dirección o vía o espacio importante, se incrementará la cuota en un
20,00%
Epígrafe II.-Construcción o supresión de pasos de vehículos, bocas de carga, ventilaciones, lucernarios, tolvas y cualquier remoción del pavimento o aceras
Por cada metro lineal, en la dimensión mayor
17,53 euros
Epígrafe III.-Fianzas por apertura de zanjas, calicatas o calas
III.1. Si el ancho de la zanja, calicata o cala es menor a un metro lineal, por cada metro de longitud
En zonas con pavimento general
91,29 euros
En zonas sin pavimentar
63,22 euros
III.2. Si el ancho de la zanja, calicata o cala es igual o superior a un metro lineal, por cada metro de longitud
En zonas con pavimento general
105,31 euros
En zonas sin pavimentar
70,21 euros
ORDENANZA NÚMERO 13.-VADOS, ENTRADA DE VEHÍCULOS POR ACERAS
Epígrafe I.-Paso de vehículos
I.1. Garajes privados para turismos, por metro lineal y año
De 1 hasta 5 vehículos
27,21 euros
De 6 hasta 10 vehículos
45,37 euros
De 11 hasta 25 vehículos
79,43 euros
De 26 hasta 50 vehículos
121,35 euros
De 51 hasta 100 vehículos
144,02 euros
De 101 hasta 150 vehículos
178,06 euros
Más de 150 vehículos
243,81 euros
I.2. Garajes privados para vehículos comerciales e industriales
Se equipararán a los turismos del epígrafe I.1. calculándose un vehículo por cada 10 plazas o fracción para los autobuses y por cada 2 toneladas métricas de carga máxima o fracción para los camiones o vehículos de arrastre agrícolas. Tarifa mínima la de 5 vehículos (27,21 euros)
I.3. Talleres de reparación, lavado y engrase de coches en cualquiera de sus variantes, estaciones de gasolina y locales de exhibición, por metro lineal y año
87,31 euros
I.5. Licencias con uso horario y subsiguiente prohibición de aparcamiento. Se aplicarán las tarifas de los epígrafes I.1., I.2., I.3. y I.4. que correspondan, reducidas en un
25,00%
Epígrafe II.-Reservas de espacio
Reserva permanente. Por cada metro lineal o fracción, al año
58,98 euros
Reserva horario limitado. Por cada metro lineal o fracción, al año
43,10 euros
Reserva provisional En los casos de reserva para una obra o actuación ocasional, se satisfarán unos derechos mínimos de
35,15 euros
Si la reserva está autorizada en ambas aceras de una calle de prohibición alternativa de aparcamiento, la tarifa se calculará sobre las dimensiones de un solo lado, concretamente el que resulte de mayor longitud.
Epígrafe III.-Discos de señalización
Por discos de señalización de vados (cada disco)
31,76 euros
ORDENANZA NÚMERO 14.-UTILIZACIÓN PRIVATIVA Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL
Epígrafe I.-Aprovechamientos especiales en el suelo
I.1. Mesas, sillas, terrazas veladores sin cerramiento estable, toneles, mesas altas, barras mostradores portátiles u otros elementos afines vinculados a la hostelería
Por cada m² o fracción, al año
29,64 euros
La base de gravamen computará como ocupación mínima 1,5 m² para elementos de mobiliario (toneles, mesas altas, barras mostradores portátiles, etc.).
Las tasas a liquidar se prorratearán por meses cuando no correspondan al año completo o excepcionalmente por días por la celebración de determinados eventos, actos y/o festividades.
I.2. Terrazas veladores con elementos o estructuras que permitan la cubrición y/o el cerramiento de la zona objeto de aprovechamiento
Por cada m² o fracción, al año
41,50 euros
Las tasas a liquidar se podrán prorratear por meses cuando no correspondan al año completo o excepcionalmente por días por la celebración de determinados eventos, actos y/o festividades.
