Retribuciones de los miembros de la corporación municipal
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
TIRAPU
Retribuciones de los miembros de la corporación municipal
El Pleno del ayuntamiento de Tirapu, en sesión celebrada el pasado día 15 de enero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
1.º No fijar retribución alguna en concepto de dedicación para el ejercicio del cargo.
2.º Fijar la retribución por asistencia de las personas corporativas a los órganos colegiados. Las cantidades a percibir serán las resultantes de repartir la cantidad consignada en la aplicación presupuestaria aprobada al efecto para cada ejercicio en el presupuesto general de Tirapu entre las personas corporativas de forma proporcional al número de asistencias a órganos colegiados de cada uno de ellos durante el ejercicio en curso.
3.º Que en cumplimiento de cuanto dispone el punto 5.º del artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Foral, tablón de anuncios de la corporación y sede electrónica del Ayuntamiento.
Lo que se hace público, en cumplimiento de cuanto determina el artículo 75.5 de la Ley de Bases de Régimen Local, a los efectos oportunos y para general conocimiento.
Tirapu, 17 de enero de 2024.-La alcaldesa, Sara Alcalde Resano.
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