- (BON nº 2023-236)
1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ORDEN FORAL 73/2023, de 6 de noviembre, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las entidades colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Foral de Navarra para el año 2024.
En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el libro II, en su capítulo II, las relaciones con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Hacienda Foral de Navarra.
El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y demás condiciones en que las entidades colaboradoras efectuarán el ingreso de las cantidades recaudadas y remitirán la correspondiente información al Departamento de Economía y Hacienda.
El artículo 81.2 del Reglamento contempla una periodicidad quincenal. La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.
La Orden Foral 114/2021, de 18 de octubre, de la consejera de Economía y Hacienda, modificó la Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias. Como consecuencia de la modificación establecida en el apartado dos del artículo único de la citada Orden Foral 114/2021, interesa modificar determinados plazos, con el fin de que la recaudación de dicha quincena recoja los cobros obtenidos por la domiciliación de las obligaciones tributarias. Del mismo modo, se han modificado determinadas fechas de abono en cuenta para adecuar los flujos financieros a las necesidades presupuestarias y de tesorería.
En consecuencia,
ORDENO:
1.º Para el año 2024, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las entidades colaboradoras de la Hacienda Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:
PLAZOS Y FECHAS PARA EL INGRESO DE FONDOS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y ENVÍOS TELEMÁTICOS POR LAS ENTIDADES COLABORADORAS EN LA RECAUDACIÓN DE LA HACIENDA FORAL DE NAVARRA PARA EL AÑO 2024
QUINCENAS 2024
MESES
DENOMIN./ MES
NÚMERO ORDEN
DÍAS QUINCENA
(AMBOS INCLUSIVE)
FECHA VALOR ABONO
EN CTA.CTE. GENERAL
FECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO
Enero
1.ª
1
27 de diciembre
5 de enero
10 de enero
11 de enero
Enero
2.ª
2
6 de enero
22 de enero
29 de enero
30 de enero
Febrero
1.ª
3
23 de enero
5 de febrero
12 de febrero
13 de febrero
Febrero
2.ª
4
6 de febrero
20 de febrero
26 de febrero
27 de febrero
Marzo
1.ª
5
21 de febrero
5 de marzo
11 de marzo
12 de marzo
Marzo
2.ª
6
6 de marzo
20 de marzo
25 de marzo
26 de marzo
Abril
1.ª
7
21 de marzo
5 de abril
10 de abril
11 de abril
Abril
2.ª
8
6 de abril
25 de abril
29 de abril
2 de mayo
Mayo
1.ª
9
26 de abril
6 de mayo
13 de mayo
14 de mayo
Mayo
2.ª
10
7 de mayo
20 de mayo
27 de mayo
28 de mayo
Junio
1.ª
11
21 de mayo
5 de junio
10 de junio
11 de junio
Junio
2.ª
12
6 de junio
20 de junio
25 de junio
26 de junio
Julio
1.ª
13
21 de junio
5 de julio
10 de julio
11 de julio
Julio
2.ª
14
6 de julio
22 de julio
29 de julio
30 de julio
Agosto
1.ª
15
23 de julio
5 de agosto
12 de agosto
13 de agosto
Agosto
2.ª
16
6 de agosto
20 de agosto
26 de agosto
27 de agosto
Septiembre
1.ª
17
21 de agosto
5 de septiembre
10 de septiembre
11 de septiembre
Septiembre
2.ª
18
6 de septiembre
25 de septiembre
30 de septiembre
1 de octubre
Octubre
1.ª
19
26 de septiembre
7 de octubre
14 de octubre
15 de octubre
Octubre
2.ª
20
8 de octubre
24 de octubre
28 de octubre
30 de octubre
Noviembre
1.ª
21
25 de octubre
5 de noviembre
11 de noviembre
12 de noviembre
Noviembre
2.ª
22
6 de noviembre
20 de noviembre
25 de noviembre
26 de noviembre
Diciembre
1.ª
23
21 de noviembre
5 de diciembre
10 de diciembre
11 de diciembre
Diciembre
2.ª
24
6 de diciembre
26 de diciembre
30 de diciembre
2 de enero
2.º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por correo electrónico a la Sección de Tesorería (seccion.tesoreria@navarra.es) antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.
3.º Notificar esta orden foral al Servicio de Presupuestos y Programación Económica, al Servicio de Contabilidad, al Servicio de Intervención, al Servicio de Recaudación, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las entidades financieras colaboradoras, y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 6 de noviembre de 2023.-El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.
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