RESOLUCIÓN 114/2023 de 13 de noviembre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos por la que se convocan los premios extraordinarios de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, para el alumnado que haya finalizado el ciclo formativo durante el curso 2022-2023, en la Comunidad Foral de Navarra.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 114/2023 de 13 de noviembre, del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos por la que se convocan los premios extraordinarios de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, para el alumnado que haya finalizado el ciclo formativo durante el curso 2022-2023, en la Comunidad Foral de Navarra.

El Servicio Planificación e Integración de la Formación Profesional presenta informe favorable a la convocatoria de los premios extraordinarios de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, para el alumnado que ha terminado de cursar el ciclo formativo en el curso 2022-2023 y ha titulado en dicho curso, de acuerdo con lo dispuesto en el punto primero del artículo 3 de la Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo, del Consejero de Educación y de la Orden Foral 113/2018, de 26 de noviembre, de la Consejera de Educación, reguladoras de los premios extraordinarios de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, respectivamente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo único del Decreto Foral 67/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Educación y en virtud de las facultades conferidas en Decreto Foral 267/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de premios extraordinarios de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspondiente al curso 2022-2023, que se incorpora como anexo 1 a la presente resolución.

2.º Aprobar la convocatoria de premios extraordinarios de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño correspondientes al curso 2022-2023, que se incorpora como anexo 2 a la presente resolución.

3.º Autorizar un gasto de 13.700 euros con cargo a la partida que se habilite en el presupuesto de gastos de 2024 y que sea equivalente a la partida 422001 43100 2268 322E00 "Premios y Certámenes", del presupuesto de gastos de 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

4.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra la presente resolución y anexos.

5.º Trasladar la presente resolución y anexos a la Intervención Delegada en el Departamento de Educación, al Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, al Servicio de Cualificaciones y Proyectos de Formación Profesional, al Servicio de Inspección Educativa, a la Sección de Gestión Jurídico Administrativa, a la Sección de Presupuestos y Gestión económica, al Negociado de Gestión Económica y a los centros públicos y privados autorizados a impartir enseñanzas objeto de la presente convocatoria de premios extraordinarios, a los efectos oportunos.

6.º Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de noviembre de 2023.-El director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, Luis Calatayud Yuste.

ANEXO 1.-BASES DE LA CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

1. Se convocan los premios extraordinarios de formación profesional básica, de grado medio y de grado superior de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, correspondientes al curso 2022-2023, conforme a la Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo, modificada por la Orden Foral 109/2018, de 13 de noviembre, reguladora de los premios extraordinarios correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

2. El Departamento de Educación concederá:

a) Un premio extraordinario de formación profesional para ciclos formativos de grado superior por cada una de las familias profesionales ofertadas en Navarra.

b) Un premio extraordinario de formación profesional para ciclos formativos de grado medio por cada una de las familias profesionales ofertadas en Navarra.

c) Un premio extraordinario de formación profesional para ciclos formativos de Formación Profesional Básica por cada uno de los dos siguientes agrupamientos de familias profesionales:

-Ciclos de FP Básica de las familias profesionales de "Administración y Gestión", "Agraria" y "Comercio y Marketing": Servicios administrativos, Actividades agropecuarias, Agro-jardinería y Composiciones florales, y Servicios comerciales.

-Ciclos de FP Básica de las familias profesionales de "Hostelería y Turismo", "Imagen Personal" y "Textil, confección y piel": Cocina y restauración, Peluquería y estética, y Arreglo y reparación de artículos textiles y de piel.

Y dos premios extraordinarios de formación profesional para ciclos formativos de Formación Profesional Básica del siguiente agrupamiento de familias profesionales:

-Ciclos de FP Básica de las familias profesionales de "Artes Gráficas", "Edificación y Obra Civil", "Electricidad y Electrónica", "Fabricación Mecánica", "Industrias Alimentarias", "Informática y Comunicaciones", "Instalación y Mantenimiento", "Madera, Mueble y Corcho", y "Transporte y Mantenimiento de Vehículos": Artes gráficas, Reforma y mantenimiento de edificios, Electricidad y electrónica, Fabricación y montaje, Fabricación de elementos metálicos, Industrias alimentarias, Informática de oficina, Carpintería y mueble, Mantenimiento de vehículos.

