Ansoáin - Administración local (BON nº 2023-173)
Delegación de alcaldía en la Junta de Gobierno Local
El artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, autoriza a la alcaldesa la delegación de sus atribuciones en favor de la Junta de Gobierno Local, con las limitaciones establecidas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En su virtud,
HE RESUELTO:
Primero.-Delegar en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de las siguientes atribuciones de alcaldía:
-El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, a saber, la autorización, disposición y pago en las siguientes materias con los límites económicos que se indican:
-Autorizar el abono de facturas correspondientes a los expedientes y gastos cuya competencia haya sido delegada en la Junta de Gobierno.
-Aprobar la oferta de empleo público y aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal.
-Aprobar los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas al Pleno, así como los instrumentos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización.
Segundo.-Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra y dar cuenta de su contenido al pleno de la corporación, en la primera sesión que este celebre.
Ansoáin, 9 de agosto de 2023.-La alcaldesa, Marta Diez Napal.
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