Calendario laboral para 2024
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MIRANDA DE ARGA
Calendario laboral para 2024
Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y el artículo 34.6 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que establece que la empresa debe elaborar el calendario laboral anualmente.
Vista la Resolución 250/2023, de 5 de junio, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2024 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 132, de 23 de junio de 2023),
Considerando que se determina la fiesta local para el año 2024 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de Miranda de Arga, el 21 de marzo (San Benito).
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Foral 26/2012, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, de medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra que establece para los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra una jornada laboral que, en cómputo anual, queda determinada en 1592 horas efectivas de trabajo.
Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1 h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 84.1 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra,
HE RESUELTO:
Primero.-Declarar como inhábiles a efectos del cómputo de plazos durante el año 2024, los sábados, domingos y los días declarados festivos que se señalan a continuación:
-1 de enero: Año Nuevo.
-6 de enero: Epifanía del Señor.
-21 de marzo: San Benito, Patrono de la Villa (Fiesta local de Miranda de Arga).
-28 de marzo: Jueves Santo.
-29 de marzo: Viernes Santo.
-1 de abril: Lunes de Pascua.
-1 de mayo: Fiesta del Trabajo
-25 de julio: Santiago Apóstol
-15 de agosto: Asunción de la Virgen.
-12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
-1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
-3 de diciembre: San Francisco Javier.
-6 de diciembre: Día de la Constitución.
-25 de diciembre: Navidad.
Segundo.-Aprobar el calendario de días festivos entre semana durante el año 2024 para el personal del Ayuntamiento de Miranda de Arga, tal como se detalla a continuación. Además de los señalados en el punto primero de la presente resolución se señalan como no laborables los siguientes días:
-Marzo: día 22.
-Agosto: días 23, 26, 27, 28.
-Diciembre: día 26.
Tercero.-La jornada diaria de trabajo, de lunes a viernes, tendrá con carácter general una duración de 7 horas y 20 minutos.
Cuarto.-Cuando el personal municipal sea requerido por la Alcaldía, por necesidades del servicio, para la realización de trabajos fuera del horario establecido o en días considerados festivos o no laborables en el calendario, tales trabajos se compensarán con tiempo de descanso o se retribuirán como horas extraordinarias, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, y su desarrollo reglamentario.
Quinto.-Publicar anuncio de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Miranda de Arga.
Miranda de Arga, 15 de noviembre de 2023.-La alcaldesa, María Pilar Ibero Pérez.
Código del anuncio: L2316402