3. Podrá concurrir el alumnado de ciclos de formación profesional básica, de grado medio y de grado superior que haya cursado y superado los estudios de formación profesional del sistema educativo en el curso académico 2022-2023 en centros autorizados de la Comunidad Foral de Navarra, tanto de carácter público como privado, en alguna de las modalidades de oferta existentes, modalidad presencial, semipresencial y online, y cumpla, además, los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo, en la redacción otorgada por la Orden Foral 109/2018, de 13 de noviembre.

4. El alumnado que desee optar al premio extraordinario se inscribirá presentando una solicitud y la documentación obligatoria conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la mencionada Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo, en la redacción otorgada por la Orden Foral 109/2018, de 13 de noviembre. Las solicitudes se dirigirán a la Directora del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, junto con la citada documentación y podrán presentarse:

-En el Registro del Departamento de Educación.

-En el Registro General del Gobierno de Navarra.

-De manera telemática, en el Registro General Electrónico.

-Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para presentar las solicitudes es del 11 al 22 de diciembre de 2023, ambos incluidos.

5. Además de la documentación obligatoria, podrá presentarse la documentación opcional señalada en el artículo 6.2 de la Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo; dicha documentación será la referida en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la mencionada orden foral. Los méritos acreditados deben poseerse, como fecha límite, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Esta documentación será tenida en cuenta, única y exclusivamente, a efectos de resolver los empates que se puedan producir conforme a lo establecido en el artículo 8 de la citada orden foral.

6. La solicitud para la inscripción en la presente convocatoria de premios extraordinarios, se ajustará al modelo que figure en la Ficha de Trámites "Premios extraordinarios de Formación Profesional" del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/1967/Premios-Extraordinarios-de-Formacion-Profesional-y-Artes-Plasticas-y-Diseno

Asimismo, en la referida Ficha de Trámites se podrá encontrar toda la información relativa a la presente convocatoria de premios extraordinarios de enseñanzas de formación profesional.

7. Listas de personas admitidas y excluidas de las convocatorias de premios extraordinarios. El día 8 de enero de 2024 se harán públicas en la ficha de trámites referida en el apartado anterior, las listas provisionales siguientes:

-Listado provisional de personas admitidas, por orden alfabético, que han acreditado todos los requisitos y que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de grado básico.

-Listado provisional de personas admitidas, por orden alfabético, que han acreditado todos los requisitos y que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de grado medio.

-Listado provisional de personas admitidas, por orden alfabético, que han acreditado todos los requisitos y que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de grado superior.

-Listado provisional de personas excluidas, por orden alfabético, en las que se les requiere la subsanación de requisitos.

8. Se podrá presentar reclamaciones y subsanaciones frente a las listas anteriores los días 9 a 15 de enero de 2024, ambos incluidos:

-En el Registro del Departamento de Educación.

-En el Registro General del Gobierno de Navarra.

-De manera telemática, en el Registro General Electrónico.

La no subsanación de documentación en el plazo de reclamaciones supondrá la inadmisión de la solicitud, no participando en la convocatoria de premios en curso.

En este plazo de reclamaciones se podrá aportar documentación opcional, siempre y cuando los méritos acreditados se posean como fecha límite el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

9. Transcurrido el plazo de reclamación y/o subsanación, se publicará por los mismos medios las listas definitivas de personas que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de formación profesional, así como las listas definitivas de personas no admitidas por no acreditar los requisitos.

10. Los premios extraordinarios se convocarán en régimen de concurrencia competitiva y se otorgarán por el director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos a propuesta de la comisión de selección. Para ello tendrá en cuenta la nota media del expediente académico del ciclo formativo y, en caso de empate, la puntuación otorgada a otros méritos.

11. El régimen de concurrencia competitiva se concreta de la manera siguiente:

a) Los premios se concederán a aquellas personas participantes que hayan obtenido la mayor calificación final del ciclo formativo. Dicha calificación será expresada con dos decimales.

b) En caso de empate, éste se resolverá considerando la mayor puntuación obtenida tras la valoración de los siguientes apartados:

-Estudios de idiomas. A efectos de acreditación del conocimiento de idiomas se estará a lo dispuesto en la Orden Foral 30/2011, de 28 de febrero, por la que se establecen las titulaciones y certificaciones que, con referencia a los niveles que establece el marco común europeo de referencia para las lenguas, acreditan el conocimiento de idiomas en el ámbito de competencia del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Para cada idioma acreditado, el nivel A2 o equivalente, se valorará en 0,2 puntos; el nivel B1 o equivalente se valorará en 0,5 puntos; el nivel B2 o equivalente se valorará en 1 punto; para quien acredite un nivel de C1 o C2, o equivalente, la puntuación será de 1,5.

