Aprobación definitiva de la modificación del baremo interno de alquiler de los pisos tutelados
2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
LEKUNBERRI
Aprobación definitiva de la modificación del baremo interno de alquiler de los pisos tutelados
El Pleno del Ayuntamiento de Lekunberri acordó, en la sesión celebrada el dÃa 31 de agosto de 2023, aprobar definitivamente la modificación del Baremo interno de alquiler de los pisos tutelados de Lekunberri.
Transcurrido el perÃodo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, la modificación del Baremo interno de alquiler de los pisos tutelados de Lekunberri ha quedado definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto Ãntegro en el BoletÃn Oficial de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Lekunberri, 13 de noviembre de 2023.-El alcalde, Arkaitz Goikoetxea Arriola.
BAREMO DE ALQUILER VIVIENDA PROTEGIDA
Baremo Único de Acceso a Alquiler conforme a la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.
Para acceder a este alquiler es imprescindible ser mayor de 65 años, y/o tener una discapacidad o dependencia reconocida, además de no contar con vivienda o que la vivienda con la que cuenta sea inadecuada o no se adapte a sus necesidades.
1.-Necesidad de vivienda.
1.A. Por cada uno de los solicitantes que suscriban la solicitud y de los componentes de sus respectivas unidades familiares: 7 puntos (máx. 14 ptos.)
1.B. Por convivir en la vivienda de otras unidades familiares: 10 puntos.
2.-Edad.
Por cada solicitante con edad superior o igual a 65 años: 5 puntos.
3.-Discapacidad/ Dependencia.
Presencia en la unidad familiar de persona o personas discapacitadas con un grado de discapacidad reconocida o dependientes con dependencia reconocida (solo se tendrá en cuenta una de las circunstancias por persona):
A. Por persona que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%: 10 puntos.
B. Por persona que tenga dependencia moderada: 5 puntos.
C. Por persona que tenga dependencia severa: 7'5 puntos.
D. Por persona con gran dependencia: 10 puntos.
4.-Ascendencia.
Por cada descendiente hasta el primer grado que conviva con el solicitante y con derecho a deducción en la declaración sobre el IRPF: 2 puntos.
5.-VÃctimas de violencia de género.
Por haber residido en casas, pisos o alojamientos análogos de acogida durante, al menos, los seis meses anteriores al inicio del procedimiento de adjudicación de la vivienda: 5 puntos.
6.-Empadronamiento.
Llevar un tiempo mÃnimo de 1 año anterior a la entrega de la solicitud empadronado en Larraun o Lekunberri: 10 puntos.
En caso de empate a puntos, se solicitará informe social a los servicios sociales de base.
Código del anuncio: L2316091