I.3. Otros aprovechamientos
Contenedores, andamios, vallados y cualquier ocupación que no constituya una actividad económica, por cada m² o fracción, al día
0,11 euros
Contenedores, andamios, vallados y cualquier ocupación que no constituya una actividad económica, por cada m² o fracción, al mes
3,18 euros
Contenedores, andamios, vallados y cualquier ocupación que no constituya una actividad económica, por cada m² o fracción, al año
37,06 euros
I.4. Caravanas, remolques y demás vehículos no automóviles, cuando sean autorizados expresamente, sin que el pago de la tasa prejuzgue la autorización
Por cada día o fracción
0,81 euros
I.5. Cajeros automáticos y cualquier otra máquina expendedora de productos
Por cada cajero o máquina instalados en línea de fachada recayente a la vía pública, al año
191,91 euros
I.6. Mercadillos y puestos fijos en fiestas
Puestos de venta de pequeña artesanía, bisutería y otros productos autorizados, por puesto al día
3,18 euros
Barras de bar o vehículos bar móvil, casetas de feria, por cada unidad, al día
12,70 euros
Barracas, hinchables, carruseles, etc. por cada 20 m² o fracción, al día
6,37 euros
En el caso de que sea por subasta, esas cantidades se considerarán precio de licitación.
Además de las tasas indicadas podrá exigirse el depósito de una fianza de
90,01 euros
I.7. Instalación de circos y similares
Hasta 400 espectadores de capacidad, por cada día, cualquiera que sea la superficie ocupada
60,00 euros
Más de 400 espectadores de capacidad y hasta 700, por cada día, cualquiera que sea la superficie ocupada
90,00 euros
Más de 700 espectadores de capacidad, por cada día, cualquiera que sea la superficie ocupada
125,00 euros
I.8. Otras utilizaciones y aprovechamientos para actividades económicas, no incluidos en apartados anteriores
Por cada m² o fracción, al día
0,48 euros
Por cada m² o fracción, al mes
12,70 euros
Por cada m² o fracción, al año
127,07 euros
Epígrafe II.-Aprovechamientos especiales en el vuelo
Por cada m² o fracción, al día
0,65 euros
Por cada m² o fracción, al mes
18,00 euros
Por cada m² o fracción, al año
211,78 euros
Epígrafe III.-Aprovechamientos especiales en el subsuelo
III.1. Cuota mínima por instalación y aprovechamiento de redes generales de distribución de servicios que no constituyan hecho imponible de otra tasa
Por metro lineal al año
6,47 euros
III.2. Resto de aprovechamientos
Por cada m² o fracción, al día
0,65 euros
Por cada m² o fracción, al mes
18,00 euros
Por cada m² o fracción, al año
211,78 euros
Epígrafe IV.-Derechos mínimos
Cuando las tasas a liquidar en los epígrafes anteriores no alcancen las cantidades mínimas que a continuación se indican, se abonarán estas tasas mínimas.
Epígrafe I.3
37,81 euros
ORDENANZA NÚMERO 16.-PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DE LOCALES MUNICIPALES
Epígrafe I.-Tarifas
Salas Edificio Multiusos
Cesión por 3 horas o fracción, al día
37,80 euros
Cesión tiempo superior a 3 horas, al día
70,21 euros
Si el local se utiliza durante un mínimo de 5 días consecutivos se aplicará una reducción del
20,00%
Si se utiliza durante un mínimo de 15 días consecutivos la reducción será del
30,00%
En día festivo, las tarifas se incrementarán un
50,00%
Todos aquellos servicios que se presten a parte de cesión del local (calefacción, conserjería, etcétera), serán abonados aparte, en función del coste real del servicio prestado.
Cuando así lo aconsejen la tipología de la cesión, en el momento de la concesión, podrá exigirse una fianza previa de
378,02 euros.
