ORDEN FORAL 65E/2023, de 31 de diciembre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan General Municipal de Unzué / Untzue, relativa al cambio del régimen de usos y actividades en suelo no urbanizable regulados por el artículo 69 B de su Normativa Urbanística, promovida por Red Eléctrica de España SA.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ORDEN FORAL 65E/2023, de 31 de diciembre, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente la modificación estructurante del Plan General Municipal de Unzué / Untzue, relativa al cambio del régimen de usos y actividades en suelo no urbanizable regulados por el artículo 69 B de su Normativa Urbanística, promovida por Red Eléctrica de España SA.

El Ayuntamiento de Unzué / Untzue ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

El objeto del expediente consiste en modificar el régimen de usos y actividades autorizables para la subcategoría de suelo no urbanizable de valor ambiental: mosaico de cultivos de secano y matorral, regulado en la subcategoría B) del artículo 69 de la normativa urbanística, incluyendo como actividad constructiva autorizable en el ámbito descrito el establecimiento en exclusividad de infraestructuras eléctricas aéreas pertenecientes a la red de transporte peninsular, declaradas de interés general y declaradas de interés foral por el Gobierno de Navarra.

Mediante Resolución 391E/2023, de 28 de abril, del director general de Medio Ambiente se formula informe ambiental estratégico de la modificación del Plan General Municipal de Unzué, artículo 69 del suelo no urbanizable de valor ambiental, promovido por Red Eléctrica Española SA, considerando que no genera afecciones ambientales.

Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 114, de 1 de junio de 2023.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva.

De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación estructurante del Plan General Municipal de Unzué / Untzue, relativa al cambio del régimen de usos y actividades en Suelo No Urbanizable regulados por el artículo 69 B de su Normativa Urbanística, promovida por Red Eléctrica de España SA.

2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente, y trasladarla a la Sección de Impacto Ambiental, a los efectos oportunos.

3.º Trasladar esta orden foral al Ayuntamiento de Unzué / Untzue para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.

4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de diciembre de 2023.-El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.

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