RESOLUCIÓN 368/2023, de 27 de noviembre, de la directora general de Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/242/2022 de 24 de marzo, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 368/2023, de 27 de noviembre, de la directora general de Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/242/2022 de 24 de marzo, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, la Dirección General de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I al personal funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrado funcionario de carrera del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa por Orden de 27 de noviembre de 2023 teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.-El personal funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que se le otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.-El personal funcionario destinado en virtud de esta resolución y que opte por continuar en activo en el cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplace a tomar posesión a la Dirección General de Justicia, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero comunique dicha opción a la Dirección General de Justicia a través del correo electrónico Negociado.Personal.DGJusticia@cfnavarra.es a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Tercero.-En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar de la Gerencia Territorial o del órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente a su destino como personal funcionario del cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

En el caso de que el personal funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el cuerpo de Auxilio Judicial y el cese automático con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

En cualquier caso, una vez diligenciada la toma de posesión, la Dirección General de Justicia remitirá un ejemplar del documento F1R a la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Dirección General de Función Pública para que por la misma se proceda a las oportunas variaciones en nómina, otro será enviado al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia, otro ejemplar será entregado a la persona interesada y el cuarto al órgano judicial de destino para constancia.

Cuarto.-El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta resolución.

Quinto.-El personal funcionario interino que actualmente ocupe plazas que han sido adjudicadas a las personas aspirantes aprobadas, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del personal titular.

Sexto.-El personal funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa al que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante el haber sido destinado con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrá participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Séptimo.-Las plazas ofrecidas a las personas aspirantes mediante Resolución 311/2023, de 17 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 27 de octubre), no adjudicadas a las personas aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, mantienen su condición de desiertas y reservadas para las personas aspirantes a ingreso en el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa del turno libre.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 126.1.c) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Pamplona, 27 de noviembre de 2023.-La directora general de Justicia, Maite Arenaza Sarasola.

ANEXO I.-CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

Turno promoción interna

N.º
ORDEN

NIF

APELLIDOS Y NOMBRE

DESCRIPCIÓN UNIDAD

DESCRIPCION
DEL PUESTO

LOCALIDAD

COMUNIDAD AUTÓNOMA

1

**6321***

CASTILLO ACARRETA, QUERALT

TSJ-SERVICIO DE APOYO (adscripción temporal en INMLyCF)

TRAMITACION PA

PAMPLONA

NAVARRA

2

**5891***

MOYA CASTRO, PATRICIO

JUZGADO DE LO PENAL N.º 3

TRAMITACION PA

PAMPLONA

NAVARRA

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