Aprobación definitiva del expediente de imposición y ordenación de contribuciones especiales por las obras de "Renovación de redes y pavimentación de calle Real y calle Camino de Goraño" y "Entronque calle Camino de Goraño con UE 4.4"

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BARGOTA

Aprobación definitiva del expediente de imposición y ordenación de contribuciones especiales por las obras de "Renovación de redes y pavimentación de calle Real y calle Camino de Goraño" y "Entronque calle Camino de Goraño con UE 4.4"

El Pleno de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Bargota, en sesión celebrada el 27 de junio de 2023, acordó la aprobación inicial del expediente de ordenación e imposición de contribuciones especiales para la ejecución de las obras "Renovación de redes y pavimentación de calle Real y Camino de Goraño" y "Entronque calle Camino de Goraño con UE 4.4".

Sometido el acuerdo y el expediente a exposición pública durante el plazo de 30 días hábiles, previo anuncio en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra, número 151, de 20 de julio de 2023, y transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado alegaciones, la aprobación inicial ha pasado a ser definitiva, publicándose a continuación el texto íntegro del acuerdo para la producción de efectos jurídicos.

Bargota, 28 de noviembre de 2023.-La presidenta de la Comisión Gestora, Cristina Remírez Marquínez.

ANEXO

El Pleno del Ayuntamiento de Bargota en sesión celebrada el 27 de junio de 2023, adoptó por unanimidad el acuerdo siguiente:

"De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.b) y 6 de la ley Foral 2/1995, de 10 de marzo de Haciendas Locales de Navarra, las contribuciones especiales constituyen un recurso de la hacienda municipal.

El Ayuntamiento de Bargota va a proceder a la ejecución de las obras "Renovación de redes y pavimentación de la C/ Real y C/ Camino de Goraño" y "Urbanización entronque C/ Camino de Goraño con UE.4.4."

Considerando que corresponde al Ayuntamiento decidir sobre la imposición de contribuciones especiales a fin de sufragar, en la proporción que luego se determinará el coste de las obras indicadas, tal y como se ha hecho en la localidad en todas las obras de renovación de redes y pavimentación que se han ejecutado.

Considerando que el Pleno de la Comisión Gestora en sesión celebrada el 30 de marzo de 2023, aprobó los correspondientes proyectos técnicos correspondientes,

Por unanimidad se acuerda:

1.º Aprobar inicialmente el expediente de imposición de contribuciones especiales por las obras de "Renovación de redes y pavimentación de la calle Real y calle Camino de Goraño" y "Urbanización entronque C/ Camino de Goraño con UE.4.4".

2.º Aprobar inicialmente el acuerdo de ordenación concreto de contribuciones especiales con el contenido siguiente:

A) Sujetos pasivos: todos los propietarios de inmuebles urbanos que así figuren en el Registro Fiscal de la Riqueza Urbana de Bargota, cuyos inmuebles afronten o linden a las calles objeto de la obra.

B) Base imponible: coste total de las obras objeto de los proyectos mencionados, incluidos honorarios y dirección de obra:

B.1.-"Renovación de redes y pavimentación de la calle Real y cale Camino de Goraño".

Importe soportado por el Ayuntamiento: 70.742,92 euros.

Cantidad a repartir entre los vecinos: 21.222,87 euros, que supone el 30 % del coste soportado por el Ayuntamiento.

B.2.-"Urbanización entronque calle Camino de Goraño con UE.4.4".

Importe soportado por el Ayuntamiento: 8.602,78 euros.

Cantidad a repartir entre los vecinos: 2.580,83 euros, que supone el 30% del coste soportado por el Ayuntamiento.

Estas cantidades se fijan, de conformidad con el artículo 112,3 de la Ley Foral de Haciendas Locales, con el carácter de mera previsión y será objeto, en su caso, de la oportuna rectificación una vez terminadas las obras y conocido el coste real de las mismas.

C) Módulos de reparto:

C.1.-"Renovación de redes y pavimentación de la calle Real y calle Camino de Goraño".

-50%, es decir, la cantidad de 10.613,93 por metros lineales de fachada de los inmuebles afectados.

-50%, es decir, 10.613,93 por valor catastral en proporción a los metros lineales de fachada que afrontan o lindan a las calles afectadas por las obras.

C.2.-"Urbanización entronque calle Camino de Goraño con UE.4.4".

-50%, es decir, la cantidad de 1.290,41 por metros lineales de fachada de los inmuebles afectados.

-50%, es decir, 1.290,41 por valor catastral en proporción a los metros lineales de fachada que afrontan o lindan a las calles afectadas por las obras.

D) Forma de pago: efectivo en el ejercicio económico en que finalicen las obras o, aplazado, previa solicitud del sujeto pasivo y siempre que la cuota sea superior a 1.000,00 euros.

El resto de la cantidad se podrá fraccionar hasta un máximo de 5 años, abonando cada año la cantidad mínima de 1.000,00 euros sin intereses.

E) Disposiciones aplicables:

Para todo lo relativo al cobro, recaudación y lo no previsto expresamente en este acuerdo, será de aplicación la Ordenanza de las Contribuciones Especiales, la Ordenanza Fiscal General y la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

3.º Aprobar la relación de contribuyentes, así como las cuotas individuales resultantes de aplicar a la Base imponible los módulos de reparto en relación concreta de cada una de las fincas y propietarios afectados, y según resulta de las bases de reparto que se aprueban en este acuerdo y que obran en el expediente.

4.º Someter el acuerdo a exposición pública por espacio de 30 días mediante la publicación de anuncios en el tablón del Ayuntamiento y Boletín Oficial de Navarra, en el que los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones o alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, los propietarios afectados por la realización de las obras podrán constituirse en Asociaciones Administrativas de Contribuyentes prevista en los artículos 119 y 120 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos, significando que si pasado el plazo de exposición no se formulan reclamaciones, la aprobación inicial se elevará a definitiva, sin necesidad de adoptar un nuevo acuerdo, publicándose el acuerdo y texto definitivo y notificándose entonces a los contribuyentes las cuotas individuales que correspondan."

Código del anuncio: L2317048

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