ORDENANZA NÚMERO 17.-PRECIOS PÚBLICOS DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE BERRIOPLANO Y ARTICA
Tipo abono
> de 4 años
De 4 a 13 años
INFANTIL
De 14 a 17 años
JUVENIL
De 18 a 64 años
ADULTO
>65 años jubilados y pensionistas
SENIOR
Entrático empadronado
0,00 euros
25,00 euros
50,00 euros
75,00 euros
50,00 euros
Entrático no empadronado
0,00 euros
75,00 euros
100,00 euros
125,00 euros
100,00 euros
Cuota mes empadronado
0,00 euros
12,00 euros
16,80 euros
22,00 euros
16,80 euros
Cuota + Gym a partir de 16 años
5,25 euros
5,25 euros
5,25 euros
Cuota mes no empadronado
0,00 euros
15,00 euros
20,00 euros
26,50 euros
20,00 euros
Cuota + Gym a partir de 16 años
6,25 euros
6,25 euros
6,25 euros
Pago anual empadronados *
0,00 euros
11,00 euros
16,00 euros
21,00 euros
16,00 euros
Pago anual Gym empadronados *
5,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
Pago anual no empadronados *
0,00 euros
14,25 euros
18,75 euros
25,20 euros
18,75 euros
Pago anual Gym no empadronados *
6,00 euros
6,00 euros
6,00 euros
Cuota mes familias numerosas y monoparentales empadronado**
0,00 euros
8,40 euros
11,80 euros
15,40 euros
11,80 euros
Cuota Gym familias numerosas y monoparentales empadronado**
3,50 euros
3,50 euros
3,50 euros
Cuota mes familias numerosas y monoparentales no empadronado**
0,00 euros
10,50 euros
14,75 euros
19,25 euros
14,75 euros
Cuota Gym familias numerosas y monoparentales no empadronado**
4,37 euros
4,37 euros
4,37 euros
* Descuento por pago anual
** Descuento familias numerosas y monoparentales 30% dto con presentación de carné acreditativo en vigor en cuotas y abonos
Otros abonos
> de 4 años ****
De 4 a 13 años
INFANTIL
De 14 a 17 años
JUVENIL
De 18 a 64 años
ADULTO
>65 años jubilados y pensionistas
SENIOR
Entrada diaria laborables
0,00 euros
6,00 euros
10,00 euros
12,00 euros
6,00 euros
Entrada diaria fin de semana y festivos
0,00 euros
8,00 euros
12,00 euros
14,00 euros
8,00 euros
Abono mensual Empadronado
0,00 euros
37,00 euros
55,00 euros
73,00 euros
55,00 euros
Abono mensual Empadronado sólo piscina
0,00 euros
Abono mensual No Empadronado
0,00 euros
54,00 euros
72,00 euros
91,00 euros
72,00 euros
Abono mensual No Empadronado sólo piscina
0,00 euros
Abono de verano Empadronado
0,00 euros
78,00 euros
115,00 euros
153,50 euros
115,50 euros
Abono de verano No Empadronado
0,00 euros
120,00 euros
151,00 euros
191,00 euros
151,00 euros
Abono de invierno empadronado
180,00 euros
220,00 euros
180,00 euros
Abono de invierno No empadronado
220,00 euros
270,00 euros
220,00 euros
Discapacitados >65% / Famil numerosas y monoparentales
Entrada diaria laborables
0,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
Entrada diaria fin de semana y festivos
0,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
Abono mensual Empadronado
0,00 euros
25,90 euros
38,50 euros
51,10 euros
38,50 euros
Abono mensual No Empadronado
0,00 euros
37,80 euros
50,40 euros
63,70 euros
50,40 euros
Abono de verano Empadronado
0,00 euros
54,60 euros
80,50 euros
107,45 euros
80,85 euros
Abono de verano No Empadronado
0,00 euros
84,00 euros
105,70 euros
133,70 euros
105,70 euros
Entrada invitación (2 entradas x abonado/a > 18 años)
Entrada diaria laborables
0,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
5,00 euros
Entrada diaria fin de semana y festivos
0,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
7,00 euros
La invitación sirve para la entrada a ambas piscinas indistintamente.