-Estancias formativas en el extranjero. Por cada mes en estancias formativas en el extranjero organizadas por una Administración (0,1 puntos). Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

-Formación específica asociada a la titulación. Se contará 0,05 puntos por cada 10 horas de cursos certificados por una Administración Pública o entidad autorizada por la misma. Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

-Otras formaciones: aquellas personas participantes que acrediten haber finalizado otros estudios de enseñanzas profesionalizadoras oficiales de un nivel académico inferior al del premio extraordinario al que concurren, 0,5 puntos por cada título acreditado. Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

c) En el supuesto de persistir el empate, la comisión de selección dirimirá el mismo en función de otros aspectos destacables presentados y acreditados en el currículum, como experiencia laboral, premios, becas u otros que considere. No se tendrán en cuenta méritos señalados en el currículum, si no están acreditados documentalmente.

12. El alumnado que obtenga premio extraordinario recibirá:

a) Un reconocimiento oficial del Departamento de Educación, un diploma acreditativo que reconozca dicho premio y se le anotará la correspondiente diligencia en su expediente académico que certifique su obtención.

b) Una dotación económica que, en cada premio, ascenderá a:

-Premio extraordinario de grado superior: 300 euros.

-Premio extraordinario de grado medio: 250 euros.

-Premio extraordinario de FP Básica: 200 euros.

Los premios se harán efectivos con cargo a la partida que se habilite en el presupuesto de gastos de 2024 y que sea equivalente a la partida 422001 43100 2268 322E00 "Premios y Certámenes", del presupuesto de gastos de 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

13. El alumnado de grado superior de formación profesional que obtenga un premio extraordinario, según se reconoce en la Orden EDU/2128/2011, de 15 de julio, podrá participar en la convocatoria de Premios Nacionales de Formación Profesional que realice el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

14. La adjudicación de los premios extraordinarios correspondientes al curso 2022-2023, se realizará mediante resolución del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO 2.-BASES DE LA CONVOCATORIA DE PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

1. Se convocan los premios extraordinarios de grado medio y de grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, correspondientes al curso 2022-2023, conforme a la Orden Foral 113/2018, de 26 de noviembre, reguladora de los premios extraordinarios correspondientes a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

2. El Departamento de Educación concederá:

a) Un premio extraordinario de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño para ciclos formativos de grado superior por cada una de las familias profesionales de artes plásticas y diseño ofertadas en Navarra.

b) Un premio extraordinario de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño para ciclos formativos de grado medio por cada una de las familias profesionales de artes plásticas y diseño ofertadas en Navarra.

3. Podrá concurrir el alumnado de ciclos de grado medio y de grado superior que haya cursado y superado los estudios de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en el curso académico 2022-2023 en centros autorizados de la Comunidad Foral de Navarra, tanto de carácter público como privado y cumpla, además, los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden Foral 113/2018, de 26 de noviembre.

4. El alumnado que desee optar al premio extraordinario se inscribirá presentando una solicitud y la documentación necesaria conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada orden foral 113/2018, de 26 de noviembre. Las solicitudes se dirigirán a la Directora del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional, junto con la citada documentación y podrán presentarse:

-En el Registro del Departamento de Educación.

-En el Registro General del Gobierno de Navarra.

-De manera telemática, en el Registro General Electrónico.

-Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para presentar las solicitudes es del 11 al 22 de diciembre de 2023, ambos incluidos.

5. Además de la documentación obligatoria, podrá presentarse la documentación opcional señalada en el artículo 6.2 de la Orden Foral 29/2013, de 4 de marzo; dicha documentación será la referida en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la mencionada orden foral. Los méritos acreditados deben poseerse, como fecha límite, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Esta documentación será tenida en cuenta única y exclusivamente a efectos de resolver los empates que se puedan producir conforme a lo establecido en el artículo 8 de la citada orden foral.

6. La solicitud para la inscripción en la presente convocatoria de premios extraordinarios, se ajustará al modelo que figure en la Ficha de Trámites "Premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño" del Catálogo de Trámites del Gobierno de Navarra, que se encuentra en la siguiente dirección:

https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Premios-extraordinarios-de-ensenanzas-profesionales-de-artes-plasticas-y-diseno

Asimismo, en la referida Ficha de Trámites se podrá encontrar toda la información relativa a la presente convocatoria de premios extraordinarios.

7. Listas de personas admitidas y excluidas de las convocatorias de premios extraordinarios. El día 8 de enero de 2024 se harán públicas en la ficha de trámites referida en el apartado anterior, las listas provisionales siguientes:

-Listado provisional de personas admitidas, por orden alfabético, que han acreditado todos los requisitos y que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de grado medio.

