- (BON nº 2023-225)

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 134/2023, de 5 de octubre, de la directora general de Transición Energética, Proyectos Estratégicos y S4 por la que se deniega la autorización administrativa previa para instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Amaya Solar 4".

1.-Solicitud de 9 de octubre de 2020.

Con fecha 9 de octubre de 2020, y en aplicación de lo establecido en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., solicitó autorización administrativa previa para instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Amaya Solar 4" de 47.982 MWp, en término municipal de Adiós, y sus infraestructuras de evacuación.

2.-Información pública del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

De conformidad con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se sometió a información pública la solicitud de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 241 de 18 de octubre de 2021 y en la web de Gobierno Abierto de Gobierno de Navarra.

Así mismo, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se consultó a las Administraciones públicas y a las personas interesadas.

Se remitieron también separatas a las instituciones públicas y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte en que la instalación podía afectar a bienes y derechos a su cargo.

3.-Remisión al promotor del resultado de la información pública y de las consultas.

Conforme al artículo 38 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 18 de enero de 2022, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se remitieron a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., los informes y alegaciones recibidas durante los trámites de información pública y consultas.

4.-Solicitud de inicio evaluación de impacto ambiental ordinaria de 21 de julio de 2022.

En atención al artículo 39.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 21 de julio de 2022, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., ha presentado documentación solicitando el inicio de la evaluación ambiental ordinaria, incluyendo su respuesta a las alegaciones e informes recibidos durante el trámite de información pública.

Conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 22 de julio de 2022, desde el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas se dio traslado de la citada solicitud a la Sección de Impacto Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente.

5.-Declaración de impacto ambiental.

Mediante Resolución 239E/2023, de 9 de marzo, del director general de Medio Ambiente, se formula declaración de impacto ambiental favorable para los proyectos de los parques solares fotovoltaicos Serena Solar 1, Serena Solar 3 y Amaya Solar 4 y sus infraestructuras de evacuación, promovidos por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L.

6.-Solicitud de desistimiento y de devolución de la garantía económica.

Con fecha 7 de junio de 2023, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., solicitó desistimiento de la solicitud de autorización del parque solar Amaya Solar 4 a pesar de haber obtenido declaración de impacto ambiental favorable, ya que dicha declaración junto con un requerimiento previo de la Sección de Impacto Ambiental conlleva una serie de ajustes sustanciales en el diseño de la planta y de sus infraestructuras de evacuación que dan lugar a una reducción de superficie y potencia que, a juicio de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., no hacen posible la viabilidad económica del proyecto.

Asimismo, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., en base a lo anterior, solicitó la devolución de la garantía asociada al permiso de acceso y conexión de la instalación.

7.-Propuesta de denegación de autorización administrativa previa.

Tras el análisis técnico del expediente y de la solicitud de desistimiento del promotor, la Sección de Infraestructuras Energéticas del Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas concluye que el procedimiento se ha llevado a cabo adecuadamente y propone resolver el expediente denegando la autorización administrativa previa solicitada.

De conformidad con lo expuesto y la documentación obrante en el expediente, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1. Denegar la autorización administrativa previa solicitada por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., para la instalación de producción de energía eléctrica denominada "Instalación Solar Fotovoltaica Maya Solar 4" de 47,982 MWp, en término municipal de Adiós.

2. Ordenar a la Sección de Tesorería la devolución de la garantía asociada al procedimiento de acceso y conexión, por importe de 2.000.000 euros, depositada el 3 de junio de 2020 por Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., con N.º de registro 5020000133 CFNA 2020 (Av-NAV-0244).

3. Trasladar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, a la Sección de Impacto Ambiental, a la Sección de Ordenación del Territorio, al Servicio de Patrimonio Histórico, a la Sección de Regadíos y Concentración Parcelaria, al Servicio de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras y a la Sección de Tesorería del Servicio de Economía y Finanzas del Departamento de Economía y Hacienda, a los efectos oportunos.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

5. Notificar esta resolución a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L., a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), a la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), a Enagas, al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. y al Departamento de Acceso de Red Eléctrica de España, S. A. U., advirtiendo que, contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, indicando en el mismo el número de expediente.

6. Notificar esta resolución a los Ayuntamientos de Adiós, Biurrun, Muruarte de Reta-Tiebas, y Úcar, advirtiendo que, contra la misma, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 5 de octubre de 2023.-La directora general de Transición Energética, Proyectos Estratégicos y S4, Uxue Itoiz Mariñelarena.

Código del anuncio: F2314460

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