ABONO ACTIVO DEPORTE
ABONADO ANUAL
ABONADO ANUAL
Abono Activo Deporte 9 meses
173,00 euros
194,00 euros
Abono Activo Deporte 6 meses
136,00 euros
149,00 euros
Abono Activo Deporte 3 meses
94,00 euros
113,00 euros
Abono Activo junior 9 meses
136,00 euros
152,00 euros
Abono Activo junior 6 meses
106,00 euros
116,00 euros
Abono Activo junior 3 meses
73,00 euros
88,00 euros
Abono Activo Senior 9 meses
88,00 euros
176,00 euros
Abono Activo mensual
32,00 euros
32,00 euros
Abono Activo mensual junior
25,00 euros
25,00 euros
ACTIVIDADES INFANTILES EN SALA
ABONADO ANUAL/INVIERNO
NO ABONADO
Actividades Infantiles 45´-30 sesiones
44,00 euros
88,00 euros
Actividades Infantiles 45´-60 sesiones
88,00 euros
176,00 euros
ACTIVIDADES INFANTILES ACUÁTICAS*
ABONADO ANUAL/INVIERNO
NO ABONADO
Natación infantil trimestral 30´-20 sesiones
47,00 euros
94,00 euros
Natación infantil trimestral 45´-20 sesiones
58,00 euros
116,00 euros
Natación infantil trimestral 30´-10 sesiones
23,50 euros
47,00 euros
Natación infantil trimestral 45´-10 sesiones
29,00 euros
58,00 euros
Natación bebés trimestral 30´-20 sesiones
70,00 euros
140,00 euros
Natación bebés trimestral 30´-10 sesiones
35,00 euros
70,00 euros
Actividades acuáticas 45´- 10 sesiones
29,00 euros
58,00 euros
Actividades acuáticas 45´- 20 sesiones
58,00 euros
116,00 euros
* El precio para NO abonados es el doble del precio para abonados. En todas las categorías se guarda la proporcionalidad
CLUB DEPORTIVO BERRIOPLANO*
ABONADO ANUAL/PRECIO MES
NO ABONADO
Modalidad deportiva competición 2 h/semana
15,50 euros
31,00 euros
Modalidad deportiva competición 2,75 h/semana
21,00 euros
42,00 euros
Sesión adicional / semana
8,00 euros
16,00 euros
* El precio para NO abonados es el doble del precio para abonados. En todas las categorías se guarda la proporcionalidad
ACTIVIDADES ADULTOS BE HEALTHY
ABONADO ANUAL
NO ABONADO
Actividades Trimestrales Be Healthy-20 sesiones
58,00 euros
116,00 euros
Actividades Trimestrales Be Healthy-10 sesiones
29,00 euros
58,00 euros
ACTIVIDADES ACUÁTICAS ADULTOS
ABONADO ANUAL
NO ABONADO
Natación adultos trimestral-20 sesiones
58,00 euros
116,00 euros
Natación adultos trimestral-10 sesiones
29,00 euros
58,00 euros
Actividades acuáticas 45´- 20 sesiones
58,00 euros
116,00 euros
Actividades acuáticas 45´- 10 sesiones
29,00 euros
58,00 euros
CENTRO SANITARIO
ABONADO /
NO ABONADO
NUTRICIÓN
Dieta estándar
40,00 euros
Dieta en pareja
72,50 euros
Dieta con Macros
45,00 euros
FISIOTERAPIA
Consulta fisioterapeuta
38,00 euros
BEAUTY SPA
FACIALES
Spa Ultra-hidratante
36,00 euros
Spa Vitamina C antioxidante
41,50 euros
Spa Despigmetante
41,50 euros
Limpieza profunda
41,50 euros
REDUCTOR CON MASAJE Y PRESOTERAPIA*
Spa anticelulítico/reductor Té Verde
459,00 euros
Anticelulítico de algas
473,00 euros
Reductor/reafrmante
451,00 euros
Bono presoterapia
100,00 euros
CORPORALES
Vinoterapia
41,50 euros
Descontracturante nueca y espalda
41,50 euros
AWT STROTZ*
Reductor / reafirmante (5 sesiones)
380,00 euros
Tratamiento facial (5 sesiones)
380,00 euros
MASAJES
Descontracturante espalda
23,00 euros
Piernas y espalda
31,00 euros
Anticelulítico
23,00 euros
Piernas
23,00 euros
MANICURA Y PEDICURA
Manicura + esmaltado
21,00 euros
Pedicura + esmaltado
21,00 euros
Tratamiento profundo de pies
42,00 euros
Manicura semipermanente
26,00 euros
Pedicura semipermanente
26,00 euros
DEPILACIÓN
Medias piernas
12,00 euros
Piernas completas
17,00 euros
Labio superior
6,00 euros
Cejas
7,00 euros
Espalda
17,00 euros
Pecho completo
17,00 euros
Abdomen o torax
11,00 euros
Medio brazo
11,00 euros
Brazo completo
17,00 euros
Ingles o axilas
8,00 euros
Ingles + axilas
12,00 euros
Piernas completas + ingles o axilas
18,00 euros
Piernas completas + ingles + axilas
22,00 euros
Medias piernas + ingles o axilas
14,00 euros
Medias piernas + ingles + axilas
17,00 euros
Facial (pómulos, mentón, patillas...)