-Listado provisional de personas admitidas, por orden alfabético, que han acreditado todos los requisitos y que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de grado superior.

-Listado provisional de personas excluidas, por orden alfabético, en las que se les requiere la subsanación de requisitos.

8. Se podrá presentar reclamaciones y subsanaciones frente a las listas anteriores los días 9 a 15 de enero de 2024, ambos incluidos:

-En el Registro del Departamento de Educación.

-En el Registro General del Gobierno de Navarra.

-De manera telemática, en el Registro General Electrónico.

La no subsanación de documentación en el plazo de reclamaciones supondrá la inadmisión de la solicitud, no participando en la convocatoria de premios en curso.

En este plazo de reclamaciones se podrá aportar documentación opcional, siempre y cuando los méritos acreditados se posean como fecha límite el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

9. Transcurrido el plazo de reclamación y/o subsanación, se publicará por los mismos medios las listas definitivas de personas que concurren a la convocatoria de premios extraordinarios de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como las listas definitivas de personas no admitidas por no acreditar los requisitos.

10. Los premios extraordinarios se convocarán en régimen de concurrencia competitiva y se otorgarán por el director general de Formación Profesional, a propuesta de la comisión de selección. Para ello tendrá en cuenta la nota media del expediente académico del ciclo formativo y, en caso de empate, la puntuación otorgada a otros méritos.

11. El régimen de concurrencia competitiva se concreta, de la manera siguiente:

a) Los premios se concederán a aquellas personas participantes que hayan obtenido la mayor calificación final del ciclo formativo. Dicha calificación, será expresada con dos decimales.

b) En caso de empate, éste se resolverá considerando la mayor puntuación obtenida tras la valoración de los siguientes apartados:

-Estudios de idiomas. A efectos de acreditación del conocimiento de idiomas se estará a lo dispuesto en la Orden Foral 30/2011, de 28 de febrero, por la que se establecen las titulaciones y certificaciones que, con referencia a los niveles que establece el marco común europeo de referencia para las lenguas, acreditan el conocimiento de idiomas en el ámbito de competencia del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

Para cada idioma acreditado, el nivel A2 o equivalente, se valorará en 0,2 puntos; el nivel B1 o equivalente se valorará en 0,5 puntos; el nivel B2 o equivalente se valorará en 1 punto; para quien acredite un nivel de C1 o C2, o equivalente, la puntuación será de 1,5.

-Estancias formativas en el extranjero. Por cada mes en estancias formativas en el extranjero organizadas por una Administración (0,1 puntos). Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

-Formación específica asociada a la titulación. Se contará 0,05 puntos por cada 10 horas de cursos certificados por una Administración Pública o entidad autorizada por la misma. Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

-Otras formaciones: aquellas personas participantes que acrediten haber finalizado otros estudios, en el caso de formaciones relacionadas con el ciclo cursado, 0,5 puntos por cada título acreditado; en el caso de ser formaciones no relacionadas, 0,2 puntos por cada título acreditado. Con un máximo de 2 puntos en total, para el presente apartado.

c) En el supuesto de persistir el empate, la comisión de selección dirimirá el mismo en función de otros aspectos destacables presentados y acreditados en el currículum, como experiencia laboral, premios, becas u otros que considere. No se tendrán en cuenta méritos señalados en el currículum, si no están acreditados documentalmente.

12. El alumnado que obtenga premio extraordinario recibirá:

a) Un reconocimiento oficial del Departamento de Educación, un diploma acreditativo que reconozca dicho premio y se le anotará la correspondiente diligencia en su expediente académico que certifique su obtención.

b) Una dotación económica que, en cada premio, ascenderá a:

-Premio extraordinario de grado superior: 300 euros.

-Premio extraordinario de grado medio: 250 euros.

Los premios se harán efectivos con cargo a la partida que se habilite en el presupuesto de gastos de 2024 y que sea equivalente a la partida 422001 43100 2268 322E00 "Premios y Certámenes", del presupuesto de gastos de 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

13. El alumnado de grado superior de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño que obtenga un premio extraordinario, según se reconoce en la Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, podrá participar en la convocatoria de Premios Nacionales en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño que realice el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

14. La adjudicación de los premios extraordinarios correspondientes al curso 2022-2023, se realizará mediante resolución del director general de Formación Profesional, Digitalización y Servicios Educativos, que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

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