Retribuciones y régimen de dedicación de los miembros de la corporación municipal

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ALLÍN

Retribuciones y régimen de dedicación de los miembros de la corporación municipal

Considerando lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 56, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio de Administración Local de Navarra, en la sesión extraordinaria celebrada por el Ayuntamiento el día 27 de noviembre de 2023, se adoptó el siguiente,

ACUERDO:

1.-Establecer las siguientes retribuciones o asistencias de los miembros de la corporación, por su dedicación al cargo y concurrencia efectiva a las sesiones del Ayuntamiento:

-Alcaldía: el Ayuntamiento pagará como retribución por dedicación parcial al cargo de alcalde, la cantidad anual bruta de 9.600 euros, más la correspondiente Seguridad Social empresarial, que se harán efectivos mensualmente con las deducciones que correspondan. Su cobro es incompatible con la percepción de asistencias a órganos colegiados.

-Resto de corporativos: percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones plenarias del Ayuntamiento en la cuantía de 60 euros brutos por sesión y 50 euros por concurrencia a las comisiones informativas.

2.-Los miembros de la corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados, en las cuantías que se establezca cada año en materia retributiva para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

3.-Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de edictos y en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Allín.

Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra el mismo puede interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el juzgado o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

Amillano, 27 de noviembre de 2023.-La alcaldesa-presidenta, M.ª Lourdes Lana Goñi.

Código del anuncio: L2317072

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