10,00 euros
Inglés integral + axilas
16,00 euros
Ingle integral
10,00 euros
Enteras + ingle integral + axilas
25,00 euros
Enteras + ingle integral
21,00 euros
Medias piernas + ingle integral
17,00 euros
Medias piernas + ingle integral + axilas
18,00 euros
DEPILACIÓN LASER*
Entrecejo
20,00 euros
Patillas
22,00 euros
Labio superior
22,00 euros
Mentón
22,00 euros
Pómulos
22,00 euros
Axilas
32,00 euros
Ingles
22,00 euros
Ingles brasileñas
32,00 euros
Brazos completos
42,00 euros
Medio brazo
32,00 euros
Senos
22,00 euros
Línea Alba
22,00 euros
Zona Lumbar
32,00 euros
Piernas completas
82,00 euros
Medias piernas
62,00 euros
Interior muslo
42,00 euros
Pies
22,00 euros
Hombros
42,00 euros
Pecho completo
62,00 euros
Torax o abdomen
52,00 euros
Espalda
62,00 euros
Ingles integrales
42,00 euros
Espalda parte superior o inferior
52,00 euros
PESTAÑAS
Tinte y permanente de pestañas
27,00 euros
Tinte de pestañas
14,00 euros
Permanente de pestañas
18,00 euros
PACKS RELAX Y BELLEZA
Benestar integral
137,00 euros
Spa Ritual
159,00 euros
Relax Oriente
106,00 euros
Relax y Belleza
90,00 euros
Especial novias
149,00 euros
RITUALES RELAJANTES
Armonización con cuarzos rosas
57,00 euros
Sueños Aztecas
55,00 euros
Ritual Chocolate
55,00 euros
Esencias de la India
53,00 euros
Cítricos y Jengibre
53,00 euros
Refrescante-cacao
53,00 euros
Exfoliación corporal con aceites calientes
37,00 euros
Aromas de café
55,00 euros
Relajante de lavanda
55,00 euros
* Se plantea una congelación del precio
OTROS SERVICIOS
ENTRENAMIENTOS PERSONALIZADOS
1 Persona
39,00 euros
2 Personas
29,00 euros
3 Personas
23,00 euros
Small groups 5 semanas (15 sesiones)
102,50 euros
OTROS
Duplicado de carné
7,50 euros
Gastos devolución de recibos
4,50 euros
Gorros látex
6,00 euros
Gorros tela
5,00 euros
Toallas
6,00 euros
Alquiler taquilla 1 año
62,00 euros
Entrada merendero a partir de 21h (verano)
1,50 euros
Entrada merendero cumpleaños invierno
2,50 euros
Alquiler calle piscina (1 hora)
37,50 euros
Acceso txiki park no abonados
3,50 euros
ORDENANZA NÚMERO 18.-CUOTAS VIAJES Y ACTIVIDADES CULTURALES
Epígrafe II.-Cuotas viajes y actividades culturales
Entradas espectáculos infantiles-familiares
Anticipada
5,50 euros
Taquilla
6,50 euros
Entradas adultos
Anticipada
7,50 euros
Taquilla
8,50 euros
Comida del Día de la Cendea
Infantil
10,50 euros
Adultos
19,00 euros
Viaje de jubilados
23,00 euros
Viajes, salidas con jóvenes
12,50 euros/día.
Epígrafe III.
Normal
Jóvenes y jubilados
-Cursos deportivos y culturales para adultos. Tasa anual. (30% descuento para familias numerosas y monoparentales)
1 hora semanal
86,00 euros
43,50 euros
1,5 horas semanales
129,50 euros
65,00 euros
2 horas semanales
173,00 euros
87,00 euros
-Cursos deportivos y culturales para adultos. Tasa 2.º cuatrimestre.
