Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la utilización de edificios, locales, instalaciones, maquinaria y materiales municipales
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MURILLO EL FRUTO
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la utilización de edificios, locales, instalaciones, maquinaria y materiales municipales
El Pleno del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, en sesión ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2023, aprobó inicialmente la modificación parcial de la ordenanza reguladora de la utilización de edificios, locales, instalaciones, maquinaria y materiales municipales del Ayuntamiento de Murillo el Fruto.
El anuncio de aprobación inicial fue publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 215, de 17 de octubre de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 325 y 326 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra (LFAL), el anuncio de aprobación inicial, se expuso al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, por plazo de 30 días hábiles, a fin de que los vecinos e interesados legítimos pudieran examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 último párrafo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra (LFAL), transcurrido el plazo sin haberse presentado reclamaciones, reparos u observaciones, el acuerdo de aprobación inicial de modificación parcial, cuyo texto se expone a continuación, pasa a ser definitivo.
Murillo el Fruto, 11 de diciembre de 2023.-El alcalde, Diego Palacios Bescos.
MODIFICACIONES
Uno.-Se incluye un párrafo a la letra b) del apartado primero del artículo 16:
"Las asociaciones locales, exentas del pago de la tarifa por el uso, no obstante, tendrán que prestar una fianza simbólica de 200 euros para responder de los posibles incumplimientos que de las obligaciones de la presente ordenanza se deriven.
En caso de que, incumplida alguna de las obligaciones que a lo largo de la presente ordenanza se enumeran, y que con el importe de la fianza depositada no se cubra la cuantía total del valor de lo incumplido, se procederá a abonar por parte de la asociación la parte proporcional restante".
Código del anuncio: L2317284