1 hora semanal
43,00 euros
22,00 euros
1,5 horas semanales
65,00 euros
33,00 euros
2 horas semanales
87,00 euros
44,00 euros
Epígrafe IV.-Actividades infantiles. (30% descuento para familias numerosas y monoparentales)
1 hora semanal
35,00 euros
1,5 y 2 horas semanales
69,50 euros
Campamento joven
88,00 euros
Campamento urbano infantil Semana Santa
25,00 euros
Campamento urbano infantil verano
58,00 euros
Campamento urbano infantil Navidad
47,00 euros
ORDENANZA NÚMERO 20.-REGULADORA DE LA UTILIZACIÓN DEL APARCAMIENTO CAMIONES
De 1 a 4 camiones
Vehículo domiciliado en el registro de Berrioplano
74,78 euros/mes
Vehículo no domiciliado en el registro de Berrioplano
100,50 euros/mes
De 5 a 9 camiones
Vehículo domiciliado en el registro de Berrioplano
69,45 euros/mes
Vehículo no domiciliado en el registro de Berrioplano
95,21 euros/mes
De 10 a 19 camiones
Vehículo domiciliado en el registro de Berrioplano
64,07 euros/mes
Vehículo no domiciliado en el registro de Berrioplano
89,92 euros/mes
De 20 camiones en adelante
Vehículo domiciliado en el registro de Berrioplano
58,18 euros/mes
Vehículo no domiciliado en el registro de Berrioplano
79,34 euros/mes
Plazos de contratación inferiores a un año
Para plazos de ocupación inferiores al año se aplicarán los anteriores precios incrementados en un 20%
ORDENANZA NÚMERO 22.-REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS PARA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LA CASA DE CULTURA
Epígrafe I.-Alquiler del Salón de actos
Alquiler exclusivamente de espacio escénico y zona de camerinos y acceso a escena por tiempo inferior a 5 horas/día
237,20 euros
Alquiler exclusivamente de espacio escénico y zona de camerinos y acceso a escena por tiempo inferior a 10 horas/día
329,33 euros
Alquiler del Salón de actos y del espacio escénico y zona de camerinos y acceso a escena por tiempo inferior a 5 horas/día
367,45 euros
Alquiler del Salón de actos y del espacio escénico y zona de camerinos y acceso a escena por tiempo inferior a 10 horas/día
657,60 euros
Epígrafe II.-Alquiler de la Sala de Exposiciones
Alquiler de la Sala de exposiciones por tiempo inferior a 5 horas/día
198,02 euros
Alquiler de la Sala de exposiciones por tiempo inferior a 10 horas/día
263,68 euros
Epígrafe III.-Alquiler de la Sala de Usos Múltiples
Alquiler de una Sala de usos múltiples por tiempo inferior a 5 horas/día
158,84 euros
Alquiler de una Sala de usos múltiples por tiempo inferior a 10 horas/día
210,74 euros
Los precios incluyen uso del espacio alquilado, climatización según época del año y limpieza básica de la instalación tras su uso siempre que sea una limpieza normal y no extraordinaria.
Estos precios no incluyen Servicio de Técnico de Sala, uso de equipos técnicos de la sala, servicio de recogida de entradas, acomodadores o guardarropía.
En caso de requerirse estos servicios se tarifarán aparte, según los precios que se estén facturando en cada momento al Ayuntamiento de Berrioplano.
Las fianzas serán devueltas tras comprobar el estado de las instalaciones, deducido en su caso, el importe de las reparaciones y/o limpiezas a que hubiera lugar.
ORDENANZA NÚMERO 23.-OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Epígrafe I.-Captura de perros
Por cada animal
30,00 euros
Epígrafe II.-Estancias
En dependencias municipales, por día
10,00 euros
En otros lazaretos convenidos, por día, lo que esté estipulado en sus tarifas correspondientes.
Epígrafe III.-Otorgamiento de licencias para tenencia de animales potencialmente peligrosos
Tarifa por licencia
37,16 euros
ORDENANZA NÚMERO 32.-REGULADORA DEL COMERCIO NO SEDENTARIO
Epígrafe I.-Tarifas
El metro lineal para toda la temporada se cobrará euros/m
77,36 euros/m
El metro lineal con carácter diario
2,12 euros/m
ORDENANZA NÚMERO 38.-REGULADORA DE CONCESIÓN Y USO DE HUERTAS COMUNITARIAS
Epígrafe I.-Tarifas
El canon anual por la concesión de un huerto (Se incrementará conforme al IPC)
66,06 euros
ORDENANZA NÚMERO 43.-REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS PARA UTILIZACIÓN DE ARTIGUNE (ARTICA)
Epígrafe I.-Tarifas
Alquiler de una sala Artigune hasta 3 horas/día
52,58 euros
Alquiler de una sala Artigune entre 3 y 6 horas/día
78,87 euros
Alquiler de una sala Artigune entre 7 y 10 horas/día
105,16 euros
Si el local se utiliza durante un mínimo de 5 días consecutivos se aplicará una reducción del
20,00%
Si el local se utiliza durante un mínimo de 15 días consecutivos se aplicará una reducción del
30,00%
En el momento de la concesión podrá exigirse una fianza igual al precio del alquiler
ORDENANZA NÚMERO 48.-TRANSPORTE A DEMANDA
Por cada billete
1,50 euros
Código del anuncio: L2400525